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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2005 (27/01/2005)

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TEXTO PAGINA: 137

PÆg. 285521 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de enero de 2005 Aprueban emisión de bonos soberanos en el Mercado Interno DECRETO SUPREMO Nº 014-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2005, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o ga-rantizar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/. 3 866 145 000,00 (TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLO-NES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUE- VOS SOLES), que incluye la emisión de bonos hasta por un monto de S/. 3 766 145 000,00 (TRES MIL SETE-CIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUA- RENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el marco de la citada autorización, el Gobier- no Nacional prevé, para el presente ejercicio presupues- tal, la emisión de bonos soberanos en el mercado inter- no por un monto máximo de hasta S/. 2 090 000 000,00(DOS MIL NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados a atender los requerimientos finan- cieros del sector público no financiero; Que, la indicada operación de endeudamiento inter- no ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 7º de la Ley Nº 28423 y se encuentra incluida enel Programa Anual de Concertaciones Internas del año 2005, con cargo al Sub-programa de Emisión de Bonos; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento interno, en aplicación del literal l) del artícu-lo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacio- nal de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28423; y,Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización y condiciones Autorízase la emisión de bonos soberanos en el mer- cado interno hasta por la suma de S/. 2 090 000 000,00(DOS MIL NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SO- LES), para los fines a que se refiere la parte considera-tiva de la presente norma legal, cuyas características generales serán como a continuación se detalla: Monto máximo a emitir : S/. 2 090 000 000,00. Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional delEndeudamiento Público. Estructurador : Dirección Nacional del Endeudamien- to Público. Moneda : Nuevos Soles. Negociabilidad de los : Libremente negociables. bonosModalidad de colocación : A través de subasta. Plazo de colocación : Hasta el 31 de diciembre de 2005. Registro : An otación en cuenta en CAVALI ICLV S.A. y listados en la Bolsa de Valores de L ima (BVL). Artículo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora de la presente operación de en- deudamiento interno es la Dirección Nacional del Endeu-damiento Público del Ministerio de Economía y Finan- zas. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorízase al Director General de la Dirección Na- cional del Endeudamiento Público del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar lo dispuesto en este dis- positivo legal. Artículo 4º.- Servicio de deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la emisión de los bonos soberanos que se autoriza en el artículo 1º de la presen- te norma legal, será atendido por el Ministerio de Econo-mía y Finanzas, con cargo a los recursos que en fun- ción de las prioridades intersectoriales y metas del Sec- tor le correspondan en cada ejercicio presupuestal parael servicio de la deuda pública. Artículo 5º.- Características adicionales Las características adicionales necesarias para la implementación de este dispositivo legal se ajustarán a lo dispuesto en el Reglamento de la Emisión y Coloca-ción de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF.Resolución de Establecen procedimiento para la devolución definitiva del IGV e IPM a los titulares de la actividad minera 31.10.2004 Superintendencia durante la fase de exploración que actúen bajo la forma de contratos de colaboración empresarial sin Nº 256-2004/SUNAT contabilidad independiente. Resolución de Establecen procedimiento para la devolución definitiva del IGV e IPM a los titulares de la actividad minera 31.10.2004 Superintendencia dur ante la fase de exploración no comprendidos en la Resolución de Superintendencia N 256-2004/SUNAT. Nº 257-2004/SUNAT Resolución de Establecen procedimiento para la devolución definitiva del IGV, IPM e ISC a las empresas que realicen 31.10.2004 Superintendencia actividades de exploración de hidrocarburos que actúen bajo la forma de contratos de colaboración Nº 258-2004/SUNAT empresarial sin contabilidad independiente. Resolución de Establecen procedimiento para la devolución definitiva del IGV, IPM e ISC a las empresas que realicen 31.10.2004 Superintendencia ac tividades de exploración de hidrocarburos no comprendidos en la Resolución de Superintendencia Nº 259-2004/SUNAT Nº 258-2004/SUNAT. Resolución de Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT que aprobó normas para la aplicación del 30.10.2004 Superintendencia Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 261-2004/SUNAT Nº 940. Resolución de Modifican la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT, que aprobó disposiciones reglamentarias 07.12.2004 Superintendencia del Decreto Legislativo Nº 943. Nº 298-2004/SUNAT Resolución de Modifican Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y modificatorias que aprobó disposiciones 15.12.2004 Superintendencia para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central establecido por Nº 300-2004/SUNAT el Decreto Legislativo Nº 940. Resolución Directoral Aprueba Formulario para la Constancia de Bienes y Servicios del Régimen de Devolución de Impuestos. 06.06.1994 Nº 110-94-RE Resolución Ministerial Establece características y condiciones que deben cumplir las pólizas de seguro de caución a que se refiere 04.06.1999 Nº 122-99-EF/15 el Reglamento de Notas de Crédito Negociables. Resolución Ministerial Implementa el Registro de Confesiones Distintas a la Católica y aprueba sus normas aplicables. 15.10.2003 Nº 0377-2003-JUS Resolución de Aprueba Directiva Nº 7-D-07-95-ADUANAS-INRA, que norma el procedimiento para las solicitudes sobre 06.05.1995 Superintendencia devoluciones de Derechos e Impuestos Pagados Indebidamente o en Exceso. Nº 000535-95-ADUANAS 01665DISPOSITIVO SUMILLA FECHA DE PUBLICACIÓN