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PÆg. 293802 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de junio de 2005 Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Acto Público de Presentación de Propuestas se llevó a cabo el día 14 de abril de 2005, habiéndose presentado las siguientes empresas postoras: Consor- cio Empresarial del Oriente SAC, Fouscas Trading EIRL,Consorcio Nutrial SAC / Nestle Perú SA, ConsorcioAngel Bakery EIRL / Ansa EIRL / Pacoss EIRL, NiisaCorporation SA, Cereales del Huallaga, y Proalpesa SRL; Que, el Comité Especial en uso de las atribuciones que le confiere las Normas de Contratación y Adquisi- ción del Estado, postergó el Acto de Otorgamiento de laBuena Pro fijado inicialmente para el 19 de abril de 2005,para el día 21 de abril, para hacer una mejor evaluaciónde las propuestas presentadas; Que, en la fecha fijada el Comité Especial en el Ítem Nº 2 (Cereal Enriquecido) otorgó la Buena Pro a la em- presa PROALPESA SRL, sin embargo dentro del plazode Ley la empresa Cereales del Huallaga presentó Re-curso de Apelación el día 28 de abril de 2005, contra elActo de Descalificación de su Propuesta Técnica. Almomento de presentar su Recurso de Apelación no cum- plió con pagar la tasa correspondiente de conformidad con el Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA) de la Municipalidad, habiéndole otorgado el pla-zo para la subsanación respetiva, hecho que no cumplióla empresa impugnante por lo que mediante Resoluciónde Alcaldía Nº 0344-2005-ALC/MDSA de fecha 6 de mayo de 2005 se declaró inadmisible el Recurso de Apelación, como consecuencia de ello quedó consentida el Otorga-miento de la Buena Pro, por lo que se suscribió el contra-to respectivo con la empresa PROALPESA SRL; Que, con respeto al Ítem Nº 1 (Leche Evaporada Entera) se otorgó la Buena Pro a la Empresa NIISA COR- PORATION S.A. de acuerdo al procedimiento estableci- do en el artículo 133º del Reglamento del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, el día 28 de abril de 2005 la empresa FOUSCAS TRADING EIRL presentó Recurso de Apelación contra el Acto de calificación, evaluación y adjudicación de la Buena Pro, el mismo que fue subsanado el día 3 demayo de 2005 contra las empresas NIISA CORPORA-TION S.A. y CONSORCIO NUTRIAL S.A.C / NESTLEPERU S.A., el Comité Especial realizó el traslado co-rrespondiente del recurso presentado. Que, el día 28 de abril de 2005 el CONSORCIO NUTRIAL S.A.C / NESTLE PERU S.A., presentó Recur-so de Apelación contra el Acto de calificación, evalua-ción y adjudicación de la Buena Pro, el mismo que fuesubsanado el día 29 de abril de 2005 contra las empre-sas FOUSCAS TRADING EIRL y NIISA CORPORA- TION S.A., el Comité Especial realizó el traslado corres- pondiente del recurso presentado. Que los días 5 y 6 de mayo de 2005 la empresa NIISA CORPORATION S.A. absuelve los recursos pre-sentados por las Empresas CONSORCIO NUTRIALS.A.C / NESTLE PERU S.A y FOUSCAS TRADING EIRL respectivamente. El día 9 de mayo de 2005 la empresa FOUSCAS TRADING EIRL absuelve el Recurso pre-sentado por el CONSORCIO NUTRIAL S.A.C / NESTLEPERU S.A, el mismo día el CONSORCIO NUTRIAL S.A.C/ NESTLE PERU S.A absuelve el Recurso presentadopor la empresa FOUSCAS TRADING EIRL; Que, de acuerdo a los plazos establecidos por Ley, el día 12 de mayo de 2005 se dio la denegatoria fictasobre el Recurso de Apelación presentado por el CON-SORCIO NUTRIAL S.A.C / NESTLE PERU S.A y el día13 de mayo se dio la denegatoria ficta del Recurso pre-sentado por la empresa FOUSCAS TRADING EIRL; Que, se ha tomado conocimiento a través de la publi- cación electrónica en la página de CONSUCODE que elCONSORCIO NUTRIAL S.A.C./NESTLÉ PERÚ S.A. hainterpuesto Recurso de Revisión respecto a la LicitaciónPública Nº 0001-2005-CE/MDSA - Segunda Convocato-ria, Item I para el Suministro de Leche Evaporada Entera en tarros de 410gr. c/u.; Que, el artículo 149º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala quela interposición de un Recurso de Apelación y, en sucaso, el Recurso de Revisión suspende el proceso deselección en la etapa en que se encuentre, la suspen- sión afectará únicamente al Ítem impugnado; Que, de acuerdo al informe emitido por la Gerencia de Administración se señala que el aprovisionamientode Leche Evaporada Entera en Tarros de 410 gr. c/ucomo consecuencia del proceso de selección llevado a cabo al amparo del Acuerdo de Concejo Nº 004-2005-MDSA, está asegurada hasta el día 2 de junio de 2005; Que, la paralización o interrupción del Suministro de Leche Evaporada Entera en Tarros de 410 c/u para el Programa del Vaso de Leche afectaría gravemente a lasalud de miles de niños, madres gestantes y demásbeneficiarios de este programa asistencial a cargo de laMunicipalidad; Que, el inciso “c” del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonera-dos de los procesos de Licitación Pública, Concurso Públi-co o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realicenen Situación de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que por Situación de Desabasteci- miento Inminente se considera aquella situación extraor- dinaria e imprevisible en la que la ausencia de determina-do bien, servicio u obra compromete en forma directa einminente la continuidad de las funciones, servicios, acti-vidades u operaciones productivas que la Entidad tiene asu cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, ser- vicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea elcaso, necesario para resolver la situación y llevar a caboel proceso de selección que corresponda; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, establece que la Entidad efectuará las adquisicio-nes o contrataciones en forma directa mediante accio-nes inmediatas, requiriéndose invitar a un solo provee-dor, cuya propuesta cumpla con las características ycondiciones establecidas en las bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunica- ción, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. Laadquisición o contratación del bien, servicio u obra obje-to de la exoneración, será realizada por la dependenciaencargada de las adquisiciones y contrataciones de laEntidad o el órgano designado para tal efecto; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establece que las Adquisiciones y Contrata-ciones a que se refiere el artículo 19º deberá ser apro-bada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en casode los Gobiernos Locales; Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situaciónde Desabastecimiento Inminente conforme con lo esta-blecido en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de laLey Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y el artículo 141º de su Reglamento por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad del Suministro de Leche Evapo-rada Entera en Tarros de 410 gr. c/u para el Programa delVaso de Leche por un plazo de 60 días calendario o hastaque se suscriba el contrato respectivo con la empresaque resulte ganadora de la Buena Pro, de acuerdo a la Resolución que emitirá el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de conformidad con el artículo171º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º y los artículos 20º y 21º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, inciso 35) del artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y de- más normas pertinentes; luego del debate correspondien- te, con dispensa del trámite de lectura y aprobación delActa, por mayoría se ha aprobado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabas- tecimiento Inminente el Suministro de Leche EvaporadaEntera en Tarros de 410 gr. c/u para el Programa del Vasode Leche, hasta un plazo máximo de 60 días calendario.