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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (03/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G31/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 3 de febrero de 2005 Nº 006-2002-MDP/A, se elimine el requisito de la Declara- ción Jurada Legalizada. En tal sentido, se deja sin efectoel cobro por la expedición de Constancias de Posesión deexpedientes que se inicien, como de los que se encuen- tren en giro. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Muni- cipal se encargue del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 02349 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G2D /G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G31/G32/G20/G79/G20/G30/G31/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G44/G50/G2F/G41 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2005-MDP/A Pachacámac, 31 de enero de 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 012-2004-MDP/A de fe- cha 28 de octubre del 2004 se ordena otorgar dentro de lajurisdicción del distrito de Pachacámac el Beneficio de Re-gularización Tributaria: Rebaja del Derecho de Trámite deInscripción en el Padrón de Contribuyentes, reduciendo al monto de S/. 30.00 Nuevos Soles (incluye los formatos) a los contribuyentes que presenten su Declaración Jurada,asimismo la extinción de deudas generadas por MultasTributarias por inscripción, Baja y Modificación de predio; Que, asimismo, con Ordenanza Nº 013-2004-MDP/A de fecha 28 de octubre del 2004 se ordena rebajar a S/ .16.00 Nuevos Soles por año la sanción por no presentar Declaración Jurada de Permanencia de Giro equivalente a0.5% de la UIT vigente; Que, el plazo de las ordenanzas en mención vencieron indefectiblemente el 31 de diciembre del 2004; Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 20º Inciso 6) y Artículo 9º inciso 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 012-2004-MDP/A y la Ordenanza Nº 013-2004-MDP/A hasta el 31 de marzo de 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Ren- tas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 02350 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2005-MDP/C Pachacámac, 31 de enero de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE PACHACÁMAC Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Técnico Legal Nº 691-2004-MDP/GAJ y el pro- yecto presentado por la señora Alcaldesa Carola DorianClemente Hermoza Vda. de Poblet, mediante el cual propo-ne aprobar las facultades del Procurador Público Municipalde la Municipalidad Distrital de Pachacámac de conformidadcon la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”; Con el voto Mayoritario de sus miembros y de conformi- dad con lo dispuesto en el artículo 9º numeral 23) de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordanciacon el Reglamento Interno de Concejo y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público Municipal, Abogado César Augusto Frías Yesca, de la Mu-nicipalidad Distrital de Pchacámac, designado medianteResolución de Alcaldía Nº 329-2004-A/MDP del 1 de abrildel año 2004, para que en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 23) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y en defensa de los intere-ses y derechos de la Municipalidad Distrital de Pachacá-mac, bajo responsabilidad, inicie o impulse los procesosjudiciales contra los funcionarios, servidores o terceros res-pecto de los cuales el Órgano de Control Interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales seguidos contra la Municipali-dad Distrital de Pachacámac o sus representantes. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Procurador designado tiene la representación y la defensa de estaMunicipalidad en cualquier procedimiento judicial, sea este civil, penal, laboral, constitucional o contencioso adminis- trativo, sea como demandante o demandado, denuncian-te o agraviado, pudiendo concurrir a diligencias policialesy/o judiciales, prestar la manifestación policial y preventivaa que hubiere lugar, Denunciar, constituirse en parte civil otercero civilmente responsable, prestar instructiva, preven- tiva y testimoniales, declarar como imputado e interponer recursos impugnatorios en materia penal. Asimismo, podrá ejercer las facultades generales y espe- ciales de los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil,sobre todo las que se describen a continuación: Representary ejercer los derechos de la Municipalidad ante las autorida- des judiciales, con las facultades generales y con las especia- les para demandar; ampliar demandas, Modificar demandas,reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, formulary contestar excepciones y defensas previas, prestar declara-ción de parte, ofrecer medios probatorios, actuar e interveniren las actuaciones de toda clase de medios probatorios, ya sea prueba anticipada o en las audiencias de pruebas u otras audiencias, exhibir y reconocer documentos, planteartoda clase de medios impugnatorios como los remedios detacha, oposición y nulidad de los actos procesales o del pro-ceso y los recursos de reposición, apelación, casación y que-ja, solicitar medidas cautelares en cualquiera de las formas previstas legalmente, así como ampliarlas, modificarlas y sus- tituirlas, solicitar la interrupción, suspensión y conclusión delproceso, solicitar la acumulación y desacumulación de proce-sos; solicitar el abandono del proceso, solicitar la aclaración,corrección y consulta de resoluciones judiciales y realizar con-signaciones judiciales y retirar y cobrar las que se efectúen a nombre de la Municipalidad. Podrá convenir en la demanda, conciliar, desistirse de ella o transigir los procesos. Asimismo, está facultado paradelegar representación e intervención en los procesos judi-ciales, mediante escrito simple, a los abogados que labo-ran en la Procuraduría Municipal. Regístrese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 02348 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G63/G75/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G75/G6E/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/GFA/G6E/G69/G2D /G63/G6F/G20/G73/G69/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F (Se publica la resolución de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de San Miguel, mediante Oficio Nº35-2005-SG/MDSM, recibido el 2 de febrero de 2005) GERENCIA DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 480-2004-GDU-MDSM San Miguel, 11 de agosto de 2004 Visto el Expediente Nº 003999-2004, organizado por la EMPRESA PESQUERA ATLÁNTIDA S.R.L. sobre Acumu-lación de lotes sin cambio de uso de un Área de 1012.04