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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (19/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G36/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de octubre de 2005 Artículo 2º.- Cobranzas Habilitadas Declarar que, conforme a la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 0053-2004-PI/TC publicada el 17 de agosto de 2005, en el Diario Oficial El Peruano, ".....estánhabilitadas las cobranzas por períodos impagos noprescritos ....", conforme a las reglas descritas en el segundopárrafo del numeral 3) de la parte resolutiva de la Sentenciaantes citada. Artículo 3º.- Evaluación de Ordenanzas Tributarias La Jefatura de Rentas, deberá proceder a la evaluación de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por ésta municipalidad, a efectos de apreciar si contienenvicios de constitucionalidad que determinen la aplicaciónde las reglas contenidas en el segundo párrafo delnumeral 3) de la parte resolutiva de la sentencia delTribunal Constitucional que permite la aplicación de una Ordenanzas Tributaria de un período anterior válida ajustada con el Índice de Precios al Consumidor - IPC, oen el caso de no encontrarse norma anterior válida,mediante la aprobación de una nueva Ordenanza quedeberá emitirse conforme al procedimiento de ratificaciónprevisto por la Ordenanza Nº 607 emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que pueda surtir efectos desde el 1º de enero del año 2006,permitiendo, de ésta forma, habilitar las cobranzas porArbitrios Municipales por los períodos tributarios impagosno prescritos, proponiendo en consecuencia la alternativaa seguirse para su elevación al Concejo Municipal. Artículo 4º.- Pagos a cuenta de tributos En tanto se materialice la aplicación y vigencia de la alternativa que determine el Concejo Municipal de Punta Hermosa, conforme al Artículo 3º de la presente Ordenanza,la Jefatura de Rentas se encuentra facultada a recibir pagosa cuenta de los contribuyentes por concepto de arbitriosmunicipales de ejercicios anteriores, con cargo a ladeterminación o liquidación de dichos tributos que realice la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, en cumplimiento a la norma que expedida con vigencia a partirdel 1º de enero de 2006, conforme a lo dispuesto en laSentencia del Tribunal Constitucional. Artículo 5º.- Carácter de Liquidaciones Precísase que las notificaciones, avisos, liquidaciones y similares que haya emitido o emita la Oficina de Rentasrelacionadas con el pago de Arbitrios Municipales por los períodos anteriores al año 2005 no constituyen, en ningún caso ni bajo ninguna forma o modalidad, actos decobranza de tributos, constituyéndose únicamente endocumentos de carácter referencial, sujetos a ladeterminación o liquidación de los mismos que realice laMunicipalidad Distrital de Punta Hermosa, en cumplimiento a la norma que expida con vigencia a partir del 1º de enero de 2006. En estos casos, los contribuyentes que voluntariamente realicen pagos a cuenta en un monto nomenor al 50% de la liquidación referencial descrita en elArtículo 5º, hasta el 31 de octubre, tendrán un descuento del 50% sobre la deuda por arbitrios resultante y exigible a la norma que se expida con vigencia a partir del 1º deenero del 2006. Artículo 6º.- Normas Reglamentarias Facúltese a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, para que mediante Decreto de Alcaldíadicte las disposiciones reglamentarias y complementariaspara la aplicación de la presente norma, así como la prórroga del beneficio dispuesto en el artículo 4º de la presente. Artículo 7º.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. POR TANTO: Mando se publique, comunique y cumpla. GLORIA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 17734MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G2D/G54/G55/G50/G41/G20/G32/G30/G30/G34/G2D/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G75/G61/G6E/G20/G64/G65/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73 (Se publica la presente Ordenanza Municipal a solicitud de la Municipalidad de San Juan de Miraflores, mediante OficioNº 432-2005-MDSJM-SG, recibido el 14 de octubre de 2005) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000018-2004/MDSJM San Juan de Miraflores, 25 de octubre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, Vistos y Oídos losInformes Nºs- 100-2004-MDSJM/OPRP y 127-2004-MDSJM/OPRP de fechas 27.5.2004 y 11.8.2004 respectivamente de la Oficina de Planificación, Racionalización y Presupuesto; Informe Nº 848-2004-MDSJM/GM-OAJ de fecha 9.6.2004 dela Oficina de Asesoría Jurídica de esta Comuna; InformesNºs. 030-2004-ALE y 037-2004-ALE de fechas 8.9.2004 y21.9.2004 respectivamente del Asesor Legal Externo,referentes al Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA - 2004; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 que establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos,requisitos y costos administrativos de las entidades públicas deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de cada entidad; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 12-2001 de fecha 14.12.2001 se aprueba el Texto Único deProcedimientos Administrativos - TUPA de esta Comuna,siendo publicado el 18.3.2002 en el Diario Oficial El Peruano; Que, los gobiernos locales son parte de la Administración Pública por lo que es necesario que se apruebe medianteOrdenanza el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA, según lo establece el artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrrativos - TUPA, ha sido creado con la finalidad de unificar, reducir y simplificar los Procedimientos Administrativos que se siguenante las distintas entidades de la Administración Públicadentro de los cuales se encuentran los gobiernos locales ycontando con la dispensa del trámite de lectura y aprobacióndel Acta y con el voto unánime se aprobó la siguiente: ORDENANZA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA 2004 Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2004 - de la MunicipalidadDistrital de San Juan de Miraflores, los derechos y precioscontenidos en el mismo, que en anexo de 184 procedimientos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 12-2001 de fecha 14.12.2001, así como toda disposiciònque contravenga la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde