Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2005 (16/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 16 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 294771

Que, en tal sentido, habiendose determinado que el senor MORDAZA MORDAZA Ferreyra Colina fallecio el dia 14 de MORDAZA del presente ano, corresponde formalizar su cese de conformidad con la precitada norma; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse conformando Sala y por encontrarse de vacaciones, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer, en via de regularizacion, el cese por fallecimiento del senor MORDAZA MORDAZA Ferreyra Colina en el cargo de Juez Titular Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, con efectividad al 14 de MORDAZA del 2005; reconociendosele postumamente por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

Que, en dichas normas se establece que los errores contenidos en la MORDAZA entregada al Diario Oficial, asi como los no contenidos en aquella, son susceptibles de rectificacion via fe de erratas por una unica vez, debiendo formularse la solicitud por la entidad en el plazo de 8 dias contados a partir de la publicacion de la norma: Que, con fecha 7 de junio de 2005, el Diario Oficial El Peruano publico de oficio una fe de erratas en la pagina 294182, de la Resolucion Nº 989-2005-CNM que aprobo el Reglamento de Concurso de Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, debido a una omision incurrida por dicho Diario; Que, de conformidad con el articulo 6º de la Ley Nº 26889, en estos casos una rectificacion posterior se debe efectuar mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior de la entidad correspondiente, de manera que, estando a que los errores materiales advertidos con Oficio Nº 340-2005-STSN/CNM, no implican una modificacion del Reglamento de Concurso para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, sino una rectificacion material derivada de un error de diagramacion, correspondiendo disponer la publicacion de las mismas en el Diario Oficial El Peruano; Que, en uso de las facultades conferidas por el articulo 150º de la Constitucion Politica del Peru y articulos 1º y 37º incisos e) y h) de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura - Ley Nº 26397-; SE RESUELVE: Primero.- Rectificar los errores materiales incurridos en la Resolucion Nº 989-2005-CNM que aprueba el Reglamento de Concurso de Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, publicado el dia 5 de junio de 2005, en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- Disponer la publicacion de las rectificaciones en el Diario Oficial El Peruano, encargandose a la Secretaria General para dichos efectos. Registrese, comuniquese y publiquese.

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ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Rectifican errores materiales incurridos en la Res. Nº 989-2005-CNM, que aprueba el Reglamento del Concurso de Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1000-2005-CNM
San MORDAZA, 15 de junio de 2005 VISTO: La providencia del Presidente de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, con el que acompana el Oficio Nº 340-2005-STSN/CNM, de la Secretaria Tecnica de Seleccion y Nombramiento, conteniendo las observaciones en la publicacion del Reglamento de Concurso para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, que se hiciera en el Diario Oficial El Peruano - Separata Especial, el dia MORDAZA 5 de junio del presente ano, las mismas que no implican modificacion alguna a dicho reglamento, sino que se relacionan a errores materiales susceptibles de rectificacion. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26889 y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 025-99-PCM establecen los procedimientos a seguir en el caso de rectificacion de normas publicadas en el Diario Oficial El Peruano;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e)

Rectificacion del Reglamento de Concurso para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolucion Nº 989-2005-CNM del 3 de junio de 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano, Separata Especial - Normas Legales, el MORDAZA 5 de junio de 2005
1. Articulo 41º del Reglamento de Concurso Para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales. Dice: "Articulo 41º.- El postulante que obtiene el promedio aprobatorio a que se refiere el articulo 25º del presente Reglamento, queda MORDAZA para la entrevista personal. Los promedios MORDAZA indicados se establecen por niveles de la siguiente forma:
1. Vocal y Fiscal Supremo. 2. Vocal y Fiscal Superior, Fiscal Adjunto Supremo. 3. Juez Especializado o Mixto, Fiscal Provincial. 4. Fiscal Adjunto Superior 5. Juez de Paz Letrado, Fiscal Adjunto Provincial 65 puntos 60 puntos 56 puntos 55 puntos

..." Debe decir: "Articulo 41º.- El postulante que obtiene el promedio aprobatorio a que se refiere el articulo 25º del presente Reglamento, queda MORDAZA para la entrevista personal. Los promedios MORDAZA indicados se establecen por niveles de la siguiente forma:
1. Vocal y Fiscal Supremo. 2. Vocal y Fiscal Superior, Fiscal Adjunto Supremo. 3. Juez Especializado o Mixto, Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Superior 4. Juez de Paz Letrado, Fiscal Adjunto Provincial 65 puntos 60 puntos 57 puntos 55 puntos

..."

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