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PÆg. 296282 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de julio de 2005 De conformidad al Decreto Legislativo Nº 560- Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN queaprueba el Texto Único Ordenado del Decreto LegislativoNº 370 - Ley del Ministerio del Interior; Lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Ju- rídica del Ministerio del Interior en el Informe Nº 3705-2005-IN/0201 de 06JUN2005; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 23 de febrero del 2005, en vía de regularización, al señor Mayor CJ. PNPHernando José MENDOZA VILLANUEVA, Asesor del Des-pacho del Ministerio del Interior, como representante delseñor Ministro del Interior ante la Comisión Especial encar-gada de estudiar los procedimientos y la normativa existen- te en materia de colaboración eficaz, así como de evaluar y proponer las modificaciones necesarias, para el mejora-miento del funcionamiento integral de dicho sistema. Artículo 2º.- El Oficial designado al término de la Comi- sión encomendada emitirá el Informe correspondiente. Regístrese, publíquese y archívese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 12086 Amplían plazo para concluir formula- ción del nuevo proyecto de ReglamentoInterno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1608-2005-IN Lima, 4 de julio del 2005 VISTO:El Oficio de la Comisión Especial encargada de propo- ner el nuevo texto del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior,mediante el cual solicita la ampliación en quince (15) díasútiles el plazo establecido en el artículo 2º de la ResoluciónMinisterial Nº 0956-2005-IN de 21 de abril del 2005, a finde concluir con la formulación del referido Reglamento. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0956-2005-IN, de 21 de abril del 2005, se conformó una Comisión Especialencargada de proponer un nuevo texto del ReglamentoInterno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Mi- nisterio del Interior, la misma que está integrada por el Titular o su representante de la Secretaría General delMinisterio del Interior, Oficina General de Asesoría Jurí-dica, Oficina de Personal, Dirección de Recursos Huma-nos PNP, Director de la Oficina de Asuntos Internos y elPresidente de la Comisión Permanente de Procesos Ad- ministrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Ór- ganos No Policiales); Que, en la reunión de trabajo de la Comisión Especial llevada a cabo el día 9 de junio de 2005, se acordó solicitarla ampliación en quince (15) días útiles el plazo estableci-do en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0956- 2005-IN, tomando en consideración que a la fecha se re- quiere de un tiempo adicional para integrar y consistenciarel referido proyecto; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; lo dispuesto enel artículo 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legis- lativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN de 1 de marzo de2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar el plazo establecido en el ar- tículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0956-2005-IN, de21 de abril del 2005 en quince (15) días útiles para concluircon la formulación del nuevo proyecto de Reglamento In-terno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Minis-terio del Interior y su presentación al Despacho Ministerial para su consideración y aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 12087 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de manteni-miento de ascensores para dependen-cias no policiales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1610-2005-IN-0501 Lima, 4 de julio del 2005 VISTOS, el Oficio Nº 1481-2005-IN-0506 del 25 de abril del 2005, y el Informe Técnico Nº 053-2005-IN-0506.USAdel 18 de marzo del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, el literal e) del artículo 19º y el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM, disponen que la aprobación de la exoneración del proceso de selección corresponde cuan-do los bienes o servicios no admiten sustitutos y existaproveedor único, se efectúan por Resolución del Titular delPliego de la Entidad; Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece queen los casos en que no exista bienes o servicios sustitutosa los requeridos por el área usuaria, y siempre que existaun solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad po-drá contratar directamente; Que, los artículos 146º, 147º y último párrafo del 148º del referido cuerpo legal, establecen que las resolucio-nes o acuerdos que apruebe la exoneración del procesode selección, requieren obligatoriamente de uno o másinformes previos, que contengan la justificación técnicay legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; y que los mismos sean publicados en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes a suemisión o adopción y a través del Sistema Electrónico deAdquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, las adquisiciones o contrataciones del bien, servi- cio u obra, objeto de la exoneración, serán realizadas por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrata- ciones de la entidad o el órgano designado para dichoefecto; Que, el artículo 148º del precitado Reglamento estable- ce que la Entidad efectuará las adquisiciones o contrata-ciones en forma directa mediante acciones inmediatas, re- quiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidasen las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cual-quier medio de comunicación, incluyendo el facsímile y elcorreo electrónico; Que, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se cele- bren como consecuencia de aquella deberán cumplir conlos respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exi-gencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado acabo el proceso de selección correspondiente; Que, mediante Informe Técnico Nº 053-2005-IN- 0506.USA del 18 de marzo del 2005, la Unidad de Servi- cios Auxiliares del Ministerio del Interior concluye que laempresa Ascensores Schindler del Perú S.A., mantiene laexclusividad del servicios de mantenimiento preventivode ascensores para la Sede Central del MININTER,DICSCAMEC y DIGEMIN; Que, de conformidad con el Certificado de Exclusividad de febrero del 2005, por el cual se certifica que la CompañíaAscensores Schindler del Perú S.A., representa exclusiva-mente a diversas empresas del Grupo Schindler, señalandoexpresamente que es la única compañía en el Perú queposee la representación de la marca Schindler, en todo lo