Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2005 (19/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 19 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE ANCON
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 121-2005-MDA Mediante Oficio Nº 95-2005-SG/MDA, la Municipalidad Distrital de Ancon solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 121-2005-MDA, publicado en nuestra edicion del dia 8 de octubre de 2005. En el MORDAZA considerando: DICE: Que, (...) Ley Nº 26152, ...; DEBE DECIR: Que, (...) Ley Nº 26512, ...; 17707

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen retiro de deudas de la Base de Datos Tributaria y Quiebre de valores catastrales 1996 - 2002
ORDENANZA Nº 179-MJM MORDAZA MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el dictamen Nº 015-2005-MJM-CPEP de la Comision de Planificacion, Economia y Presupuesto; con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RETIRO DE LA BASE DE DATOS DE CUENTA CORRIENTE Y QUIEBRE DE VALORES CATASTRALES 1996-2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 74º, concordante con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, al mes de enero del ano 2003 el Catastro Municipal estuvo constituido por una Base de Datos Manual (Fichas Catastrales), desactualizada, incompleta, inconsistente y antitecnica, por consiguiente no permitia tener acceso a un registro real y actualizado del estado de la infraestructura MORDAZA del distrito; Que, la Administracion Municipal a fin de actualizar la Base de Datos, mejorar el contenido de la misma y desarrollar una adecuada Base Tributaria y Catastral, estimo pertinente la actualizacion de un Catastro Integral al nivel de todo el distrito de MORDAZA Maria; que permitiera superar los antecedentes descritos; Que, se ha determinado mediante el MORDAZA de Actualizacion Catastral, asi como en la ejecucion de la cobranza de los valores y deudas existentes en la Base de Datos las "Diferenciales Catastrales" provenientes de la Actualizacion Catastral incompleta que se realizo en la anterior Administracion MORDAZA (1996-2002); Que, de otro lado, se ha determinado a traves del Informe Tecnico de la Division de Catastro y Obras Privadas, que varias "Fichas Catastrales" que fueron aparentemente levantadas en su momento no han seguido los perfiles tecnicos requeridos para tal fin; en tanto, otras fichas no fueron aceptadas o en su defecto fueron observadas por el contribuyente (llenado y firma de ficha); y su aceptacion a traves de la "Declaracion Jurada" pertinente, que es el unico

acto valido para la incorporacion de dicha informacion tecnica en la Base de Datos y posterior generacion de diferenciales, nunca fueron aceptados y menos fueron ratificados; Que, asimismo, se ha determinado errores formales en la generacion de valores al haberse ingresado directamente en la Base de Datos - Sistema VSIGMA las aparentes diferenciales encontradas cuantificadas economicamente en el rubro de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, sin que estas hayan sido traducidas previamente en los valores correspondientes, llamese Resolucion de Determinacion u Ordenes de Pago en su momento, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 77º y Articulo 78º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF; Que, esta Administracion en salvaguarda de los intereses institucionales continuo en su momento la generacion de valores pendientes y/o la continuidad de las mismas, sin embargo, atendiendo a las incidencias y efectos generadas por estas; se dispuso la suspension de su emision y exigencia mediante el Memorandum Circular de Gerencia Municipal Nº 084-2005-MDJM/GM de fecha 9/8/04; Que, la Unidad de Informatica con Informe Nº 0090-2005MJM/GM/UI de fecha 30.5.2005 hace de conocimiento que se ha procedido a actualizar la informacion respecto a las Diferencias Catastrales que se encontraban en estado "bloqueado", debidamente clasificadas en los 3 Anexos adjuntos al referido informe; Que, mediante Informe Nº 249-2005-DCOP/GDU/MDJM, la Division de Catastro y Obras Privadas informa que el Proyecto de Actualizacion Catastral ejecutado en el ano 2004, tuvo como finalidad esencial el de reemplazar por medio de una "Actualizacion Catastral" la obsoleta "Base Catastral Manual" (Fichas Catastrales Manuales), inconsistente, desactualizada y desordenada y que no constituia en una herramienta valida para la ejecucion de procesos de fiscalizacion; Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Dejar sin efecto y retirar de la Base de Datos Tributaria, el "Padron de Deuda" generada por concepto de "Diferenciales Catastrales" generadas por la "Base de Datos Manual"; que se encuentren en la via ordinaria sin haberse generado el correspondiente valor; de acuerdo al detalle contenido en el Anexo 1 de 5 folios; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Dispongase el quiebre de valores, asi como el retiro de la Base de Datos Tributaria de las deudas por Diferenciales Catastrales que se encuentren con valores dados a conocer mediante Informe Nº 0090-2005 MJM/GM/ UI, conforme a lo expuesto en los Anexos Nº 02, Nº 03 y Nº 04, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza, de acuerdo al siguiente detalle: Deudas por Diferencias Catastrales en Cobranza Ordinaria con Valor, llamese Orden de Pago y/o Resolucion de Determinacion) en 51 folios (Anexo 2). Deudas por Diferencias Catastrales con valor en Cobranza Coactiva con Expediente Coactivo en 25 folios (Anexo 3). Deudas por Diferencias Catastrales con valor en Cobranza Coactiva sin expediente coactivo, en 7 folios (Anexo 4). Articulo 3º.- Los pagos que se hayan efectuado por concepto de "Diferencias Catastrales", provenientes de "Actualizaciones" realizadas por Gestiones Municipales Anteriores al mes de enero del 2003, seran tomados como pagos a cuenta por las "Diferenciales" detectadas en la "Actualizacion Catastral" realizadas o por realizar por la Actual Gestion Municipal y/o seran considerados como pagos a cuenta de otros adeudos pendientes de pago de naturaleza tributaria, que pudieran existir a nombre del contribuyente, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF; previa expedicion de la Resolucion Administrativa que asi lo declare o reconozca. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 17706

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