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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2005 (03/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 288378 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de marzo de 2005 VISTO: En Sesión Extraordinaria del 22 de febre- ro de 2005, el Informe Técnico Nº 85-2005, de partede la Residente de Obra de la Municipalidad Distritalde Pueblo Libre solicitando la adquisición de bienes,insumos, maquinarias y otros, para la culminacióndel Asfaltado de la Carretera Puente sobre el Río Santa a Juipón (3 km. + 200), y el Informe Legal Nº 03-2005-MDPL del Asesor Legal de la Municipali-dad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Informe Técnico del visto, urge la adquisición de bienes, maquinarias, insumos y otros,para la culminación del asfaltado de la obra: CarreteraPuente sobre el Río Santa a Juipón 3 km. + 200; Que, el Informe Legal sustenta la procedencia de dicho pedido y la declaratoria en situación de Desabas-tecimiento Inminente, para la exoneración del Procesode Selección, indicando los autos a seguir; Que, los artículos 19º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, sobre exone- ración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa Pública, señalado en el inciso c); Que, la situación de Desabastecimiento Inminente, como causal que fundamenta el Informe Legal se en-cuentra previsto en el artículo 20º de la acotada norma,y su contenido se reproduce para el presente Acuerdode Concejo Municipal; Que, en el ejercicio de las atribuciones contenidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con los Informes Técnico y Legal del Visto, con votos aprobatorios por unanimidadde los Regidores; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en situación de Desa- bastecimiento Inminente, la Contratación y Adquisiciónde los siguientes materiales e insumos que servirán parala culminación de la obra: “Mejoramiento – Rehabilitacióny Asfaltado de la Carretera – Empalme 3N CarreteraCaraz-Juipón o Puente Pueblo Libre 3 km. + 200 Prime- ra Etapa. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD - Piedra Chancada M3 490- Asfaltado RC 250 Galones 6112 - Esparcidora de Agregados H/M 160 - Saranda de 2” H/M 603- Arena Gruesa M3 1540- Cemento Bolsas 1000 Así mismo el traslado de la emulsión asfáltica con cilindros, otros accesorios e insumos y maquinarias afi- nes a la obra, determinándose que conforme a la ley seformalice la constitución de la Comisión Especial de Ad-quisiciones y Contrataciones encargada de realizar elproceso respectivo, con recursos del Canon y FON-COMUN. Artículo Segundo.- Autorizar la exoneración del proceso de selección contemplado en el inciso c) delartículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Autorizar al Comité Especial Per- manente de Adquisiciones y Contrataciones del Estadopara que realice el proceso de Adjudicación de MenorCuantía bajo estricto cumplimiento a lo prescrito en elReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado - D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la remisión de Copia Certificada del presente Acuerdo yde los Informes Técnico y Legal a la Contraloría Generalde la República, al CONSUCODE y a PROMPYME, con-forme a ley. Artículo Quinto.- Disponer la publicación del pre- sente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos plazos de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAÚL CRISTIAN DÍAZ VÁSQUEZ Alcalde 04649 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberántener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos,éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU