Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2005 (22/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 22 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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legal de miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de Comisiones y de lectura y aprobacion de actas, se aprobo lo siguiente: APRUEBAN PRORROGA HASTA EL 31 DE MARZO DEL 2005 LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL 2005 Y OTORGAN BENEFICIOS ADICIONALES A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PENDIENTES HASTA EL 2004 Articulo Primero.- PRORROGUESE hasta el 31 de marzo del 2005 la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al presente ano. Articulo Segundo.- Los contribuyentes gozaran de los mismos beneficios y facilidades otorgados a quienes hicieron efectivas sus obligaciones tributarias durante los meses de enero y febrero del presente ano. Articulo Tercero.- Los contribuyentes que se acogiesen a lo senalado en el articulo primero de la presente Ordenanza, cancelando la PRIMERA CUOTA de los Arbitrios Municipales del ano 2005, ADICIONALMENTE tendran los siguientes beneficios: 1. ARBITRIOS 1.1 Los contribuyentes podran cancelar total o parcialmente sus deudas por los arbitrios correspondientes a los periodos 2001 al 2004 sin gastos administrativos, sin intereses, sin moras, sin costas coactivas y con un descuento del 50% del monto insoluto. 1.2 A los contribuyentes que hayan cancelado los Arbitrios Municipales de los periodos 2001 al 2004, se les condonara totalmente sus deudas por arbitrios de los periodos 1995 al 2000. Articulo Cuarto.- Los contribuyentes que hayan solicitado prescripcion por sus Arbitrios Municipales, podran acogerse al presente beneficio. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- La Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas, la Gerencia de Administracion y la Subgerencia de Comunicacion e Imagen Institucional quedan encargadas de la ejecucion y difusion de la presente Ordenanza. Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto amplie la vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05945

de los incrementos generados por la nueva normatividad del calculo de los arbitrios municipales, secundada por las Sentencias del Tribunal Constitucional, Resoluciones del Indecopi y opiniones de la Defensoria del Pueblo, que no contemplan el valor del Autoavaluo como en ano anteriores sino el tamano del predio, el MORDAZA de uso y/o servicio o su ubicacion geografica, agregado al hecho de identificar que dichos incrementos perjudican fundamentalmente a los predios cuyo MORDAZA de uso son casa-habitacion; Por lo que, el Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º, numerales 8) y 9) y Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, CON EL MORDAZA UNANIME DE LOS SENORES REGIDORES y con dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente Ordenanza: APRUEBAN DESCUENTO EXCEPCIONAL EN ARBITRIOS DE PARQUES Y JARDINES PUBLICOS EN DIVERSOS SECTORES DEL DISTRITO Articulo Primero.- Otorguese para los predios con uso de MORDAZA Habitacion, que hayan sufrido un incremento en los arbitrios municipales, para el ejercicio 2005 superior al 15% del monto total que venia aplicandose en el ano 2004, un BENEFICIO UNICO Y EXCEPCIONAL del 50% de rebaja sobre el monto girado por concepto de arbitrios de Parques y Jardines Publicos. Articulo Segundo.- El beneficio otorgado en el articulo precedente, es solo para los predios con uso de MORDAZA Habitacion ubicados en los Sectores "E", "F" y "G", los mismos que segun la Ordenanza Nº 128/MDS publicada el 19.12.04, comprende las siguientes zonas: SECTOR E: MORDAZA ESTE I ETAPA; EL AEROPUERTO; EL CARMEN; EL PEDREGAL; MORDAZA MUNAYCO; JARDINES DE HIGUERETA; LA MERCED; LOS SAUCES 1 ETAPA-EMPRESAS UNIDAS; LOS SAUCES 3 ETAPA-EMPRESAS UNIDAS; OBREROS MUNICIPALES DE SURQUILLO; SUC. KIEY SUEYOSHI; TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL(APROVISS); Y COMERCIAL EL SAUZAL; Y COMERCIAL LA AURORA; YARASCA; MORDAZA RUSTICA. SECTOR F: MORDAZA ESTE II ETAPA; CALERA DE MONTERRICO; MORDAZA TOMASITA; MORDAZA CHAVEZ; LAS ORQUIDEAS; LOS SAUCES 2 ETAPA-EMPRESAS UNIDAS; LOS SAUCES II-EMADIPERU; LOS SAUCES II ETAPA; REDUCTO LTDA 508; REDUCTO Nº 3-ZONA I; REDUCTO Nº 3-ZONA II; TRABAJADORES DE LA EDUCACION (COPERVIDE); TRABAJADORES TELEFONICOS (CALERA TELEFONICO). SECTOR G: DEL EMPLEADO PUBLICO (VIPEP); EMPLEADOS BANCO CONTINENTAL (CAPEBCO); LA CALERA DE LA MERCED; SAN MORDAZA DE PEDREGAL. Articulo Tercero.- Los contribuyentes, cuyos predios se encuentren en los Sectores senalados, para obtener el descuento otorgado en la presente Ordenanza deberan abonar sus arbitrios en forma puntual en las mismas fechas programadas en la Ordenanza Nº 128/MDS. Articulo Cuarto.- Existiendo los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 133/MDS y la presente Ordenanza, los contribuyentes podran optar por la mas conveniente, no pudiendo obtener ambos beneficios en forma conjunta. Articulo Quinto.- Los contribuyentes de los Sectores nombrados, que hayan pagado total o parcialmente sus arbitrios municipales del ano 2005 de acuerdo a la Ordenanza Nº 133/MDS, tendran un credito de saldo a su favor por la diferencia, siempre y cuando los nuevos calculos que generen la presente Ordenanza MORDAZA inferior a la anterior.

Aprueban descuento excepcional en Arbitrios de Parques y Jardines Publicos en diversos sectores del distrito
ORDENANZA Nº 139/MDS Surquillo, 15 de marzo del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, consciente de la dificil situacion economica que agobia a la poblacion en general y a la de Surquillo en particular; y, a consecuencia

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