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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G35/G35/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de junio de 2005 Nacional de Asuntos Jurídicos, organizar seminarios, fórums y otros certámenes para analizar, debatir y divulgar laConstitución, códigos y leyes de interés nacional, así comola información jurídica de interés general; Que, en el marco de sus funciones, la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos tiene previsto la realización del PrimerCurso Especializado Anticorrupción titulado: "Análisis de laLegislación Nacional, Internacional e InstitucionesAnticorrupción", a llevarse a cabo en la ciudad de Lima del12 de julio al 28 de setiembre del año en curso, con unaduración de 80 horas lectivas; Que, el citado Curso está divido en 6 módulos subtitulados: "Corrupción Privada", "Corrupción Pública","Neo Corrupción", "Legislación Nacional Anticorrupción","Legislación Internacional Anticorrupción" e "InstitucionesAnticorrupción"; Que, a efectos de fortalecer la gestión Institucional del Ministerio de Justicia y contribuir a la consolidación delsistema anticorrupción, a través del análisis de las causas,así como del estudio de herramientas jurídicas nacionalese internacionales y las instituciones anticorrupción existentespara su erradicación, resulta necesario autorizar laorganización del mencionado Curso Especializado; De conformidad con lo establecido en el inciso h) del Artículo 6º la Ley Orgánica del Sector Justicia - DecretoLey Nº 25993, modificado por la Tercera Disposición Finalde la Ley Nº 26612; en el inciso j) del Artículo 84º y en elinciso d) del Artículo 93º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por DecretoSupremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos la organización del Primer CursoEspecializado Anticorrupción titulado: "Análisis de laLegislación Nacional, Internacional e InstitucionesAnticorrupción", a realizarse en la ciudad de Lima - sededel Ministerio de Justicia - del 12 de julio al 28 de setiembredel año en curso, con una duración de 80 horas lectivas. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos, para que entregue a los participantesdel curso referido en el artículo precedente, los ejemplaresde la Segunda Edición Oficial del Compendio de"Legislación Anticorrupción". Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Prensa e Imagen Institucional del Ministerio de Justicia se encarguede difundir la realización del presente curso, a través de losmedios locales de comunicación social. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11551 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G6F/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G64/G61/G72/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G74/G65/G6D/G61/G73 /G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E /G61/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G65/G6E/G20/G63/G61/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G76/G69/G6F/G6C/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2005-JUS Lima, 24 de junio de 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 157-2005-JUS se constituyó la Comisión Interinstitucional con carácterpermanente, encargada del seguimiento de las accionesen materia de extradición activa ante las autoridadesextranjeras y de los procesos juris-diccionalesinternacionales en casos de corrupción y violación dederechos humanos; Que, resulta necesario contar con una Comisión Especial dentro del Sector Justicia encargada de colaborar y darseguimiento a los temas materia de la comisión creadamediante Resolución Suprema Nº 157-2005-JUS; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560-Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto LeyNº 25993-Ley Orgánica del Sector Justicia;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Del objeto Constituir la Comisión Especial del Ministerio de Justicia que se encargará de colaborar y dar seguimiento a los temasde la Comisión creada mediante Resolución Suprema Nº 157-2005-JUS, conforme a las competencias del Sector Justicia. Artículo 2º.- De la conformación La Comisión Especial estará conformada por los siguientes miembros: - El Director Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, quien la presidirá; - El Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos; - Un Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia;- Un representante del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Artículo 3º.- Instalación de la comisión La Comisión Especial se instalará en un plazo no mayor de cinco ( 5 ) días hábiles posteriores a la publicación de lapresente Resolución. Artículo 4º.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia. Artículo 5º.- Asesoramiento La Comisión podrá contar con asesores ad honorem especializados que coadyuven al cumplimiento de susfunciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 11552 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G43/G6F/G73/G74/G61/G20/G52/G69/G63/G61/G2C/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 399-2005-MTC/02 Lima, 24 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario OficialEl Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, defuncionarios, servidores públicos o representantes del PoderEjecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo delartículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por elejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a lossectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo,así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajesserán autorizados a través de resolución del Titular del Pliegorespectivo, la misma que deberá ser publicada en el DiarioOficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependenciaespecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada alPerú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debemantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad