Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2005 (05/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 5 de junio de 2005

voco a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Santoyo, candidatos no proclamados integrantes de las Organizaciones Politicas Nacionales "Alianza Electoral Unidad Nacional" y "Peru Posible" respectivamente, para que asuman el cargo de regidores en el Concejo Distrital de Pulan, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 ­ 2006, ante la vacancia de vacancia del cargo del MORDAZA del Concejo Distrital de Pulan, Provincia de MORDAZA MORDAZA, Departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA Nunez y los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Wendor MORDAZA Becerra; Que, conforme lo dispone el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales N° 26864 y el numeral 2) del articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; y, en el supuesto de no quedar ningun integrante de una lista de candidatos, se incorpora al integrante de otra lista, debiendo ser esta la que sigue en el orden del computo de sufragios; por lo que corresponde, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, incorporar al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Organizacion Politica Nacional "Peru Posible", al haberse agotado la lista de los candidatos de la Organizacion Politica Nacional "Alianza Electoral Unidad Nacional"; Por lo expuesto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Integrar la Resolucion N° 114-2005JNE de fecha 17 de MORDAZA de 2005, disponiendo convocar al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Organizacion Politica Nacional "Peru Posible", para que asuma el cargo de regidor en el Concejo Distrital de Pulan, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 ­ 2006, debiendosele otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVA BALLON ­ MORDAZA MORDAZA, Secretario General. 10436

de Identificacion de las Personas Naturales tramite de rectificacion de direccion e imagen, utilizando para tal fin sustentos que no le pertenecen con la intencion de usurpar la identidad de la ciudadana MORDAZA HAYQUI MORDAZA, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, si bien se ha procedido administrativamente, esto es, rechazar tal pretension registral, en salvaguarda del derecho a la identidad de la ciudadana MORDAZA HAYQUI MORDAZA, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º respectivamente, del Codigo Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA ALANOCA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA MORDAZA ALANOCA, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica; en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 10354 RESOLUCION JEFATURAL Nº 599-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2005 Visto, el Informe Nº 154-2005-GP/SGP/RENIEC y el Informe Nº 483-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 16 de MORDAZA del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Procesamiento del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor de investigacion, ha detectado que la ciudadana MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA CALVANAPON, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, se presento ante el Registro a solicitar en forma irregular una MORDAZA inscripcion a nombre de MORDAZA MORDAZA CALVANAPON, para lo cual adjunto como documento sustentatorio la Partida de Nacimiento Nº 214 expedida supuestamente por la Municipalidad Provincial de Ascope - La Libertad; contando ademas con la declaracion de los ciudadanos Fablia MORDAZA MORDAZA de Pichen y MORDAZA MORDAZA Uriol MORDAZA, quienes senalaron conocer a la ciudadana MORDAZA MORDAZA CALVANAPON, tal como se aprecia de las declaraciones juradas anexas al formulario de tramite; Que, luego de la verificacion realizada por la Subgerencia de Procesamiento, se ha concluido que la Partida de Nacimiento ofrecida como sustento para el tramite de inscripcion es falsa, por cuanto la citada municipalidad informa que la ciudadana MORDAZA MORDAZA CALVANAPON no presenta inscripcion alguna en sus libros registrales, tal como se desprende de los documentos del visto;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 598-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2005 Visto, el Informe Nº 132-2005-GP/SGP/RENIEC y el Informe Nº 484-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 16 de MORDAZA del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Procesamiento de la Gerencia de Procesos del RENIEC, en su permanente labor de verificacion, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA ALANOCA, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, solicita ante el Registro Unico

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