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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (27/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de junio de 2005 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G74/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G45/G50/G53 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 038-2005-SEPS/CD Lima, 22 de junio del 2005 VISTO: El Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 009-2005-SEPS, de fecha 21 de junio de 2005,mediante el cual designa como Intendente General al señorJorge Enrique ABAD HELGUERO; y, el Informe Nº 00134-2005/OAJ, de la Oficina de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Intendente General de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud; Que, de conformidad con los artículos 6º y 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la SEPS,aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, la Intendencia General es un órgano de laAlta Dirección de la SEPS; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco deEmpleo Público, el cargo de Intendente General es de confianza; Que, al amparo de lo dispuesto en el literal g) del artículo 8º del mencionado Reglamento, el Consejo Directivo, a propuestadel Superintendente, ha tomado el acuerdo de designar comoIntendente General al señor Jorge Enrique ABAD HELGUERO; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 10º del citado Reglamento corresponde al Superintendente velarpor la correcta ejecución de los acuerdos del ConsejoDirectivo, y expedir las Resoluciones que correspondan; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor Jorge Enrique ABAD HELGUERO, en el cargo de confianza de IntendenteGeneral de la Alta Dirección de la Superintendencia deEntidades Prestadoras de Salud. Artículo 2º.- AUTORIZAR al Superintendente la suscripción del contrato correspondiente. Los gastos que irrogue elcontrato serán con cargo al Presupuesto Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS Superintendente 11505 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2005-E-CR-GRH Huánuco, treinta y uno de mayo 2005 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veinticinco de mayo del dos mil cinco, el informenúmero cero cinco del dos mil cinco presentado por laDirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el cual solicita la aprobación de surespectivo Cuadro de Asignación de Personal; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendo pormisión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdoa sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en elmarco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir aldesarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresanlos artículos dos, cuatro cinco de la Ley veintisiete mil ochocientossesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normasy disposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el numeral uno punto uno del artículo uno de la ley veintisiete mil seiscientos cincuenta y ocho Ley Marco deModernización de la Gestión del Estado, declara al Estadoperuano en proceso de modernización en sus diferentesinstancias, dependencias, entidades, organizaciones yprocedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión públicay construir un Estado democrático y descentralizado; Que, en el Marco de la Reforma del Estado, la Descentralización y la Reestructuración del aparato estatal, elGobierno Nacional ha dispuesto modificar la Organización yFunciones de los Ministerios mediante Ley número veintisietemil setecientos setenta y nueve, creándose el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, y aprobado suOrganización y Funciones mediante ley veintisiete milsetecientos noventa y dos, que regula el ámbito, estructuraorgánica básica, competencia y funciones del citado ministerio;Mediante D.S. número cero dos -dos mil dos - VIVIENDAaprueba el ROF, disponiendo los mecanismos a adoptarseen los Gobiernos Regionales para la implementación del SectorVivienda, demarcando sus funciones y competencias comoórgano rector en la región en materia de su competencia; Que, el Cuadro de Asignación de Personal es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene los cargosnecesarios para el normal funcionamiento de una entidad enbase a su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento no cuenta con CAP por ser una dirección nueva,consecuentemente propone para el presente CAP la siguienteestructura: Director de Programa Sectorial III (DirectorRegional), cuatro Directores de Sistema Administrativo II; CuatroDirectores de Sistema Administrativo I; siete profesionales;cinco técnicos, y un apoyo, haciendo un total de veintidóstrabajadores para la Dirección Regional de Vivienda,Construcción y Saneamiento; las plazas antes indicadas sehan considerado teniendo en cuenta la existencia de nueveplazas vacantes presupuestadas de empleados en el CAPde la Ex Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones,Vivienda y Construcción, que a la fecha se encuentran comovacantes en dicho CAP debiendo ser transferida a mérito dela Resolución Ejecutiva Regional número ciento noventa ynueve-dos mil cuatro-GRH/PR que aprueba las conclusionesy recomendaciones contenidas en el informe número cerouno-dos mil cuatro GRH/CRT, ratificada con la ResoluciónEjecutiva Regional número seiscientos cuarenta y cinco-dosmil cuatro -GRH/PR que aprueba la Transferencia de RecursosPresupuestarios, Personal, Bienes y Acervo Documentariopara el funcionamiento de la citada Dirección; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete y treinta y ochode la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Orgánicade Gobiernos Regionales, concordante con el artículo quincedel Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos milcuatro - PCM y estando a lo acordado por MAYORÍA en laSesión de Consejo Regional de la referencia; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Vivienda,Construcción y Saneamiento - Gobierno Regional Huánuco,cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional,en mérito a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Vivienda, Construccióna fin de que publique la citada Ordenanza en el portalelectrónico de dicha entidad, de conformidad con lo previstoen el segundo párrafo del artículo diecisiete del D.S. númerocero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM. Artículo Tercero.- DERÓGUESE cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción