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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2005 (28/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G39/G37/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de marzo de 2005 Que, no obstante lo mencionado precedentemente, resulta necesario establecer precisiones y disposicio-nes complementarias a la Directiva Nº 004-2001- SUNARP/SN, a fin de viabilizar la inscripción de las Con- cesiones para el aprovechamiento de recursos natura-les, entre ellas, las concesiones forestales, a cuyo efec- to resulta pertinente conformar una Comisión encarga- da de proponer las mencionadas disposiciones comple-mentarias; De conformidad con lo dispuesto en los literales v) y w) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por ResoluciónSuprema Nº 135-2002-JUS y el artículo 112º del Regla- mento de Organización y Funciones - ROF de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión encargada de proponer las precisiones y disposicionescomplementarias a la Directiva Nº 004-2001-SUNARP/ SN, aprobada por Resolución Nº 156-2001-SUNARP/ SN, a fin de viabilizar la inscripción de las Concesio-nes para el aprovechamiento de recursos naturales, la misma que estará integrada por los siguientes fun- cionarios: - Gastón Castillo Delgado, Gerente Registral de la SUNARP, quien la presidirá. - Un representante del Instituto Nacional de Recur- sos Naturales. - Edgar Pérez Eyzaguirre, Gerente Registral de la Zona IX, Sede Lima. - Angélica Portillo Flores, abogada de la Gerencia Registral de la SUNARP. - Carlos Centeno Abarca, Registrador Público de la Zona IX. Artículo 2º.- La Comisión a que se refiere el artículo 1º, entregará el proyecto de disposiciones complementa- rias a la Directiva Nº 004-2001-SUNARP/SN, aprobadapor Resolución Nº 156-2001-SUNARP/SN, en el plazo de 30 días calendario contados desde la publicación de la presente. Artículo 3º.- Invitar a todas las instituciones y personas interesadas en el tema para que hagan lle- gar sus sugerencias y aportes para efectos de laelaboración de las disposiciones complementarias a la Directiva Nº 004-2001-SUNARP/SN, a que se re- fiere el artículo 1º. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 06071 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G32/G31/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73 ORDENANZA Nº 187 Miraflores, 22 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Miraflores, en Se- sión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, de acuerdo a lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece en su artículo 197º, que las municipalidades promueven,apoyan y reglamentan la participación vecinal en el de- sarrollo local; Que, en ese contexto el Concejo de Miraflores mediante Ordenanza Nº 186 de fecha 15 de marzo de 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo de 2005, aprobó el Reglamento de Juntas deDelegados Vecinales de Miraflores, norma que en su artículo 21º primer párrafo, regula el procedimiento para las tachas de candidatos o impugnaciones a losAcuerdos del Comité Electoral, siendo necesario am- pliar sus plazos para garantizar un debido proceso electoral; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone en el numeral 8, del artículo 9º, que son funciones del Concejo Municipal aprobar, modifi-car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a lo dispuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa de la aprobación del Acta, apro-bó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE JUNTAS VECINALES DE MIRAFLORES Artículo 1º.- Modificar el primer párrafo del artículo 21º del Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores aprobado mediante Ordenanza Nº 186 de fecha 15 de marzo de 2005, el mismo que quedará re-dactado de acuerdo al siguiente texto: "Artículo 21º.- Procedimientos para las tachas de Candidatos o Impugnaciones a los Acuerdos del Comité Electoral. Los Recursos de Tacha, Impugnación o Queja que se presenten al Comité Electoral, se harán formalmente por escrito y se presentan al Secretario del Comité Elec- toral, sólo hasta tres (3) días calendario posteriores aldía del cierre de la inscripción. El recurso es atendido y resuelto por el Comité Electoral en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario, emitiendo su Presidente laResolución correspondiente, en base al Acuerdo al que arribe el pleno del Comité Electoral. Las impugnaciones y/o quejas a lo resuelto por el Comité Electoral, se haránen el término de dos (2) días calendario y serán resuel- tas por la Gerencia Municipal en un plazo no mayor de tres (3) días calendario. ..........." Artículo 2º.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Participación Vecinal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 06136