Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2005 (03/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 286135

rizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, del terreno de su propiedad de 955.09 m2, constituido por el Sublote Nº 15-A2 de la Parcelacion Semirrustica "Lima MORDAZA & Hunt Club", ubicado en la Av. La MORDAZA esquina con el MORDAZA Aldebaran (antes MORDAZA "C"), en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subdireccion de Obras Privadas emite el Informe Nº 331-2003SDOPRIV-DDU-MSS de fecha 27.12.2004 (fojas 57 y 58), indicando que, el administrado ha cumplido con acompanar los documentos establecidos en el MORDAZA para el presente procedimiento, que el terreno de 955.09 m² materia de tramite, se encuentra ubicado en Area de Estructuracion MORDAZA III-A - Area de Mayor Homogeneidad de Funciones Sub-Area de Estructuracion MORDAZA A, y en MORDAZA de Uso Residencial R5; que efectuada la Inspeccion ocular se ha observado que las obras viales de la Av. La MORDAZA y el MORDAZA Aldebaran se encuentran consolidadas, habiendo ejecutado dichas obras la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, constatandose que si bien la seccion vial existente de la Av. La MORDAZA es de 30.00 ml., concordante con la dimension total aprobada en la Ordenanza Nº 341-MML esta varia en el diseno de los componentes de dicha seccion en cuanto a la seccion existente del MORDAZA Aldebaran es de 17.85 ml, siendo lo Normativo 18.00 ml, por lo que el predio se encuentra afecto a via por 15 cm. En razon de que las vias existentes de la avenida La MORDAZA y MORDAZA Aldebaran han sido ejecutadas por este Corporativo la Subdireccion de Obras Privadas mediante informe Nº 0982003-SDOPRIV-DDU-MSS de fecha 30.9.2003 (Fojas 39 y 40), solicita a la Direccion de Desarrollo MORDAZA emita opinion respecto a la seccion que debe consignarse en los planos toda vez que las vias se encuentran ejecutadas, sin tener en consideracion el diseno vial aprobado, en atencion a lo cual la Direccion de Desarrollo MORDAZA emitio el Memorandum Nº 3037-2003-DDU-MSS, opinando que estas debian adecuarse a las secciones existentes, por cuanto habian sido ejecutadas por la Municipalidad y se encuentran consolidadas dentro de la MORDAZA (Fojas 42); Que, con fecha 15.10.2003, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas en Sesion Nº 025-2003 (Fojas 43 al 45) considero como viable el planteamiento formulado por el administrado en el anexo de fecha 29.9.03 es decir aquel que respeta las secciones viales establecidas en la Ordenanza Nº 341-MML y la Ordenanza Nº 116-MSS, y no lo existente en MORDAZA o lo indicado en el Memorandum Nº 3037-2003-DDU-MSS emitido por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, emitiendo el Dictamen Pendiente indicando que "debera rectificar los linderos y el area resultante del lote materia de habilitacion", refiriendose a la rectificacion en los planos de los linderos y del area como producto de la reduccion del area cedida para vias; Que, con fecha 17.10.2003 los Administrados adjuntan nuevos planos rectificando los linderos y el area resultante de la Habilitacion, remitiendose los antecedentes a la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, la misma que en Sesion Nº 026-2003 de fecha 23.10.2003 (Fojas 59 al 61) acordo emitir el dictamen FAVORABLE, anotando que: el diseno de la seccion vial transversal de la Av. La MORDAZA debera respetar lo aprobado en la Ordenanza Nº 341-MML, que la observacion formulada por SEDAPAL en el certificado de Existencia y Suficiencia Nº 36 para Nueva Habilitacion MORDAZA (folios 18 y 19) de fecha 14.8.03, ha sido subsanada mediante la Ficha Nº 9329119 inscrita ante los Registros Publicos de fecha 8.5.98 (folio 13) y que los Aportes Reglamentarios seran redimidos en dinero; Que, conforme al dictamen emitido por la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas se emite la Notificacion Nº 241-203-SDOPRIV-DDU-MSS de fecha 24.10.203 (Fojas 62 y 63), poniendo en conocimiento al administrado que previo a la emision de la Resolucion debera cancelar los aportes correspondiente a Recreacion Publica Otros Fines y Ministerio de Educacion, en atencion a lo cual el administrado cumple con cancelar los deficit de aportes correspondiente a Recreacion Publica, Otros Fines y Ministerio de Educacion en este Corporativo, sin embargo mediante Documento Nº 020220-2003.M2 de fecha 27.11.2003 el Servicio de Parques de MORDAZA SERPAR-LIMA, observa que el pago correspondiente al aporte para Parques Zonales de 10.76 M² (1%), ha sido calculado inadecuadamente al considerar el porcentaje establecido en el Reglamento Nacional de Construcciones y no el porcentaje del 2% indi-

cado en la Ordenanza Nº 292-MML. En razon de lo cual mediante Informe Tecnico Nº 407-2003-SDOPRIV-DDUMSS (Fojas 80 y 81), el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subdireccion de Obras Privadas recomienda se solicite a la Oficina de Asesoria Juridica, la evaluacion de la observacion y recomendacion formulada por el Servicio de Parques SERPAR -LIMA, teniendo en consideracion lo vertido en el Informe Nº 1037-2002-OAJ-MSS de fecha 1.7.2002 obrante a fojas 78; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 69-2004-OAJ-MSS de fecha 19.1.2004 (Fojas 84), senala que: "... la autoridad administrativa no puede declarar la nulidad de dicho dictamen y al momento de emitir el acto administrativo aprobando la Habilitacion MORDAZA se debe considerar el porcentaje del 1% para el aporte de Parques Zonales tal como ha sido materia de dictamen por parte de la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas, en todo caso corresponderia a SERPAR-LIMA a traves de su representante en la Comision Metropolitana de Habilitaciones Urbanas efectuar la observacion pertinente y corresponderia a dicha Comision evaluar en tal sentido ratificandola u observandola, en cuyo caso se procedera a realizar las modificaciones"; Que, en Sesion Nº 002-2004 de fecha 6.2.2004 (Fojas 85), el expediente es puesto a consideracion de La Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas, emitiendo opinion FAVORABLE respecto a la aplicacion de los porcentajes de aportes, indicando que: "Siguiendo las recomendaciones formuladas por la Oficina de Asesoria Juridica, seran aplicables los porcentajes establecidos en la Ordenanza Nº 292-MML, con la finalidad de no perjudicar el tramite, emitiendo MORDAZA singular el representante del Colegio de Ingenieros del Peru"; Que, con Resolucion Gerencial Nº 236-2004-GDU-GCDLMSS de fecha 11.5.2004 (Fojas 96 al 99), se rectifica el cuadro de Aportes Reglamentarios contenido en el plano de Lotizacion y Vias aprobado por la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas en su Sesion Nº 026-2003 de fecha 23.10.03 en el que se aplicaron los porcentajes establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones, modificandose los aportes y aplicandose los porcentajes establecidos en la Ordenanza Nº 292-MML, en concordancia con la opinion vertida por la Comision Tecnica de Habilitaciones de Habilitaciones Urbanas en Sesion Nº 002-2004 de fecha 6.2.2004 levantando asi la observacion formulada por el Servicio de Parques de MORDAZA SERPAR-LIMA; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 863-2004-RASS de fecha 28.9.2004 (Fojas ), se declara procedente la devolucion de pago en exceso ascendente a la suma de Un Mil Quinientos Ochenta y ocho y 88/100 Nuevos Soles (S/. 1,588.82) a favor de SERPAR-LIMA, en vista que se cancelo como aporte para recreacion Publica 27.060 % debiendo ser 25.933% con la Ordenanza Nº 292-MML, efectuandose la devolucion del pago en exceso mediante Comprobante de Pago Nº 6993 de fecha 26.10.2004 (Fojas 115). Que, con escrito de fecha 13.12.2004, la empresa MORDAZA & Iju adjunta el documento de Permuta que celebran la empresa CONCYSSA S.A. y la empresa MORDAZA & IJU Contratistas Generales S.A., mediante el cual la empresa CONCYSSA transfiere a la empresa MORDAZA & IJU el 50% de las acciones y derechos que sobre el terreno le corresponde, figurando la empresa CONCISA & IJU como propietaria unica al haber adquirido la totalidad de las acciones y derechos del inmueble. Que, con Informe Nº 2369-2004-SGACO-GDU-GCDLMSS de fecha 27.12.2004 (Fojas 137 al 142), el Area de Habilitaciones Urbanas indica que habiendose obtenido el Dictamen FAVORABLE al procedimiento de Aprobacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Vias de Regularizacion y habiendo cumplido el administrado con presentar los requisitos exigidos en el MORDAZA y acreditado el pago correspondiente al deficit de Aportes, procede emitir el Proyecto de Resolucion que declare cumplidas las obras de Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion y que ratifique el contenido del articulo Primero de la Resolucion Gerencial Nº de fecha al haberse reducido el porcentaje de Aportes. Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General y facultad expresa prevista en el literal e) del articulo 158º de la Ordenanza Nº 160-MSS; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR cumplidas las Obras de Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Vias de Regularizacion,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.