Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2005 (28/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Otorgan concesion a empresa para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2495-2005-MTC/15 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2005 VISTOS: los expedientes de registros Nºs. 2005001437, 2005-001437-A, 008674, 2005-001437-B, 2005001437-C, 014453, 2004-001437-D y 2005-001437-E, organizados por JULSA MORDAZA TOURS S.A.C. sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Cusco y viceversa, y desistimiento de habilitacion de omnibus, el Informe Nº 18312005-MTC/15.02.2 y los Memorandos Nºs. 1082 y 15372005-MTC/15.02, elaborados por la Subdireccion de Autorizaciones y por la Direccion de Registros y Autorizaciones. CONSIDERANDO: Que, JULSA MORDAZA TOURS S.A.C., - en adelante La Empresa, mediante los expedientes indicados en Vistos, al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, ha solicitado lo siguiente: a) Concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Arequipa-Cusco y viceversa. Para el efecto, ha ofertado las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs UH-4864 (2002), UO-4196 (1994) y UH-2387 (1990), respectivamente. b) Desistimiento a la habilitacion vehicular del omnibus de placa de rodaje Nº UH-4864. c) Habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UO-4195. Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion General de Circulacion Terrestre, otorgara concesion interprovincial para transporte interprovincial regular de personas de ambito nacional. Que, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones, en el Informe Nº 1831-2005-MTC/15.02.2, manifiesta que la solicitud de La Empresa no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Decima Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC. Que, asimismo, la Subdireccion de Autorizaciones, en el Informe Nº 1831-2005-MTC/15.02.2 indica que La Empresa ha presentado la documentacion y requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y ha acreditado el cumplimiento de los requisitos tecnicos de idoneidad y las condiciones de seguridad y calidad establecidos en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC para el otorgamiento de la nueva concesion de ruta: Arequipa-Cusco y viceversa, con las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs. UO-4195, UO-4196 y UH-2387. Que, con relacion al desistimiento formulado por La Empresa, con expediente de registro Nº 2005-001437B, la administracion considera viable admitir y aceptar el desistimiento a la habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UH-4864 de acuerdo a lo prescrito en el numeral 189.5 del articulo 189º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444. Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad y de privilegios de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444.

Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes. Estando a lo opinado por la Direccion de Registros y Autorizaciones en Memorandos Nºs. 1082 y 1537-2005MTC/15.02 y por la Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre en Informe Nº 676-2005MTC/15.AL. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar el desistimiento formulado por JULSA MORDAZA TOURS S.A.C., bajo el expediente de registro Nº 2005-001437-B, respecto a la habilitacion del omnibus de placa de rodaje Nº UH-4864. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de JULSA MORDAZA TOURS S.A.C., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : MORDAZA - MORDAZA y viceversa : MORDAZA : MORDAZA : ESPINAR - SICUANI

ESCALA COMERCIAL : ESPINAR - SICUANI FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : Una (1) diaria en cada extremo de ruta : Tres (3) omnibus : Dos (2) omnibus de placas de rodaje Nºs. UO-4195 (1994) y UO-4196 (1994) : Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº UH-2387 (1990) : Salidas de MORDAZA, a las 18:00 horas Salida de MORDAZA, a las 18:00 horas

FLOTA DE RESERVA

HORARIOS

Articulo Tercero.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por JULSA MORDAZA TOURS S.A.C., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Quinto.- JULSA MORDAZA TOURS S.A.C., iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Sexto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 09742

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