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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (04/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G36/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de octubre de 2005 ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR LA CREACIÓN DEL CENTRO POBLADO MENOR DE “CAYCHIHUEBARRACA” ubicado en el distrito de Huepetuhe, provincia del Manu, región de Madre de Dios. Artículo Segundo.- APROBAR LA CREACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MENOR DE “CAYCHIHUE BARRACA”, ubicado en el distrito de Huepetuhe, provincia del Manu, región de Madre deDios. Artículo Tercero.- Aprobar el PLANO GEOGRÁFICO DEL TERRITORIO DEL CENTRO POBLADO MENOR DECAYCHIHUE BARRACA que forma parte de la presente resolución y establece los siguientes límites: POR EL NORTE: Inicia en la Quebrada Japón en el punto de las coordenadas UTM 344 000 E y 8 569 000 N con dirección noreste aguas abajo de la Quebrada Japónhasta la desembocadura en el Río Inambari. POR EL ESTE: Inicia en la desembocadura de la Quebrada Japón en el Río Inambari con dirección suraguas arriba del Río Inambari hasta la desembocadura del Rió Araza en el Río Inambari. POR EL SUR: Inicia en la desembocadura del Río Araza en el Río Inambari con dirección noreste por la divisoria de aguas entre el Río Quimiri, Quebrada Tazon y el Río Araza entre las cotas 755,815 msnm hasta lacoordenada UTM 340 000 E y 8 545 000 N. POR EL OESTE: Inicia en la coordenada UTM 340 000 E y 8 545 000 N con dirección norte hasta la nacientede la Quebrada Violeta, continúa con dirección noreste aguas abajo de la Quebrada Violeta hasta la desembocadura en la Quebrada Aguajal, continúa condirección noreste aguas abajo de la Quebrada Aguajal hasta la desembocadura en el Río Caychihue, continúa con dirección noroeste aguas arriba del Río Caychihuehasta la desembocadura de la Quebrada Nueva en el Río Caychihue, continúa con dirección norte por una quebrada aguas arriba hasta la divisoria de aguas de los RíosTocabe y Tres Amigos, continúa con dirección noreste esta divisoria hasta la naciente de la Quebrada Japón, continúa con dirección norte aguas abajo de la QuebradaJapón hasta llegar al punto de coordenada UTM 344 000 E y 8 569 000 N. Artículo Cuarto.- DETERMINAR el régimen de organización interior de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Caychihue Barraca este integrado porel Concejo Municipal como órgano de deliberación ydecisión, conformado por cinco regidores; y, la Alcaldía como órgano ejecutivo de administración. Artículo Quinto- OTORGAR facultades a la Alcaldía Provincial para que mediante resolución, en aplicación delartículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades, delegue expresamente a la Municipalidad del Centro Poblado Menor de “Caychihue Barraca” las facultades en la prestación deservicios públicos y la recaudación de arbitrios, las que se entenderán como transferencias efectuadas por parte de la municipalidad provincial, debiéndose rendir cuentaanualmente de los importes recaudados. Artículo Sexto.- DELIMITAR como Área Urbana y Área de Expansión Urbana del Centro Poblado deCaychihue Barraca, la superficie comprendida entre los puntos 1,2,3, y 4; cuyas coordenadas UTM en el Datum Geodésico PSAD56 son las siguientes: - Punto 1 0343167 E 8558255 N - Punto 2 0343775 E 8559397 N- Punto 3 0346488 E 8558246 N - Punto 4 0346599 E 8557205 N El área comprendida de esta poligonal es de 3’ 627,108.00 metros cuadrados y un perímetro de 8,876.7557 metros lineales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Determinación de facultades Deléguese facultad a la Alcaldía Provincial de Manu para dictar normas complementarias y reglamentarias,con sujeción a las disposiciones de la presente ordenanza. Segunda.- Publicación de la norma Encárguese a la Gerencia Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Puesta en vigencia de la ordenanza La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Dado en la Casa de Gobierno Municipal, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil cinco. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MOISÉS CONDORI PENALOZA Alcalde 16861 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberántener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU