Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2005 (21/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

PÆg. 285077 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de enero de 2005 Que, mediante los Artículos 1º y 2º (...); Que, mediante Informe Nº 002-2005-OPP/MSI, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que exis-te la disponibilidad presupuestal; Estando a lo expuesto (...); 01302 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Autorizan a alcalde la celebración de Matrimonio Civil Comunitario ORDENANZA Nº 120-MDSMP San Martín de Porres, 13 de enero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Visto, en la Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorán- dum Nº 0022-05-GSYPS/MDSMP, de la Gerencia deServicios y Programas Sociales y el Informe Nº 005-DRC-GPS-MDSMP, de la División de Registro Civil; quie-nes solicitan la Realización de un Matrimonio Civil Co-munitario, dirigido a todos los vecinos de San Martín dePorres, para contribuir a la formalización de su relaciónconyugal y teniendo en cuenta la proximidad a la Cele-bración del Día de la Amistad; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el artículo II de TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipali-dades; los Gobiernos Locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competen-cia, dentro de los límites establecidos por ley; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover elmatrimonio como institución siendo la familia célula fun-damental de la sociedad de conformidad con lo dispues-to en el artículo 4º de la Constitución Política del Estado; Que, el artículo 233º del Código Civil establece la regularización jurídica de la familia que tiene por finalidadcontribuir a su consolidación y fundamentalmente enarmonía con los principios y normas estipulados en nues-tra Constitución Política; Que, conforme a lo establecido en el numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Munici-palidades, corresponde al Consejo Municipal, crear,modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,arbitrios, licencias y derechos, conforme a la ley; Que, es deber de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distritoque se encuentren aún en una situación de hecho yrequieren formalizar su situación conyugal, facilitandopara ello el procedimiento establecido; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida-des, el Concejo Municipal presidido por el señor AlcaldeLucio Campos Huayta, y con el voto unánime de los seño-res Regidores Jesús Álvaro Veliz Duarte, Luis CaballeroSabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny AlbertoRuiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Cri-sóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, CarlosAlcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe GarcíaBarrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Carlos Enri-que Calderón Carbajal, Roberto Asunción Castillo Paulino,Gloria Luz Santillán Ríos, con dispensa del trámite de lec-tura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde de la Municipalidad de San Martín de Porres a la celebra-ción de un MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO deacuerdo con las condiciones que se establecen en el artículo 3º de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Establecer como pago único por derecho de trámite la suma de Cincuenta y 00/100 Nue-vos Soles (S/. 50.00), por Acta Matrimonial. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía señale el día y horapara la realización del Matrimonio Civil Comunitario, asícomo el lugar donde se realizará el mismo y reglamentelos demás requisitos exigidos por ley. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 01293 Disponen la celebración de Matrimo- nio Civil Comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2005-AL/MDSMP San Martín de Porres, 17 de enero del 2005 El ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Visto, la Ordenanza Nº 120-MDSMP, del 13 de enero del 2005, que autoriza al señor Alcalde a celebrar el MatrimonioCivil Comunitario en el distrito de San Martín de Porres; CONSIDERANDOQue, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover elmatrimonio como institución natural y fundamental de lasociedad de conformidad con lo dispuesto en el Artículo4º de la Constitución Política del Perú; Que, en el artículo 233º del Código Civil establece la regularización jurídica de la familia que tiene por finalidadcontribuir a su consolidación y fundamentalmente enarmonía con los principios y normas estipuladas en nues-tra Constitución Política; Que, el Artículo Tercero, de la Ordenanza Nº 120- MDSMP, se autoriza al señor Alcalde, para que medianteDecreto de Alcaldía señale el día y hora para la realiza-ción del Matrimonio Civil Comunitario, así como el lugardonde se realizará el mismo y reglamente los demásrequisitos exigidos por ley; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- CELEBRAR el MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en la Plaza de Armas del distritode San Martín de Porres, el día 12 de febrero del 2005 ahoras: 7.00 p.m. Artículo Segundo.- Señalar como requisitos indis- pensables para contraer Matrimonio Civil, los siguientes: 1.- Partida de Nacimiento original de ambos contra- yentes, con vigencia de un (1) año para Lima y Callao yde dos (2) años para provincias. 2.- Copias de los D.N.I. fedateadas, de ambos con- trayentes y de sus dos (2) testigos que no sean fami-liares. 3.- Declaración Jurada de dos (2) testigos no fami- liares, en la cual manifiesten que los contrayentes sonsolteros, con firma legalizada notarialmente. 4.- Certificado Médico Pre-Nupcial.5.- Certificado de Consejería de Prevención contra el SIDA. 6.- Una foto tamaño pasaporte de cada uno de los contrayentes.