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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G35/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de octubre de 2005 deberá presentar ante el Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto un Informe detallado describiendo las acciones realizadas en el Evento. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Loreto, lapublicación de la presente Resolución, en el Diario OficialEl Peruano y en el Diario de mayor circulación regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 17662 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G56/G69/G61/G6C /G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65 ORDENANZA Nº 848 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de octubre de 2005, la Propuesta de Ajustes al Sistema VialMetropolitano, sustentado por el Instituto Metropolitano dePlanificación; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 093-2005-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE ATE Artículo Primero .- Aprobar el Reajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modificar el Plano delSistema Vial Metropolitano aprobado por la Ordenanza Nº341-MML, en lo que respecta a la Modificación de la Sección Vial de la Vía Colectora C-172 Av. La Esperanza, en el tramo comprendido entre la Carretera Central y la Av. AlfonsoUgarte, de acuerdo a las Láminas 1 y 2, que como Anexosforman parte de la presente Ordenanza, precisándose quela Sección Vial Normativa de la Colectora C-172 Av. LaEsperanza en el tramo precitado es variable entre 16.00 ml y 18.00 ml. Artículo Segundo .- El Instituto Metropolitano de Planificación efectuará las modificaciones necesarias delPlano del Sistema Vial Metropolitano y de las SeccionesViales Normativas, de acuerdo con el Ajuste aprobado enel artículo precedente. Artículo Tercero .- Encargar a la Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima para que encoordinación con la Municipalidad Distrital de Ate, coloquenlos hitos del nuevo trazo vial indicado en el Artículo Primerode la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cinco. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaConsejo Regional sobre transcripción de Acuerdo de Consejo Nº 098-2005-SO-GRL, de fecha 6 de octubre del 2005; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276 establece que, es deber de cada entidad establecer programas de capacitación para cadanivel de carrera y de acuerdo con las especialidades, comomedio de mejorar el servicio público e impulsar el ascensodel servidor; Que, de igual modo el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en su artículo 67º establece que,la capacitación está orientada al desarrollo deconocimientos, actitudes, prácticas, habilidades y valorespositivos del servidor tendientes a garantizar el desarrollode la Carrera Administrativa, mejorar el desempeño laboral y su realización personal; asimismo, el artículo 68º indica que, la capacitación es obligatoria en todas las entidadesde la Administración Pública, debiendo utilizarse para talpropósito los medios e instrumentos con que cuenta elEstado a nivel nacional, regional y local y la cooperacióntécnica internacional; Que, mediante Oficio Nº 2787-2005-GRL-GRPPAT- SGRIP, de fecha 3 de setiembre del 2005, el GerenteRegional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, comunica al Titular delPliego, que el Ing. Edinson Cárdenas Mendoza,participará en el "Taller Latinoamericano sobre Transporte Acuático y Formas de Vida" que se desarrollará en la ciudad de Bluefield - Nicaragua, en representación delGobierno Regional de Loreto, del 24 al 27 de octubre delaño en curso, motivo por el cual, solicita se considere enla Sesión Extraordinaria del Consejo Regional para suautorización; Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 098-2005- SO-GRL de fecha 6 de octubre del 2005, se acordó porUnanimidad autorizar el viaje del Ingº Edinson CárdenasMendoza en representación del Gobierno Regional deLoreto, a fin de participar en el Taller Latinoamericano sobreTransporte Acuático y Formas de Vida, a realizarse en la ciudad de Bluefield - Nicaragua del 24 al 27 de octubre del 2005, cabe indicar que los gastos serán cubiertos por losorganizadores del Evento (transporte, hospedaje yalimentación en Nicaragua) y los gastos al interior del paísserán financiados por el Gobierno Regional de Loreto hastapor un monto de Mil Doscientos Setenta y Cuatro y 30/100 Nuevos Soles (S/.1,274.30); Estando al documento del Visto, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Oficina Regionalde Administración; Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; GerenciaGeneral Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional deLoreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL de fecha 21 de enero del 2003 y su modificatoriaaprobada por Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, defecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje del Ingº EDINSON CARDENAS MENDOZA, en representación del GobiernoRegional de Loreto, a efecto de participar en el "Taller Latinoamericano sobre Transporte Acuático y Formas de Vida" a realizarse en la ciudad de Bluefield - Nicaragua, del24 al 27 de octubre del 2005, Evento que sólo irrogará ungasto en viáticos al interior del país hasta por un monto deUn Mil Doscientos Setenta y Cuatro y 30/100 Nuevos Soles(S/.1,274.30), el mismo que será financiado por el Gobierno Regional de Loreto. Artículo 2º.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente Resolución, de acuerdo al Anexo Nº 03 - Solicitudde Viáticos, será con cargo a la Estructura FuncionalProgramática del Presupuesto Institucional 2005; Función: 03Administración y Planeamiento; Programa: 006 Planeamiento Gubernamental; Subprograma: 0019 Supervisión y Coordinación Superior; Actividad: 1.00642 Conducción yCoordinación Superior; Componente: 3.0173 Acciones de laAlta Dirección; Meta: 00001 Desarrollar Acciones deCoordinación, Orientación de Política Gubernamental; Fuentede Financiamiento: 01 Canon y Sobrecanon. Artículo 3º.- El citado profesional, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje,