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PÆg. 294226 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales parala inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registrodel Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscrip- ción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facul-tad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Fernando La Serna Rossi con matrícula Nº N-3747 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corre- dores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corre-dores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 10587 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS Nº 816-2005 Mediante Oficio Nº 10982-2005-SBS, la Superinten- dencia de Banca y Seguros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS Nº 816-2005, publicada ennuestra edición del día 6 de junio de 2005. ANEXO 2 EN EL NUMERAL 5 DE INFRACCIONES LEVES (PÁG. 294141) DICE: "5) Presentar errores en la clasificación de la cartera de créditos en hasta el 20% de la muestra revisada por la Superintendencia." DEBE DECIR: "5) Presentar errores en la clasificación de la cartera de créditos entre el 5% y el 10% de la muestra revisada por la Superintendencia." EN EL NUMERAL 7 DE INFRACCIONES GRAVES (PÁG. 294142) DICE: "7) Presentar errores en la clasificación de la cartera de créditos en más del 20% pero menos del 45% de la mues- tra revisada por la Superintendencia." DEBE DECIR: "7) Presentar errores en la clasificación de la cartera de créditos en más del 10% y hasta el 25% de la muestra revisada por la Superintendencia." EN EL NUMERAL 7 DE INFRACCIONES MUY GRAVES (PÁG. 294143) DICE: "7) Presentar errores en la clasificación de la cartera de créditos en más del 45% de la muestra revisada por la Superintendencia."DEBE DECIR: "7) Presentar errores en la clasificación de la cartera de créditos en más del 25% de la muestra revisada por laSuperintendencia." 10630 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ Otorgan facultades de representación a profesional para iniciar o realizar diversos procedimientos y trÆmites ante la SUNAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 273-2005-CGBVP San Isidro, 24 de mayo de 2005 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, de conformidad con el Artículo 1º de la Ley Nº 27067, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios delPerú es una entidad con personería jurídica de derechopúblico interno y constituye un pliego presupuestal adscri- to a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante carta del 18 de mayo del 2005 la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria in-forma que el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios delPerú ha sido incorporado al Directorio de Principales Con-tribuyentes de la Intendencia Regional Lima a partir del 18 de mayo del 2004; Que, es necesario nombrar a un representante del Cuer- po General de Bomberos Voluntarios del Perú, a fin de queen ausencia del Representante Legal y del Jefe de la Direc-ción General de Administración del Cuerpo General de Bom-beros Voluntarios del Perú; por sí misma y a sola presencia, represente al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú ante la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria para iniciar procedimientos contenciosos y no con-tenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos atributos administrados y/o recaudados por la Superinten-dencia Nacional de Administración Tributaria; Estando a lo acordado, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5º de la Ley Nº 27067, "Ley delCuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar las facultades de representación a la CPC GLORIA MARÍA BARBARÁN BARRAGÁN, identi-ficada con DNI Nº 09865538, Contadora General del Cuer-po General de Bomberos Voluntarios del Perú, para queen ausencia del Representante Legal del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú, Brigadier General CBP CARLOS CORDOVA GOMEZ, o el representante de la Di- rección General de Administración, Brigadier Mayor CBPSAMUEL ONESIMO GONZALES VICTORIO, represente asola presencia al Cuerpo General de Bomberos Volunta-rios del Perú ante la Superintendencia Nacional de Adminis-tración Tributaria, para iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, recojo de cheques de reembolsos solicitados, así como realizar todo tipo de trámites referidosa tributos administrados y/o recaudados por la Superin-tendencia Nacional de Administración Tributaria. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS CÓRDOVA GÓMEZ Comandante General del Cuerpo Generalde Bomberos Voluntarios del Perú 10594