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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2005 (28/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G34/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de mayo de 2005 Nº 006/2005 expedido por este Tribunal en sesión de Sala Plena de 19.04.2005, que regula el cumplimientoobligatorio del horario de atención de las entidades y que ha sido publicado el 16.05.2005 en el Diario Oficial El Peruano, es necesario precisar los alcances de dichoacuerdo; Visto lo expuesto por el señor Presidente, el Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimidad,ACORDÓ: 1) Precisar que el Acuerdo Nº 006/2005 expedido el 19.04.2005 por este Tribunal en sesión de Sala Plena y publicado el 16.05.2005 en el Diario Oficial El Peruano, se refiere y es aplicable únicamente, a los horarios deatención que las entidades públicas deben cumplir para la recepción de notificaciones cursadas por este Tribu- nal, así como para la recepción de los recursos impug-nativos que presenten los participantes de procesos de selección, de conformidad con el inciso 1) del artículo 138 de la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley Nº 27444-, y en el marco de la normativa aplicable al régimen de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do. 2) Disponer la publicación del Acuerdo Nº 006/2005 expedido el 19.04.2005, conjuntamente con los conside- randos que contienen su fundamentación y sustento. Este acuerdo constituye criterio que sienta prece- dente de observancia obligatoria. SS. DELGADO POZO BERAMENDI GALDÓSISASI BERROSPI MARTÍNEZ ZAMORA 09870 INADE /G45/G6E/G6D/G69/G65/G6E/G64/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/GF3/G20/G61/G6C /G50/G45/G44/G49/G43/G50/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G72/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G49/G71/G75/G69/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 047-2005-INADE-1100 Lima, 25 de mayo del 2005 Visto el Informe Legal Nº 038-2005-INADE-3201- OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica de fecha 18 de mayo del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Presidencial Nº 158- 2004-INADE-1100 de fecha 29 de diciembre del 2004, se dispuso exonerar al Proyecto Especial BinacionalDesarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva con fines de prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento delinmueble sito en calle Brasil Nºs. 355-359, del distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto, celebrado con el Sr. Alberto Saravia Hudson, por unmonto total de US$ 7,200.00 (Siete Mil Doscientos y 00/ 100 Dólares Americanos), o su equivalente en moneda nacional al momento del pago, por el período comprendi-do del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2005; Que, la exoneración fue tramitada con anterioridad a la vigencia de los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, empero en la fecha de emisión de la Resolu- ción Presidencial Nº 158-2004-INADE-1100, esto es, el 29.12.04, ya no se encontraban vigentes los DecretosSupremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su respectivo Reglamento por lo que debióaplicarse la nueva normativa de contrataciones y adqui- siciones aprobada por los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, cuya vigencia empezó coincidente-mente, el día 29 de diciembre del 2004, fecha en la que se expidió la Resolución indicada precedentemente; Que, la causal de exoneración de la Resolución Presi- dencial Nº 158-2004-INADE-1100, fue la prevista por el Art. 19º , literal g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, la misma que consiste en prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incre-mentara en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor, no encontrándose pre- visto dicho supuesto en la normativa vigente, estable-ciéndose en su lugar, la causal a que se refiere el Artícu- lo 19º, literal e), del TUO de la Ley, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, sobre bienes o servicios que no ad-miten sustitutos y la existencia de proveedor único por lo que el presente caso debe adecuarse a este último; Que, por tanto, lo expresado ante CONSUCODE con Oficio Nº 0490-2005-INADE-1201-OGAJ, debe reconsi- derarse, por cuanto la Tercera Disposición Transitoria del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesque se invocó para sustentar la emisión de la Resolu- ción en cuestión, cuando habla de los procesos de ad- quisición o contratación iniciados antes de la vigencia dela presente Ley, a regirse por sus propias normas, debe entenderse que está referida al acto administrativo que materializa la aprobación de la exoneración, esto es, laemisión de resolución exoneratoria en el período de vigen- cia de la antigua ley; Que, es necesario enmendar la Resolución Presiden- cial Nº 158-2004-INADE-1100, invocando como causal de la exoneración requerida por el Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putu-mayo - PEDICP, la referida a los bienes y servicios que no admiten sustitutos prevista en la normativa vigente, disponiéndose que se conserve el acto consecuenteesto es, la suscripción del contrato, debiendo el mismo adecuarse a la normativa vigente, estando a lo previsto por el Artículo 14º, numeral 14.2.4. de la Ley Nº 27444 -Ley de Procedimiento Administrativo General; Con las visaciones de la Gerencia de Proyectos en Sierra y Selva y de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica; y, Estando a lo establecido por el Art. 19º, literal e) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, concordante con el Art. 144º, 146º, 147º, 148º, del Reglamento de la Ley, aprobado por el DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM y Artículo 14º, numeral 14.2.4 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Admi- nistrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Enmendar la Resolución Presidencial Nº 158-2004-INADE-1100, de fecha 29.12.05., debien- do fundamentarse la exoneración dispuesta a favor delProyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo - PEDICP, para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento del inmueble sitoen calle Brasil Nºs. 355-359, del distrito de Iquitos, pro- vincia de Maynas, departamento de Loreto, celebrado con el Sr. Alberto Saravia Hudson, por un monto total deUS$ 7,200.00 (Siete Mil Doscientos y 00/100 Dólares Americanos), en la causal prevista por el Art. 19º, literal e) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones, aprobada por el D.S. Nº 083-2004- PCM y Art. 144º de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, referida a los bienes y servicios queno admiten sustitutos. Artículo 2º.- Conservar el acto administrativo conteni- do en la Resolución Presidencial Nº 158-2004-INADE-1100 y acto subsecuente, referido a la suscripción del contrato de arrendamiento el mismo que deberá ser ade- cuado conforme a las normas del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamen- to.