Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2005 (22/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de marzo de 2005

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de carnes universitarios y licencia de uso de software para la Universidad Nacional del Altiplano MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - MORDAZA COMISION TRANSITORIA DE GOBIERNO RESOLUCION Nº 714-2005-P-CTG-UNA MORDAZA, 9 de marzo de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 216-2005-OGF-UNA/P de fecha 4 de marzo del presente ano, mediante el cual, el senor Jefe de la Oficina de Gestion Financiera comunica la necesidad de autorizar la exoneracion de los procesos de seleccion ADQUISICION DE CARNE UNIVERSITARIO Y ADQUISICION DE LICENCIA DE USO DE SOFTWARE MICROSOFT; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 522-2005-P-CTG-UNA se aprobo la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2005 de la UNA-Puno, entre otros la del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de Carne Universitario y Licencia de uso del Software Microsoft; Que, la adquisicion de Carne Universitario para las diferentes universidades publicas y privadas debe realizarse unica y exclusivamente en la Asamblea Nacional de Rectores, ente competente de proveer dichos carnes a todo el sistema universitario, en merito a lo dispuesto por la Ley Nº 26986, Ley que modifica a los articulos 4º y 5º de la Ley Nº 26271 y faculta a la ANR la expedicion y control de los referidos carnes. Asimismo, el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cuando, los bienes o servicios no admiten sustitutos, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; y consiguientemente conforme lo dispone el Art. 20º del acotado TUO, se podran realizar mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; debiendo dicha exoneracion ser aprobada mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, igualmente, la adquisicion de Licencia de Uso del Software de MICROSOFT, para el normal funcionamiento sistematizado de la Universidad Nacional del Altiplano - MORDAZA, debe efectuarse a Microsoft Corporation, sin embargo, estando la certificacion como Distribuidor unico y directo en el Peru, para los contratos MICROSOFT SCHOOL AGREEMENT, la Empresa COSAPI DATA, la adquisicion de dicha Licencia no admite sustitutos (Art. 19º del TUO de la Ley); Que, en cuya aplicacion, en concordancia con lo establecido en el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; acorde con las opiniones Legales emitidas por la Oficina General de Asesoria Juridica, signadas con los Nºs. 1147-2004 y 327-2005-OGAJ-UNA-PUNO y, el Informe Tecnico Nº 001-2005-UA-OGF-UNA-PUNO de la Unidad de Abastecimiento, Oficina de Gestion Financiera, resulta procedente autorizar la exoneracion requerida; Que, por estos considerandos, de conformidad con las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la UNA-Puno confieren a la Comision Transitoria de Gobierno, en concordancia con lo dispuesto por la Asamblea Nacional de Rectores mediante Resoluciones Nºs. 580, 586 y 660-2004-ANR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la AD-

QUISICION DE CARNES UNIVERSITARIOS, con un valor referencial de SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 72,616.00); debiendo en consecuencia realizarse mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la ADQUISICION DE LICENCIA DE USO DEL SOFTWARE DE MICROSOFT, con un valor referencial de CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 58,333.00); debiendo en consecuencia realizarse mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Oficina de Gestion Financiera a traves de la Unidad de Abastecimiento cumpla con la correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano; remitiendo a su vez MORDAZA de la presente Resolucion e informes que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo legal establecido para el efecto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Comision Transitoria de Gobierno 05942

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS APCI
Delegan la facultad de ejercer control, supervision y fiscalizacion de la Cooperacion Internacional no reembolsable en la Gerencia de Operaciones y Capacitacion de la APCI
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 021-2005/APCI/DE MORDAZA, 18 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28386, que modifica el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, y la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, se le ha otorgado al Director Ejecutivo de esta Agencia la atribucion de ejercer el control, supervision y fiscalizacion de la Cooperacion Internacional no reembolsable y la correcta utilizacion de los recursos que reciben las organizaciones no gubernamentales de desarrollo domiciliadas en el pais; Que, la Ley Nº 28386 dispone que a partir de su vigencia, todos los organismos perceptores de Cooperacion Tecnica Internacional deben proporcionar anualmente a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI, la informacion referida al monto y a la procedencia de la cooperacion recibida por cada plan, programa, proyecto o actividad especifica de desarrollo ejecutada o por ejecutar en el MORDAZA, lo que incluye a todas las entidades publicas, bajo responsabilidad y con cargo a informe a la Contraloria General de la Republica por parte de APCI; Que, en lo que respecta a informacion, para efectos de las personas juridicas no gubernamentales registradas ante el registro pertinente, constituidas en el Peru o en el extranjero, a esa disposicion se suma la posibilidad de requerimientos adicionales por parte de APCI como consecuencia de la nueva atribucion conferida;

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