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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (27/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de junio de 2005 y Saneamiento, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete delD.S. número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM;concordante con lo previsto en el artículo 42º de la LeyNº 27867- Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 11436 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G2D /G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2005-E-CR-GRH Huánuco, treinta y uno de mayo de 2005 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veinticinco de mayo del dos mil cinco, el Informe númerocero ochenta y cuatro-E-Gobierno Regional Huánuco, emitidopor la Subgerencia de Desarrollo Institucional, Sistemas yEstadística; el Informe número treinta y ocho-E-dos mil cinco-Gobierno Regional Huánuco emitido por la Oficina Regionalde Asesoría Jurídica, relacionado al Cuadro de Asignaciónde Personal de la Dirección Regional de Producción delGobierno Regional Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendo pormisión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdoa sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en elmarco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir aldesarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresanlos artículos dos, cuatro cinco de la Ley veintisiete mil ochocientossesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normasy disposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el numeral uno punto uno del artículo uno de la Ley veintisiete mil seiscientos cincuenta y ocho - Ley Marcode Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estadoperuano en proceso de modernización en sus diferentesinstancias, dependencias, entidades, organizaciones yprocedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión públicay construir un Estado democrático y descentralizado; Que, el numeral catorce punto cinco del artículo catorce del Decreto Supremo cero cuarenta y tres del dos mil cuatro -PCM precisa que los Cuadros para Asignación de Personalde las Direcciones Regionales Sectoriales, se apruebanmediante Ordenanza Regional, previa visación del Ministeriodel Sector; Que, mediante oficio número seiscientos cuarenta y ocho-2005-PRODUCE/OGDPE-OPR, la Dirección de laOficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégicodel Ministerio de la Producción, remite la Clasificación deCargos y el CAP de la Dirección Regional de ProducciónHuánuco con la visación correspondiente; Que, asimismo se cuenta con el informe número cero treinta y ocho-E-dos mil cinco emitido por la Oficina Regionalde Asesoría Jurídica; y el informe cero ochenta y cuatro-E-dos mil cinco emitido por la Subgerencia de DesarrolloInstitucional, Sistemas y Estadística de la Gerencia Regionalde Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial del Gobierno Regional quienes emiten opiniónfavorable para la aprobación del CAP de la citada dirección; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treinta yocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículoquince del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres deldos mil cuatro - PCM y estando a lo acordado por UNANIMIDADen la Sesión de Consejo Regional de la referencia; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Produccióndel Gobierno Regional Huánuco, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza en veinte folios, en mérito a losconsiderandos expuestos Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de la Producción a fin deque proceda a su publicación en el portal electrónico dedicha entidad, de conformidad con lo previsto en el segundopárrafo del artículo diecisiete del Decreto Supremo cerocuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM. Artículo Tercero.- DERÓGUESE cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR el Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Producción delGobierno Regional Huánuco, en el Portal Electrónico delGobierno Regional, conforme a lo dispuesto en el artículodiecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tresdel dos mil cuatro -PCM; concordante con lo previsto en elartículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientossesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 11437 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G2D /G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2005-E-CR-GRH Huánuco, treinta y uno de mayo de 2005 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veinticinco de mayo del dos mil cinco, el Informe Técnico númerocero dos y cero tres del dos mil cinco emitido por el EquipoTécnico para la Evaluación y Reformulación de los Instrumentosde Gestión del Gobierno Regional Huánuco; el Informe númerociento treinta y cinco -E-dos mil cinco-Gobierno Regional Huánucoemitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, relacionadoal Cuadro de Asignación de Personal Reestructurado de laSede del Gobierno Regional Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendo pormisión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdoa sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en elmarco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir aldesarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresanlos artículos dos, cuatro cinco de la Ley veintisiete mil ochocientossesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normasy disposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el numeral uno punto uno del artículo uno de la Ley veintisiete mil seiscientos cincuenta y ocho - Ley Marcode Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estadoperuano en proceso de modernización en sus diferentesinstancias, dependencias, entidades, organizaciones yprocedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión públicay construir un Estado democrático y descentralizado; Que, el numeral catorce punto cinco del artículo catorce del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dosmil cuatro PCM, precisa que los Cuadros para Asignación dePersonal de las Direcciones Regionales Sectoriales seaprueban mediante Ordenanza Regional, previa visacióndel Ministerio del Sector; Que, mediante Ordenanza Regional número cero treinta y seis del dos mil cinco emitida por el Consejo Regional seaprueba la reformulación del Reglamento de Organización yFunciones del Gobierno Regional Huánuco, con el cual secrean nuevas dependencias como consecuencia del procesode transferencia de competencias y facultades del GobiernoCentral a los Gobiernos Regionales; estableciendo en elTítulo III de la norma antes citada, la Estructura Orgánicadel Gobierno Regional, de la que se desprende que se hanincrementado la Subgerencia de Desarrollo Empresarial; laSubgerencia de Promoción, Desarrollo Humano e InversiónSocial, la Oficina de Tesorería, en consecuencia al haberseproducido cambios sustantivos en los objetivos y funciones