Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2005 (28/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 293476

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2005

Articulo 3º.- La Gerencia de Bienestar Social y la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal quedan encargadas de efectuar las acciones de difusion y comunicacion necesarias para el cumplimiento efectivo del presente Decreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09975

ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES POR EL PERIODO ENERO A MORDAZA 2005 Articulo 1º.- Fijese como fecha de vencimiento para el pago de los servicios publicos de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, por el periodo enero a MORDAZA del 2005 regulados por los Edictos Nºs. 182, 183-MML y modificatorias, el 27 de MORDAZA del 2005. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Procesos y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MARTINELLI FREUNDT Tte. MORDAZA Encargado de la Alcaldia 10019

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen fecha de vencimiento para el pago de Arbitrios Municipales por el periodo enero a MORDAZA de 2005
ORDENANZA Nº 226-MSS MORDAZA de MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:

Declaran que resultan aplicables los Edictos Metropolitanos Nºs. 182 y 183 para la distribucion de costo de servicios publicos acatando sentencia del Tribunal Constitucional
ACUERDO DE CONCEJO Nº 57-2005-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005

Que, mediante Resolucion Aclaratoria emitida por el Tribunal Constitucional respecto a la Sentencia recaida en el Expediente Nº 0041-2004-AI/TC publicada con fecha 22 de MORDAZA del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, este organo interpreta que ante el vacio legal que se diera a raiz del pronunciamiento de inconstitucionalidad de las Ordenanzas de esta Municipalidad, y que afectara la cobranza de arbitrios para el ejercicio 2005, resulta aplicable el articulo 69B de la Ley de Tributacion Municipal; Que, en atencion a dicho articulo, el mismo Tribunal Constitucional senala que corresponde la aplicacion de los Edictos Nºs. 182 y 183 emitidos por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para ser utilizados en la cobranza de los arbitrios del 2005 (fundamento 8), solo de manera momentanea y provisional, hasta que esta Municipalidad emita una nueva Ordenanza con los criterios establecidos en su Sentencia, para lo cual otorga un plazo de 30 dias habiles desde la publicacion de la citada Resolucion Aclaratoria; Que, con fecha 26 de MORDAZA del 2005, salio publicada la Ordenanza Nº 225-MSS, y su ratificacion por Acuerdo de Concejo Nº 142 emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la cual tiene vigencia para el periodo junio a diciembre del 2005, en consecuencia, la aplicacion de los edictos rige para el periodo comprendido entre enero a MORDAZA del 2005; Que, siendo la tasa de arbitrios un tributo que debe ser determinado de oficio por la Administracion Tributaria, en atencion al numeral 2 del articulo 60º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, resulta necesario establecer mediante este instrumento legal, las fechas de vencimiento de la nueva determinacion de los arbitrios liquidados correspondientes a los periodos enero a MORDAZA del 2005; Estando a los informes Nº 259-2005-GAT-GCAR-MSS y Nº 516-2005-OAJ-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria y Oficina de Asesoria Juridica respectivamente, contando con el dictamen conjunto favorable Nº 15-2005-CGM-CAJ/MSS de la Comision de Gestion Municipal y Comision de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta por Unanimidad, se aprobo la siguiente:

EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, en atencion al informe Nº 257-2005-GAT-GCAR-MSS, Informe Nº 513-2005-OAJMSS, Informe Nº 170-2005-GM-MSS emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria, Oficina de Asesoria Juridica y la Gerencia Municipal, respectivamente, y vista la Resolucion Aclaratoria de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00412004-AI/TC publicada el 22 de MORDAZA del 2005 en el Diario Oficial El Peruano; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Aclaratoria emitida por el Tribunal Constitucional respecto a la Sentencia recaida en el Expediente Nº 0041-2004-AI/TC publicada con fecha 22 de MORDAZA del 2005 en el Diario Oficial El Peruano, este organo interpreta que ante el vacio legal que se diera a raiz del pronunciamiento de inconstitucionalidad de las Ordenanzas de esta Municipalidad, que afectara la cobranza de arbitrios para el ejercicio 2005, resulta aplicable el articulo 69B de la Ley de Tributacion Municipal; Que, en atencion a dicho articulo, el mismo Tribunal Constitucional senala que corresponderia la aplicacion de los Edictos Nºs. 182 y 183 emitidos por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para ser utilizados en la cobranza de los arbitrios del 2005 (fundamento 8), solo de manera momentanea y provisional, hasta que esta Municipalidad emita una nueva Ordenanza con los criterios establecidos en su Sentencia, para lo cual otorga un plazo de 30 dias habiles desde la publicacion de la citada Resolucion Aclaratoria; Que, no obstante, el Tribunal Constitucional, deja establecido que no le es ajena la problematica que esta opcion podria generar al municipio y a los propios contribuyentes, toda vez que dicha normativa por su antiguedad tiene criterios que no guardan relacion con el costo real de los servicios prestados, que no cuenten con informes tecnicos que expliquen la estructura de costos, o que la actualizacion con el IPC, no logre reflejar el verdadero costo del servicio actual;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.