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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (05/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 294042 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de junio de 2005 3.2 INCLUSIÓN 1 Adjudicación Adquisición de Insumos de Nuevos 205,215.10 Directa Selectiva Laboratorio (Envase Plástico Soles para Esputo con Tapa Rosca) 2 Adjudicación Adquisición de Jeringas para Nuevos 124, 133.84 Directa Selectiva Vacunación Canina Soles 3 Adjudicación Adquisición de Equipos de Cómputo y Nuevos 159, 025.00 Directa Selectiva Procesamiento Automático de Datos Soles 4 Adjudicación de Adquisición de Nuevos 10, 612.00 Menor Cuantía Equipos Diversos Soles 3.2.1 SERVICIOS 1 Adjudicación Contratación del Servicio de Nuevos 156,800.00 Directa Pública Confección de Collares para Soles Vacunación Canina 2 Adjudicación de Contratación del Servicio de Nuevos 18,000.00 Menor Cuantía Mantenimiento de Cámaras Soles Frigoríficas 3 Adjudicación Contratación del Servicio de Nuevos 23,500.00 Directa Selectiva Mantenimiento de Redes de Soles Datos y Telecomunicaciones 4 Concurso Público Contratación de servicios Nuevos 497,218.55 de Pasajes Aéreos Soles Artículo Cuarto.- Disponer que el Equipo de Admi- nistración del PAAG, remita una copia de la presente Resolución Jefatural y de las modificaciones del PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones del PAAG para el Ejercicio Presupuestal 2005, a la Secretaría General del Ministerio de Salud. Artículo Quinto.- Disponer que el Equipo de Admi- nistración del PAAG publique la presente resolución y las citadas modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del PAAG en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles siguientes asu aprobación y cautele que dicha información se en- cuentre al alcance del público interesado. Artículo Sexto.- Disponer que el Equipo de Informa- ción, Análisis y Sistemas del PAAG publique la presente Resolución y la modificación del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del PAAG para el Ejercicio Pre-supuestal 2005, en la Página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese.WALTER VIGO VALDEZ Coordinador GeneralPrograma de Administración de Acuerdos de Gestión 10419 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan Acuerdo de Código Compar- tido suscrito entre TACA PERÚ yAVIANCA para prestar servicio detransporte aØreo regular internacionalde pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 042-2005-MTC/12 Lima, 23 de marzo del 205 Vista, la solicitud de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERÚ, sobre la aprobación del Acuerdo deCooperación Comercial de Código Compartido suscrito con AEROVÍAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA, para el Servicio de Transporte Aéreo RegularInternacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 072641 del 14 de diciembre del 2004 TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. –TACA PERÚ, solicitó la autorización del Acuerdo de Có- digo Compartido suscrito con AEROVÍAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA para operar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasaje-ros, carga y correo, en las rutas BOGOTÁ – LIMA – BOGOTÁ, con siete (7) frecuencias semanales, LIMA – BOGOTA – LIMA, con seis (6) frecuencias semanalesy, LIMA – LA PAZ – LIMA, con cinco (5) frecuencias semanales; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERU cuenta con Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado según ResoluciónDirectoral Nº 073-2002-MTC/15.16 del 22 de abril del 2002, modificada por Resolución Directoral Nº 226-2003- MTC/12 del 17 de septiembre del 2003 y ResoluciónDirectoral Nº 261-2003-MTC/12 del 18 de noviembre del 2003, autorizándola a servir entre otras rutas, LIMA – BOGOTÁ y VV.; LIMA – LA PAZ Y/O SANTA CRUZ y VV.,con siete (7) frecuencias semanales cada una y con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire; Que, AEROVÍAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. – AVIANCA cuenta con Permiso de Operación para pres- tar Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacionalde pasajeros, carga y correo, otorgado según Resolu- ción Directoral Nº 088-2004-MTC/12 del 11 de junio del 2004, autorizándola a servir la ruta CARACAS –BOGOTÁ – QUITO – LIMA - LA PAZ y/o SANTA CRUZ DE LA SIERRA Y VV., con catorce (14) frecuencias se- manales, con derechos de tráfico de Tercera, Cuarta yQuinta Libertad del Aire; Que, la Unidad Administrativa Especial de la Repúbli- ca de Colombia, ha autorizado el Acuerdo de CódigoCompartido entre AEROVÍAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA y TRANS AMERICAN AIR- LINES S.A. – TACA PERÚ, en las rutas: BOGOTA –LIMA – BOGOTA, LIMA – BOGOTA – LIMA y; LIMA – LA PAZ - LIMA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261; y, con la opinión favorable de las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el Acuerdo de Código Compartido suscrito entre TRANS AMERICAN AIRLI- NES S.A. – TACA PERÚ y AEROVÍAS NACIONALES DECOLOMBIA S.A. - AVIANCA, para prestar el servicio de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo, en las rutas BOGOTÁ – LIMA – BOGOTA, consiete (7) frecuencias semanales, LIMA – BOGOTA – LIMA, con seis (6) frecuencias semanales y; LIMA – LA PAZ - LIMA, con cinco (5) frecuencias semanales, por elplazo de un (1) año, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Artículo Primero se sujetará a las siguientes condicio- nes: 1. La presente autorización comprende la explota- ción por parte de AEROVÍAS NACIONALES DECOLOMBIA S.A. – AVIANCA y la comercialización por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERÚ de los derechos de tráfico de Tercera y CuartaLibertad del Aire entre BOGOTÁ - LIMA - BOGOTA y; la explotación por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERÚ y la comercialización por parte deAEROVÍAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. – AVIANCA de los derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire en la ruta LIMA – BOGOTÁ - LIMA y,LIMA – LA PAZ - LIMA. 2. En la publicación y comercialización de los servi- cios materia del Acuerdo de Código Compartido que seautoriza, ambos transportadores deberán hacer men- ción expresa al público usuario, que se trata de vuelos de código compartido de forma tal que no se induzca aerror al consumidor, especialmente en cuanto a las ca- racterísticas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Artículo Tercero.- Ambas empresas de transporte aéreo se encuentran obligadas a presentar mensual-