Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2005 (16/06/2005)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de junio de 2005

El Oficio Nº 023-2005-CGBVP-XXIV CDLS-B96 de la Compania de Bomberos Voluntarios "La Molina" Nº 96 MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Oficio Nº 135-2005-CGBVP/ DIGA de la Direccion General de Administracion del CGBVP; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del Visto, el Primer Jefe de la Compania de Bomberos Voluntarios "La Molina" Nº 96 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa que con fecha 30 de noviembre de 2004, se ha depositado en el Banco de la Nacion, en la cuenta Donaciones del CGBVP, la suma de S/. 55,968.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), provenientes de los fondos entregados por la Municipalidad de La MORDAZA a la Compania de Bomberos mencionada; Que, mediante el Oficio de Visto, el Director de la Direccion General de Administracion del CGBVP, solicita la emision de la Resolucion Jefatural correspondiente; Que, es necesario emitir la Resolucion Jefatural de aceptacion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º de la Ley Nº 27067 - "Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar en vias de regularizacion, la donacion dineraria efectuada por la Municipalidad de La MORDAZA, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, ascendente a S/. 55,968.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), que sera utilizada en gastos corrientes diversos de la Compania de Bomberos Voluntarios "La Molina" Nº 96 - MORDAZA MORDAZA Caceres. Articulo 2º.- Encargase a la Direccion General de Administracion del CGBVP, la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias habiles de aprobada, bajo responsabilidad. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 11011

de competencia de la MORDAZA o del Registro que tengan a su cargo, segun corresponda, podran establecer plazos distintos para las tachas sustantivas, observaciones y liquidaciones a los titulos, que los establecidos en el dicho articulo, pudiendo discriminar entre Registros; asimismo, el articulo 55º del citado cuerpo reglamentario, establece que las inscripciones se practicaran, si no existiese defecto u otras circunstancias debidamente acreditadas, dentro de los siete dias siguientes a la fecha del asiento de presentacion; Que, dentro de las principales acciones del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, contemplados en el articulo 5º de la Ley Nº 27658; se encuentra la priorizacion de la labor de desarrollo social en beneficio de los sectores de menos favorecidos, mejorando, entre otras acciones, la prestacion de los servicios publicos; asi como la concertacion con la participacion de la sociedad civil, disenando una vision compartida y planes multianuales, estrategicos y sustentables; Que, resulta necesario como politica de la SUNARP, el establecer medidas orientadas a priorizar la inscripcion de actos, en los distintos registros juridicos, que por su naturaleza, efectos y urgencia, tengan un impacto directo en el desarrollo economico del MORDAZA, entre los que destaca, la Constitucion de sociedades, la Inscripcion de Poderes Especiales de Sociedades Extranjeras, el Bloqueo Registral y la Constitucion de Hipotecas y Prendas; Que, en el MORDAZA de la politica indicada, es necesario evaluar los procedimientos de atencion, de los titulos que contienen los actos indicados, desde su etapa previa a la MORDAZA hasta su inscripcion en el respectivo registro juridico; encargando dicha labor a una Comision la cual debera elaborar un proyecto de Directiva para la atencion en 24 horas de actos inscribibles que tienen impacto directo en el desarrollo economico del pais; Atendiendo a ello, y estando a las atribuciones conferidas por el literal a) del articulo 16º de la Ley Nº 26366, asi como a los literales a) y d) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituir la Comision que se encargue de elaborar el Proyecto de "DIRECTIVA PARA LA ATENCION EN 24 HORAS DE ACTOS INSCRIBIBLES QUE TIENEN IMPACTO DIRECTO EN EL DESARROLLO ECONOMICO DEL PAIS" comprendiendo en ellos a los siguientes: - Constitucion de Sociedades. - Inscripcion de Poderes Especiales de Sociedades Extranjeras. - Bloqueo Registral; y, - Constitucion de Hipotecas y Prendas. La propuesta comprendera el uso de las herramientas tecnologicas, que resulten necesarias. Articulo Segundo.- La citada Comision estara conformada por las siguientes personas: - Dr. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto quien la presidira. - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente Registral de la SUNARP. - Dr. MORDAZA MORDAZA Scheelje, Jefe de la MORDAZA IX de la SUNARP. - Dr. MORDAZA Benvenuto Murguia, Gerente de Personas Juridicas de la MORDAZA Reg. IX. - Dr. MORDAZA Pacora Bazalar, Gerente de Bienes Muebles de la MORDAZA Reg. IX de la SUNARP. - Dr. MORDAZA Galdos MORDAZA, abogado de la Gerencia Registral de la SUNARP. Actuaran como organos de apoyo de la citada Comision las Gerencia de Informatica de la Sede Central y de la MORDAZA IX de la SUNARP. Articulo Tercero.- La citada Comision debera presentar su proyecto a la Superintendencia Nacional, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario contados desde su fecha de instalacion. Articulo Cuarto.- Las Jefaturas Zonales, asi como las Gerencias Registrales y Oficinas de Informatica a nivel na-

SUNARP
Constituyen Comision que elaborara Proyecto de Directiva para la atencion en 24 horas de actos inscribibles que tienen impacto directo en el desarrollo economico del MORDAZA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 177-2005-SUNARP/SN
MORDAZA, 15 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 10º de la Ley Nº 26366, de creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, establece que la Superintendencia tiene por objeto dictar politicas y normas tecnico - administrativas de los Registros Publicos estando encargada de planificar, organizar, normas, dirigir, coordinar, y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Registral; Que, el tercer parrafo del articulo 37º del Reglamento General de los Registros Publicos, establece que el Gerente Registral de la Sede Central en el ambito nacional, y los Gerentes Registrales de las Zonas Registrales en el ambito

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