NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G34/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de setiembre de 2005 la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norteamérica, del 14 al 16 de septiembre de 2005; Que, a fin de cumplir con los temas de la agenda internacional, el señor Presidente de la República solicitó el apoyo del ingeniero David Lemor Bezdín, Ministro de la Producción, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidosde Norteamérica, del 17 al 18 de septiembre de 2005; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias, la Ley Nº 28427,Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, laLey Nº 28562, Ley que autoriza un Crédito Suplementarioen el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo2º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la estadía del ingeniero David Lemor Bezdín, Ministro de la Producción, en la ciudad deNueva York, Estados Unidos de Norteamérica, del 17 al 18de septiembre de 2005, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos, ascendente a la suma de US$ 440,00 (Cuatrocientos cuarenta y 00/100 Dólares Americanos), serán cubiertospor el Pliego 038: Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de laPresidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 16074 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G6E/G73/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 349-2005-PCM Lima, 16 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 37º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo deMinistros aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, laOficina de Prensa es el órgano que se encarga de diseñar,recomendar y ejecutar las estrategias periodísticas de laPresidencia del Consejo de Ministros y se encuentra a cargo de un Jefe, quien depende del Presidente del Consejo de Ministros; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Prensa de la Presidencia del Consejo de Ministros, resultapertinente designar al funcionario que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CARLOS ORLANDO VEGA MIRANDA como Jefe de la Oficina de Prensa de laPresidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 16003 AGRICULTURA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G47/G75/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G45/G4E/G41/G53/G41 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 150-2005-AG-SENASA La Molina, 26 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 020-2002-AG- SENASA de fecha 24 de enero del año 2002 se aprobaron los precios que cobrarán las dependencias del Servicio Nacional de Sanidad Agraria- SENASA, denominado Guía de Servicios; Que, mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs 232-2002- AG-SENASA, 245-2002-AG-SENASA, 065-2003-AG-SENASA, 131-2003-AG-SENASA, 138-2003-AG-SENASA,138-2004-AG-SENASA, 148-2004-AG-SENASA, 258-2004- AG-SENASA, 056-2005-AG-SENASA y 068-2005-AG- SENASA se modificó la Resolución acotada anteriormente,incluyéndose nuevos servicios que brindaría el SENASA; Que, el SENASA busca atender nuevos requerimientos que demandan los usuarios, ofreciendo seminarios decapacitación en una gama de áreas cada vez más amplia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Marco de Sanidad Agraria – Ley Nº 27322, y el Reglamento de Organización yFunciones del SENASA - Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; Con las visaciones de la Directora General de la Oficina de Administración y de los Directores Generales de lasOficinas de Asesoría Jurídica y Planificación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA referida en elConsiderando, según las especificaciones consignadas en el Anexo adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Artículo 2º.- Los precios por los conceptos señalados en el Anexo adjunto, se calculan en función de las unidadesy los porcentajes establecidos en la presente Resolución;los cuales se encuentran expresados en función a la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.) vigente. Artículo 3º.- Los ingresos recaudados por los conceptos señalados en la presente Resolución, constituirán RecursosDirectamente Recaudados del SENASA. Artículo 4º.- Deróguense las Resoluciones Jefaturales y normas complementarias que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PALMA VALDERRAMA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO GUÍA DE SERVICIOS Nº Denominación Precio Forma Dependencia Duración Dependencia Orden del Servicio Requisitos Inc luido I.G.V . de donde se del donde (%UIT) Pago inicia el servicio servicio culmina el servicio IV. GESTIÓN INSTITUCIONAL B. SERVICIOS IV.2.11 - Curso de entrenamiento - Ficha de inscripción Sede central del Sede central del en muestreo y análisis al Curso 7% por contado SENASA 04 días SENASA de calidad de semillas - Boleta de venta o persona Factura Teléfono: 313-3300 Pág.. Web: http://www.senasa.gob.pe 15930