Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2005 (11/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de marzo de 2005

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
Autorizan viaje de Congresista para participar en la Octava Ronda de Negociaciones para el TLC con EE.UU.
RESOLUCION Nº 065-2004-2005-P/CR MORDAZA, 9 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que el Peru conjuntamente con Ecuador y Colombia, negocian actualmente con los Estados Unidos de MORDAZA la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio, para lo cual se han llevado a cabo siete rondas de negociaciones; Que la Octava Ronda de Negociaciones tendra lugar en las ciudades de MORDAZA D.C. y Miami, Estados Unidos de MORDAZA, del 9 al 10 de marzo y del 14 al 18 de marzo de 2005, respectivamente; Que segun el cronograma de negociaciones, los temas sobre agricultura se desarrollaran los dias 9 y 10 de marzo de 2005, por lo que se ha designado al senor Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Agraria del Congreso, para que participe en las fechas senaladas en calidad de miembro de la Sala Adjunta, la cual recibe informes de los avances de la negociacion y aporta su opinion para el replanteamiento o fortalecimiento de las posiciones nacionales que se adopten durante la ronda; De conformidad con los articulos 23º incisos g) y h), 30º inciso i), 32º inciso d) y 33º del Reglamento del Congreso de la Republica; y los Acuerdos numeros 002-9899/MESA-CR y 341-2001-2002/MESA-CR; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva del Congreso de la Republica, en su sesion del 7 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar al senor Congresista de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Agraria, para participar en calidad de miembro de la Sala Adjunta de la "Octava Ronda de Negociaciones para el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de America", durante el desarrollo de los temas sobre agricultura que tendran lugar los dias 9 y 10 de marzo de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA D.C. Segundo.- Autorizar a la Oficialia Mayor para que, con cargo al Pliego Presupuestal del Congreso de la Republica, otorgue al senor Congresista de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la suma de US$ 440,00 (Cuatrocientos Cuarenta y 00/100 Dolares Americanos) por concepto de viaticos, un pasaje aereo por la suma de US$ 939,80 (Novecientos Treinta y Nueve y 80/100 Dolares Americanos), y US$ 28,24 (Veintiocho y 24/100 Dolares Americanos) por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Tercero.- Otorgar la licencia respectiva al congresista citado en el articulo primero, segun lo acordado por el Consejo Directivo del Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica 05246

CONSIDERANDO: Que, la ausencia de lluvias o el deficit de precipitaciones pluviales en las provincias de Ayabaca, Huancabamba y Morropon y en los distritos de Lancones y Tambogrande de las provincias de Sullana y MORDAZA, respectivamente, del departamento de MORDAZA, viene afectando a los cultivos de maiz amilaceo, oca, olluco, papa, frijol y otros, asi como a la ganaderia, debido a la falta de agua para el crecimiento de pastos naturales y pastos cultivados, que son el sustento alimenticio de la crianza ganadera de la MORDAZA, y a los MORDAZA y bosques; Que, la magnitud de la emergencia demanda la adopcion de medidas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y a los sectores comprometidos, asi como al Gobierno Regional y a los Gobiernos Locales, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, mediante Oficio Nº 164-2005/GOB.REG.PIURA100000 del 23 de febrero de 2005, el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA ha solicitado la declaracion de Estado de Emergencia por sequia en los distritos y provincias MORDAZA mencionados, sustentada en la documentacion exigida en el articulo 8º del Reglamento del Sistema de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD y modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 493-2004-AG-SEGMA del 23 de febrero de 2005 la Secretaria General del Ministerio de Agricultura emitio opinion favorable sobre el particular de acuerdo con el informe de evaluacion de danos contenido en el Oficio Nº 441-2005-GRP-420010-DRA.P; Estando a la solicitud del Presidente del Gobierno Regional de Piura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Estado de Emergencia por desastres naturales de las provincias de Ayabaca, Huancabamba y Morropon y de los distritos de Lancones y Tambogrande de las provincias de Sullana y MORDAZA, respectivamente, del departamento de Piura. Declarese el Estado de Emergencia por desastres naturales, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, en las provincias de Ayabaca, Huancabamba y Morropon y en los distritos de Lancones y Tambogrande de las provincias de Sullana y MORDAZA, respectivamente, del departamento de MORDAZA, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Asistencia y Apoyo a cargo del PRONAA. El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, adoptara las medidas necesarias y generara los proyectos respectivos que permitan brindar la asistencia y apoyo a la poblacion afectada y/o damnificada de las provincias declaradas en Estado de Emergencia. Articulo 3º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, asi como el Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales de los distritos y las provincias declaradas en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes, y a la rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 4º.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 0812002-PCM, aprobara los proyectos de obras y actividades de rehabilitacion en las zonas afectadas que seran presentados por el Gobierno Regional de MORDAZA y por los Sectores respectivos.

PODER EJECUTIVO PCM
Declaran en Estado de Emergencia a diversos distritos y provincias del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 019-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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