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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (19/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G36/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de octubre de 2005 Notas Aclaratorias de cada Numeral del Cuadro E1: ESTRUCTURA DE COSTOS (1) Apoyo y/o Reemplazos: Se requiere de personal que presta seguridad al cobrador para evitar que fuese agredido y/o rodado por delincuentes, lavadores de carros informales, u otros, que pudier an hacer peligrar el dinero recaudado, así mismo, al faltar a lgún cobrador prestan apoyo de reemplazo. (2) Controladores: Encargados de controlar se respeten los horarios establecidos y verificar que los parqueadores tengan buen t rato con los usuarios, así mismo, al faltar algún cobrador prestan apoyo de remplazo. (3) Se están considerando letreros en las calles asignadas en cada una de las esquinas y en espacios adicionales para delimitar el parqueo (4) Se han incorporado los gastos en tablillas y silbatos, considerando que los parqueadores, vigilantes y controladores deberá n llevar de manera permanente (5) Lapiceros: al incorporar tablillas, estamos destinando lapiceros para control del servicio, con un promedio de 29 lapiceros por 8 veces de recambio, total al año 232 lapiceros (6) Se pintaran los 400 espacios 06 veces al año lo que costara S/. 11,662.00 cada vez. S/. 11,662.00 Incluido IGV X 06 veces a l año que se pintaran los 400 espacios S/. 69,972.00 (7) se invierte para habilitación de espacios de estacionamiento vehicular según anexos 1.- rehabilitación de berma lateral o‘higgin c-8 s/. 46,000.65 2.- rehabilitación de berma lateral Pq Arrieta S/. 50,669.503.- rehabilitación de berma lateral Calle NN-1 S/. 66,316.684.- rehabilitación de berma lateral Leguía y Meléndez (Ex Cueva) S/. 37,735.875.- rehabilitación de Jr. Benjamín Ugarteche C-01 (ex Callao) S/. 36,164.72 total S/. 236,887.42 (8) Se refiere al supervisor que se encuentra en la oficina de la sede central, encargado de supervisar el trabajo de controlado res y dar lineamientos de trabajo administrativo en general (9) Se ha considerado el 25% de dedicación del total al parqueo vehicular en lo que se refiere a los costos fijos como agua, ene rgía eléctrica, teléfonos fijos y móvil, equipo de cómputo y depreciación de inmuebles, ya que en la sede del parqueo vehicular func ionan otras oficinas como serenazgo, policía municipal y defensa civil (11) La gasolina se asigna a las motocicletas que se utiliza para el control del parqueo, correspondiendo S/. 10.00 por moto diario en gasolina, considerando 3 motos en uso diarioS/. 10.00 X 3 motos = S/. 30.00 diario c/moto X 6 días X 52 Semanas en el año = S/. 9,360.00 (12) Se ha considerado un promedio de 1,123 millares de ticket de S/.0 .50 por cada media hora de parqueo, y que representan los ingresos esperados obtener en los 400 estacionamientos (33) Adquisición de 3 motos netamente para el servicio de supervisión del parqueo vehicular S/. 7,730.70 x 0.25 (Depreciación anual) = S/. 1,932.68 X 03 motos = S/. 5,798.03 AL AÑO (21) Las evaluaciones psicológicas son como se detalla a continuación: Parqueadores 22 X S/. 15.00 = S/. 330.00 X 4 (cada Trimestre) = S/. 1,320.00Controladores 03 X S/. 15.00 = S/. 45.00 X 2 (cada Semestre) = S/. 90.00Personal de Apoyo 04 X S/. 15.00 = S/. 60.00 X 2 (cada Semestre) = S/. 120.00 Total al año S/. 1,530.00 17730 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G72/G65/G63/G61/GED/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G45/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G35/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G49/G2D/G54/G43 ORDENANZA Nº 070-MDPH Punta Hermosa, 13 de octubre del 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Punta Hermosa, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con la Sentencia recaída en el Expediente Nº 0053-2004-PI/TC publicada el 17 de agosto del año 2005 en el Diario OficialEl Peruano, la cual declara que las reglas vinculantes y deobservancia obligatoria contenidas en la sentencia así comoel fallo respecto a la no retroactividad en los efectos de lasentencia vinculan a todas las municipalidades del país, bajo sanción de nulidad de sus Ordenanzas; de acuerdo a lodispuesto en el Artículo 37º del Texto Único Ordenado delCódigo Tributario y en uso de las atribuciones conferidaspor el Artículo 9º numeral 8) y Artículo, 40º de la LeyNº 27972 Orgánica de Municipalidades, y estando a los Informes Nº 218-05-OR-MDPH de la Jefatura de Rentas y el Informe Nº 225-2005-JOAJ-MDPH de la Jefatura deAsuntos Jurídicos, con el voto unánime de los miembrosdel Concejo Municipal y con la dispensa del trámite deaprobación de la presente Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECAÍDA EN EL EXPEDIENTE Nº 0053-2004-PI-TC Artículo 1º.- Objeto de la norma La presente Ordenanza establece las disposiciones de carácter administrativo para efectos del cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en elExpediente Nº 0053-2004-PI/TC relativa al proceso deinconstitucionalidad de Ordenanzas Municipales presentadapor la Defensoría del Pueblo contra la Municipalidad deMiraflores y que, por mandato de la propia sentencia, sus reglas vinculantes y de observancia obligatoria contenidas en la misma, así como el fallo respecto a la no retroactividaden los efectos de la sentencia vinculan a todas lasmunicipalidades del país, bajo sanción de nulidad de susOrdenanzas.