TEXTO PAGINA: 55
PÆg. 294237 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de junio de 2005 Artículo Cuarto.- Autorizar a la Secretaría del Consejo Regional La Libertad disponer la publicación de la presen- te Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación de la Región, disponiendo suinclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional deLa Libertad. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 10588 Aprueban Cuadro para la Asignación de Personal del Proyecto EspecialChavimochic ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2005-CR/RLL Trujillo, 30 de mayo del 2005 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perúde 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº27680, Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, y demás normas Complementarias; CONSIDERANDO:Que, conforme al inciso 1) del artículo 192º de la Cons- titución Política del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Des-centralización Nº 27680, se establece que los GobiernosRegionales son competentes para aplicar su organizacióninterna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descen- tralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regio- nales y Locales son competentes para aprobar su organi-zación interna y su presupuesto institucional conforme a laLey de Gestión Presupuestaria del Estado y las LeyesAnuales de Presupuesto;Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº27867, modificada por la Ley Nº 27902 esta- blece en el numeral 1, literal c) que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales aprobar su organi-zación interna y su presupuesto institucional conforme a laLey de Gestión Presupuestaria del Estado y las LeyesAnuales de Presupuesto; Que, mediante Oficio Nº 1231-2005-GR-LL/PECH- 01 de fecha 25 de mayo del 2005 la Gerencia General del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC a través de laOficina de Planeamiento y Presupuesto concluye quees procedente la aprobación del Cuadro para la Asig-nación de Personal a nivel Regional mediante Orde-nanza Regional; Que, por acuerdo de Consejo Directivo del Proyecto Especial de CHAVIMOCHIC de fecha 19 de mayo del 2005se aprobó elevar la propuesta del Cuadro para la Asigna-ción de Personal del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC alConsejo Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM de fecha 18 de junio del 2004 que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para la Asignaciónde Personal (CAP); En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales -Ley Nº 27867 y su modifica-toria, Ley Nº 27902; Con el voto en MAYORÍA de los miembros integrantes del Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad; ORDENA:Artículo Primero .- Aprobar el Cuadro para la Asigna- ción de Personal del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC a partir del Ejercicio Presupuestal 2005 de acuerdo al si-guiente detalle: - Cargos Ocupados 184 - Cargos Previstos 205 -------- Total General 389 Artículo Segundo.- Autorizar a la Secretaría del Con- sejo Regional La Libertad disponer la publicación de lapresente Ordenanza Regional en el Diario Oficial el Perua- no y en el Diario de mayor circulación de la Región, dispo- niendo su inclusión en el portal electrónico del GobiernoRegional de La Libertad POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberántener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU