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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (03/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 3 de febrero de 2005 Artículo 6º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS El monto recaudado por los arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la MunicipalidadDistrital de Barranco. El rendimiento de los mencionados arbitrios será desti- nado exclusivamente a financiar el costo de los serviciosde Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano, parques yjardines y seguridad ciudadana. Artículo 7º.- OBLIGACIÓN CONTRIBUTIVA Los propietarios de los predios, en calidad de contribu- yentes están en la obligación de pagar los arbitrios regula-dos en la presente Ordenanza, así se encuentren desocu-pados o cuando cedan el uso a un tercero bajo cualquiertítulo o modalidad. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, la calidad de contribuyente la asumirá el po-seedor del predio. Los conductores de Kioscos y módulos reconocidos y autorizados por la Municipalidad de Barranco, que ocupanla vía pública, tienen la calidad de contribuyentes del arbi-trio de Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano y Seguri-dad Ciudadana, por ser usuarios de dicho servicio. Artículo 8º.- NACIMIENTO Y FIN DE LA OBLIGACIÓN La obligación al pago de los arbitrios es mensual y se configura el primer día hábil de cada mes. Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio la obligación tributaria para el nuevo propietario, nace apartir del primer día del mes siguiente de ocurrida la trans-ferencia, correspondiendo al transferente efectuar el pagohasta el mes de ocurrida la transferencia. Artículo 9º.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos a los arbitrios de Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano, Parques y Jardines ySeguridad Ciudadana los predios de propiedad de: a) La Municipalidad de Barranco, siempre que el uso de sus predios no este cedido contractualmente o bajocualquier otra modalidad, en cuyo caso el pago de lasobligaciones recaerá en los que hayan contratado o pacta- do con ella. b) Los gobiernos extranjeros, en condición de recipro- cidad, siempre que los predios de su propiedad se desti-nen a residencia de sus representantes diplomáticos, o alfuncionamiento de oficinas dependientes de sus embaja-das, delegaciones o consulados. c) El cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.d) Entidades religiosas reconocidas por el Estado, que destinen sus predios a templos, conventos, monasterios. e) La Policía Nacional del Perú, cuyos predios estén destinados a Comisaría del distrito. f) Organizaciones políticas inscritas en el Registro Nacional del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 10º.- EXONERACIONES Se encuentran exonerados del 50% del pago de arbi- trios: a) Los contribuyentes que gocen del Beneficio de De- ducción del Impuesto Predial establecidos en el Artículo19º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado medianteLey Nº 26952. b) Asimismo, se encuentran exoneradas de la totali- dad del tributo a pagar las personas que se encuentren enestado de necesidad precaria, previo informe social de laGerencia de Desarrollo Humano. Las exoneraciones genéricas de tributos otorgados o que se otorguen no comprenden a los arbitrios reguladosen la presente ordenanza. El otorgamiento de exoneracio-nes deberá ser expreso. Artículo 11.- CRITERIOS PARA EL CÁLCULO Y DIS- TRIBUCIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA,PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 Apruébense los criterios para el cálculo y distribución de los arbitrios de Limpieza Pública y Mantenimiento Urba-no, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejer-cicio 2005, fijados en los anexos I y II que forman parteintegrante de la presente ordenanza. Artículo 12º.- PERIODICIDAD Y RECAUDACIÓN Los arbitrios de Limpieza Pública y Mantenimiento Ur- bano, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, son de periodicidad y recaudación mensual.Artículo 13º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La obligación de pago de las cuotas vence el último día hábil de cada mes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde Distrital, para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple-mentarias necesarias para la adecuada aplicación de lapresente ordenanza. Segunda.- Concédase como incentivo por el pago ade- lantado de los tributos municipales del ejercicio 2005, losdescuentos siguientes: a.- Descuento del 10% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios (Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana), a los contri- buyentes que hasta el 28 de febrero del 2005, cancelen elpago total de los Arbitrios Municipales 2005. b.- Descuento del 5% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios a los contribuyentes que hasta el 28 de febre-ro del 2005 cancelen de 6 a 11 cuotas de los Arbitrios Municipales 2005. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde ANEXO I CRITERIOS PARA EL CALCULO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 PARA INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Para la distribución de los arbitrios de Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano, parques y jardines y seguridad ciudadana del año 2005, para inmuebles destinados a casa habitación, se han tomado en cuenta los siguientescriterios: 1. TIPO DE PREDIO: Casa habitación, Azotea ( aires, estacionamiento, depósito de vivienda, tendal y azotea) 2. ÁREA: Tamaño del predio: Area construida cuando se trata de edificaciones y área sin construir cuando setrate de terrenos sin edificaciones. 3. ZONIFICACIÓN: Zona A, Zona B, Zona C, descritas en la ordenanza 217-MDB. FACTOR DE CÁLCULO: El factor de cálculo del cobro de los arbitrios 2005 para cada zona (A, B, C) es el cocien-te del costo total de los servicios (limpieza pública, parquesy jardines y seguridad ciudadana) entre el área total cons-truida de cada zona. ZONA A B C COSTO TOTAL DE LOS SERVICIOS (S/.) 667,922 1’078,683 518,702 ÁREA CONSTRUIDA EN LA ZONA (m2) 266,855 538,847 345,578 FACTOR DE CÁLCULO 2.50 2.00 1.50 DISTRIBUCIÓN DEL COBRO DE ARBITRIOS:TIPO DE PREDIO ZONA A ZONA B ZONA C Monto mínimo diario 0.35 0.28 0.17 CASA ÁREA POR FACTOR ANEXO II CRITERIOS PARA EL CÁLCULO Y DISTRIBUCIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y MANTENI- MIENTO URBANO, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 PARA INMUEBLES DESTINADOS A COMERCIO Para la distribución de los arbitrios de Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano, parques y jardines y seguridad ciudadana del año 2005, para inmuebles destinados a comercio, se han tomado en cuenta los siguientes criterios: