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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2005 (21/01/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 79

PÆg. 285075 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de enero de 2005 los agricultores como conocedores directos de la pro- blemática agraria en la Región; Que, el desarrollo regional, comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos dedesarrollo económico, social, (...), de acuerdo a planes,programas y proyectos que tiendan a generar el desarro-llo integral de la región; Que, en materia agraria, los Gobiernos Regionales, con- forme a sus funciones específicas, competencias exclusivasy compartidas, "Promueven la transformación, comercia- lización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales de la región"; "Propician la provisión de recursos financieros privados a las empresas y organizaciones de la región, con énfasis en la micro, pequeña y medianas empresas, unidades productivas orientadas a la exportación" ; "Propician la búsqueda de mercados internacionales para la agricultura, la agroin- dustria y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades"; y finalmente, "Promocionan, gestio- nan y regulan las actividades económicas y productivas, en materia de agricultura"; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, mediante Oficio Nº 00013-2004-CR-CODE/GOB.REG.TACNA, de fecha 1-12-2004, ha remitido a lapresidencia para su debate ante el pleno y aprobaciónmediante Ordenanza Regional, el Dictamen favorable res-pecto a la propuesta normativa que crea la Mesa de Con- certación de Desarrollo Agrario en la Región Tacna; Que, el Consejo Regional como Órgano Normativo , está facultado para dictar Ordenanzas Regionales, a finde normar asuntos de Carácter General dentro de sujurisdicción (Arts. 13º, 37º-a, Art. 38º de la Ley Nº 27867(Ley Orgánica de Gobiernos Regionales); Que, en atención a las consideraciones expuestas, con las atribuciones conferidas en la Constitución Políti-ca del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les y, el Reglamento Interno; el Consejo del GobiernoRegional de Tacna, por mayoría, Aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Objeto y Finalidad Crear por Necesidad e Interés Regional, "La Mesa de Concertación para el Desarrollo Agrario en la Región Tac-na", con la finalidad de: Promover la ampliación y mejora-miento de los servicios financieros, apoyar la tecnifica-ción del riego, concertar políticas para el uso racional ypermanente de agua, impulsar el cultivo de productosalternativos, zonificar los cultivos, brindar asesoramientoy capacitación a los agricultores, Otros aspectos impor-tantes que coadyuven al desarrollo agrario en la Región. Artículo Segundo.- Conformación La Mesa de Concertación, estará integrada por los titulares y/o representantes de las siguientes Institucio-nes: - Gobierno Regional de Tacna. - Dirección Regional de Agricultura.- Proyecto Especial Tacna (PET-INADE).- Junta de Usuarios del Distrito de Riego Tacna.- Comités de Regantes del Distrito de Tacna.- Un Representante de la CORNyGMA del Consejo Regional. - Un Representante de la Cámara de Comercio de Tacna. - Dos Representantes de la Universidad Jorge Basa- dre Grohmann. - Otros representantes de Instituciones afines con la problemática agraria de la Región. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, a fin que en coordinación con los Sectoresantes mencionados, adopten las medidas necesariaspara la reglamentación, ejecución e implementación dela presente, en estricta observancia de las normas lega-les y reglamentarias de la materia. Artículo Cuarto.- Publicar la presente, en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, remítase copias a la Ofici-na de Soporte Informático, para su difusión en el PortalElectrónico.Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al primer día del mes de diciem- bre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique, cumpla y archive.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Gobierno Regional de Tacna 01198 Aprueban Acreditación del Gobierno Regional ante el Consejo Nacional de Descentralización (CND), a fin de participar en la transferencia de fun-ciones sectoriales ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 003-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 8 de enero del 2005. EL CONSEJO REGIONAL DE TACNA;POR CUANTO:El Consejo del Gobierno Regional de Tacna, de confor- midad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de laConstitución Política del Estado, modificada por la Ley deReforma Constitucional del Capítulo XIV, Título IV, sobreDescentralización -Ley Nº 27680-; la Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de GobiernosRegionales Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902; el Re-glamento Interno; y demás Normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM de fe- cha de publicación 12 de mayo del 2004, Aprueba el PlanAnual de Competencias Sectoriales a los GobiernosRegionales y Locales del Año 2004; Que, el Plan Anual de Competencias Sectoriales 2004, comprende el Rubro de Transferencias, en el cual se vieneestableciendo la Transferencia de Funciones a los Gobier-nos Regionales, lo cual implica que aquellas funciones espe-cíficas que se encuentran contenidas en la Ley Orgánica deGobiernos Regionales serán transferidas a los GobiernosRegionales, previo cumplimiento de las disposiciones queestablezca la Ley del Sistema Nacional de Acreditación; Que, las funciones específicas contempladas en el De- creto Supremo Nº 038-2004-PCM, están referidas a la Di-rección Regional de Agricultura; la Dirección Regional deComercio Exterior y Turismo Comercio, en las materias deComercio Exterior, Turismo y Artesanía; Dirección Regionalde Energía y Minas y la Dirección Regional de la Producción,en las materias de Pesquería e Industria; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28273, Ley delSistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Lo-cales, en su Primera Disposición Transitoria, precisa que demanera excepcional, el proceso de acreditación - aplicable al Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004, aproba- do con el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM- , no debe exceder del 31 de marzo del 2005; Que, finalmente, el Consejo Nacional de Descentrali- zación (CND), con el objeto de cumplir con el Plan de Trans-ferencias de Competencias Sectoriales 2004, ha remitidoel Oficio Mult. Nº 1820-2004-CND/ST, a fin que el Gobierno