Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2005 (17/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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aprobada previamente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del sector bajo cuyo ambito se desarrolla la concesion; Que, segun lo senala el citado articulo 2º, lo dispuesto es de aplicacion a los procesos de promocion de la inversion privada en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos a que se refiere el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus normas reglamentarias y complementarias, que lleva adelante el Estado a traves de las entidades competentes de sus tres niveles de gobierno, asi como para aquellas concesiones otorgadas al MORDAZA de las normas legales MORDAZA indicadas; Que, con fecha 20 de MORDAZA del 2005, en acto publico, se adjudico la buena pro de la MORDAZA Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion al sector privado del Tramo Vial MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica (Red Vial Nº 6), al Consorcio Binacional MORDAZA, el cual para la suscripcion del Contrato de Concesion ha adquirido personeria juridica, constituyendose como Concesionaria Vial del Peru S.A. (COVIPERU S.A.). Este MORDAZA de concesion se ha desarrollado al MORDAZA de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus nor mas reglamentarias y complementarias; Que, en virtud de lo dispuesto en el literal j) de la Clausula 3.3 del Contrato de Concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica (Red Vial 6), la concesionaria debera abonar a favor del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, en su calidad de concedente, una contraprestacion por el Derecho de Concesion, la cual sera depositada en un fondo de fideicomiso creado exclusivamente para la adquisicion, expropiacion y obtencion de la libre disponibilidad de los predios comprendidos en el tramo concesionado. Para tal efecto, el concedente debera haber constituido a la Fecha de Cierre el referido fideicomiso; Que, a efectos de lograr un manejo eficiente de dichos recursos, que permita al concedente cumplir con sus obligaciones contractuales y en el MORDAZA de lo previsto en el Decreto de Urgencia Nº 008-2005, resulta necesario aprobar la constitucion de un fideicomiso con los recursos provenientes de la contraprestacion por el Derecho de Concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA Ica (Red Vial 6); De conformidad con lo dispuesto por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la constitucion de un fideicomiso que suscribira el Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones y la entidad fiduciaria seleccionada, el cual se conformara con los recursos provenientes de la contraprestacion por el Derecho de Concesion que sera abonada por el concesionario del Tramo Vial MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica (Red Vial 6), con el objeto de administrar los fondos destinados a adquirir, expropiar y obtener la libre disponibilidad de los predios comprendidos en el derecho de via del tramo concesionado. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a suscribir el contrato de fideicomiso, cuya constitucion se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los dieciseis dias del mes de setiembre del ano dos mil cinco. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 16049

Otorgan garantia del Estado en respaldo de declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana-Cerro Azul-Ica, a celebrarse con COVIPERU S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 124-2005-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo COPRI de fecha 13 de febrero de 2002, se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para el otorgamiento en concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana-Cerro Azul-Ica y Canete-Lunahuana de la Carretera Panamericana Sur - R01S, disponiendo que la construccion, mejoramiento, mantenimiento y explotacion del mismo, sea entregado en concesion al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el TUO aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y sus normas reglamentarias y complementarias; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 078-2002-EF, se ratifico el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, conforme al cual se aprueba el Plan de Promocion de la Inversion Privada para el otorgamiento en concesion del tramo MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica y Canete - Lunahuana; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 008-2005-EF, de fecha 24 de enero de 2005, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION del 28 de octubre de 2004 que aprobo la modificacion del Plan de Promocion de la Inversion Privada en lo que respecta al retiro del tramo Canete-Lunahuana; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2005, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo la convocatoria a la MORDAZA Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica; Que, mediante Acuerdo de fecha 22 de MORDAZA de 2005, el Consejo Directivo de PROINVERSION aprobo las Bases de la MORDAZA Licitacion para la entrega en concesion de la Red Vial 6; siendo aprobada la version final del contrato de fecha 30 de junio de 2005; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 085-2005-EF, de fecha 4 de MORDAZA de 2005, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION del 14 de junio de 2005 que aprobo la modificacion del Plan de Promocion de la Inversion Privada en lo que respecta a la ampliacion del plazo de la concesion; Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2005, en acto publico, se adjudico la buena pro de la MORDAZA Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana-Cerro Azul-Ica, a Consorcio Binacional MORDAZA, de acuerdo a lo previsto en las Bases de la licitacion MORDAZA mencionada; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, concordante con el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estado otorgue mediante contrato, a las personas juridicas que realicen inversiones bajo el MORDAZA de los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, las seguridades y garantias que mediante decreto supremo, en cada caso, se consideren necesarias para proteger sus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a la legislacion vigente; Que, en virtud de lo MORDAZA expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantias a que se refiere el considerando precedente, a favor de la empresa CONCESIONARIA VIAL DEL PERU S.A. - COVIPERU S.A., la misma que ha sido constituida por los integrantes del adjudicatario Consorcio Binacional MORDAZA, la cual de acuerdo a lo establecido en las Bases de la MORDAZA Licitacion Publica Especial para la entrega en concesion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana-Cerro Azul-Ica, suscribira el Contrato de Concesion del Tramo Vial MORDAZA PucusanaCerro Azul-Ica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, Articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM,

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