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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2005 (07/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 292208 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de mayo de 2005 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Integrar en la Escala de Prioridades de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los lineamientosque determinarán la estructura del gasto para el ejerci-cio fiscal 2005 y dar mayor transparencia a la gestión de la Institución; la misma que a continuación se detalla: PRIORIDAD I: TRANSPORTE Y DESARROLLO URBANO MODERNO 1. Transporte Urbano Moderno: Sistema vial y de transporte público metropolitano moderno, eficiente y seguro. 2. Desarrollo Urbano Moderno: Acondicionamiento territorial y uso racional de sue- los priorizando la consolidación y concentración urbana. PRIORIDAD II: APOYO SOCIAL, EDUCACIÓN Y CULTURA PARA TODOS 3. Protección Social: Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Lima Metropolitana mediante el bienestar social, priorizando ala población en mayor riesgo social. 4. Salud: Mejorar el nivel de salud pública de la población, en- fatizando en los grupos más vulnerables. 5. Educación: Tener ciudadanos que sustenten la competitividad internacional de la ciudad así como el desarrollo de valo-res morales y cívicos. 6. Cultura e Identidad con la Ciudad: Hacer de Lima la Capital Histórica y Cultural de Lati- noamérica. 7. Turismo: Propiciar que Lima sea la Capital Turística y de nego- cios de Latinoamérica. PRIORIDAD III: SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL 8. Seguridad Ciudadana: Proteger a los ciudadanos de la violencia urbana. 9. Defensa Civil: Desarrollar y fortalecer la cultura de la prevención así como los planes de protección a la ciudad de los desastres naturales y provocados. PRIORIDAD IV: SERVICIOS URBANOS Y MEDIO AMBIENTE 10. Áreas Verdes y Medio Ambiente: Mejorar y mantener el medio ambiente en la estrate- gia del desarrollo sostenible 11. Servicios Públicos Modernos: Mejorar en forma eficiente y con calidad la produc- ción de los servicios públicos, incentivando la inversión privada y simplificando procedimientos administrativos. PRIORIDAD V: COMERCIALIZACIÓN Y DESA- RROLLO ECONÓMICO 12. Comercialización para el Desarrollo Económico: Desarrollar y fortalecer el sector de la pequeña y microempresa, constituyéndose en la base del desarro-llo económico-productivo y social de la metrópoli. PRIORIDAD VI: FORTALECIMIENTO INSTITUCIO- NAL 13. Administración y Gestión Municipal Moderna: Administración de la ciudad, moderna y eficiente que brinda servicios públicos de calidad, en forma oportunay de conformidad con sus competencias municipales y regionales. Segunda.- Disponer que todos los estamentos de la Corporación de la Municipalidad Metropolitana de Limadeberán orientar el uso de sus recursos económicos, en función a la Escala de Prioridades establecida por la presente Ordenanza y conforme a la normatividad esta-blecida en materia presupuestaria. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los veintiocho días del mes de abril de dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 08600 Modifican la Ordenanza N” 545-MML que reguló la comercialización de pro- ductos farmacØuticos y afines ORDENANZA Nº 766 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA De conformidad con lo opinado por la Comisión Metro- politana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 058- 2005-MML-CMAL; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA, MODIFICA Y DEROGA DISPOSICIONES DE LA ORDENANZA Nº 545-MML QUE REGULA LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES Artículo Primero.- Modifíquese el último párrafo de la parte considerativa de la Ordenanza Nº 545-MML, porel siguiente texto: De conformidad con los artículos 40º y 157º de la Ley Nº 27972. Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 545 -MML, por el siguiente texto: "La Autoridad Sanitaria Municipal, en el caso de esta- blecimientos comerciales farmacéuticos y no farma- céuticos podrá tomar muestras e inmovilizar lotes de productos farmacéuticos y afines para su evaluaciónposterior, cuando exista presunción de adulteración, dejando constancia de los hechos en las Actas respecti- vas. Luego, cuando los resultados obtenidos de lasmuestras analizadas, la Autoridad Sanitaria Municipal determine la adulteración y/o falsificación y/o incumpli- miento sobre rotulado procederá a su inmovilización,incautación o decomiso para su posterior destrucción, asimismo informará sobre lo realizado a la Autoridad Nacional competente. En caso que la autoridad sanitaria municipal u otra autoridad municipal competente, detecte la comerciali- zación de productos farmacéuticos y afines, que requie-ran o no receta médica, los cuales deban ser comerciali- zados exclusivamente en farmacias y boticas, efectua- rán el decomiso aplicando las sanciones correspondien-tes a través de la Dirección Municipal de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima o por delegación a través de las Municipalidades Distritales dela Región Metropolitana."