Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2005 (17/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Revierten funciones de certificacion de semillas a la Direccion Desconcentrada de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 161-2005-AG-SENASA
La MORDAZA, 8 de setiembre de 2005 VISTO: El Memorandum Nº 1500/2005-AG-SENASA-DGSVDIA, de 8 de junio de 2005 que contiene el Informe del Examen de Auditoria Tecnica al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º del Reglamento General de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-AG establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA es la Autoridad en Semillas; Que, el articulo 5º del Reglamento acotado senala como funciones del SENASA normar y supervisar la produccion, certificacion y comercializacion en semillas; Que, el articulo 22º de la Ley Nº 27262, Ley General de Semillas indica que la cer tificacion de semillas es competencia de la Autoridad en Semillas, la cual la ejecuta preferentemente a traves de las entidades publicas o privadas autorizadas para ello, lo cual no obsta que lo ejecute directamente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0444-96-AG, de 11 de junio de 1996 se delego al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA (CODESE Junin) la funcion de certificacion de semillas en el ambito de su circunscripcion territorial estableciendose en su ar ticulo 3º que el mencionado Comite debera informar a la Direccion Regional de Agricultura sobre las acciones que realice en los procesos de certificacion de semillas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 295-2004-AGSENASA se resolvio realizar una Auditoria al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA a cargo de la Direccion de Insumos Agricolas, en merito de los Informes remitidos por la Direccion Desconcentrada del SENASA MORDAZA y la Direccion Regional Agraria de MORDAZA referentes a que la certificacion de semillas se encontraba en una critica situacion debido a la inoperatividad del CODESE MORDAZA, toda vez que nunca reporto informacion por MORDAZA, correspondiente a las solicitudes de inspeccion aprobadas y descalificadas, ni los resultados de inspecciones oficiales realizadas y entrega de etiquetas, entre las campanas 1999 a 2004 y que son frecuentes los reclamos de parte de los agricultores y asociaciones productoras de semillas, debido a la imposibilidad de presentar sus solicitudes de certificacion, puesto que el CODESE MORDAZA no estaria atendiendo en sus oficinas; Que, en febrero de 2005 la Direccion de Insumos Agricolas llevo a cabo la Auditoria Tecnica al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA llegando, entre otras, a las siguientes conclusiones: (i) el CODESE MORDAZA no ejecuto las acciones requeridas para prestar el servicio que le fuera delegado, refiriendose a los periodos 1999-2002 y 2002-2004; (ii) el CODESE MORDAZA presento una deficiente capacidad de gestion y tecnica que lo descalifica para continuar con el servicio de certificacion en su jurisdiccion, debido a que carecia de documentos de gestion para planificar, supervisar y prestar un servicio de certificacion de semillas opor tuno, eficiente y acorde con la reglamentacion vigente, (iii) los miembros que conforman la directiva del CODESE MORDAZA demostraron inaccion en las irregularidades observadas como fueron las faltas de sesiones de trabajo e inexistencia de reportes de resultados, inexistencia de supervision a la Gerencia Tecnica, asi como un total desinteres en la funcion de certificacion que le fue delegada; Que, al MORDAZA de la Ley Nº 27262, el Decreto Supremo Nº 040-2001-AG; y con los vistos buenos de los Directores Generales de Sanidad Vegetal y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR la delegacion de funciones al Comite Departamental de Semillas de MORDAZA para realizar la certificacion de semillas; estando a los fundamentos

expuestos en la par te considerativa de la presente resolucion Articulo 2º.- REVERTIR en forma definitiva las funciones de certificacion de semillas a la Direccion Desconcentrada de MORDAZA en el ambito de su circunscripcion territorial. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion, con arreglo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 15962

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionarios del INDECOPI y del Ministerio a Colombia para participar en la XII Ronda de Negociaciones del TLC con EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2005-MINCETUR
MORDAZA, 13 de setiembre de 2005 Vista la Carta Nº 517-2005/GEG-INDECOPI, del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI y el Memorandum Nº 707-2005-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Peru conjuntamente con Ecuador y Colombia, viene negociando con los Estados Unidos de Norteamerica la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio - TLC, para cuyo efecto, a la fecha, se han realizado once Rondas de Negociaciones; Que, la XII Ronda de Negociaciones se llevara a cabo en la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia, del 19 al 23 de setiembre de 2005, evento cuya agenda incluye reuniones de la Mesa de Negociaciones sobre Propiedad Intelectual, asi como una reunion previa de coordinacion andina; Que, es conveniente la par ticipacion de los representantes del INDECOPI en dicho evento, en calidad de asesores tecnicos de la Mesa de Negociaciones sobre Propiedad Intelectual; a tal efecto, el INDECOPI ha propuesto la participacion de los senores Edgard MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferradas y MORDAZA Mera MORDAZA, asumiendo el MINCETUR los gastos por concepto de pasajes y viaticos; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo publico responsable en materia de negociaciones comerciales inter nacionales, en coordinacion con los sectores del Gobierno en el ambito de sus respectivas competencias; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619, 28425 y 27790, Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 0152004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia, de los senores Edgard MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferradas y MORDAZA Mera MORDAZA, funcionarios del INDECOPI, para que participen como asesores tecnicos del equipo negociador peruano en la XII Ronda de Negociaciones del TLC, a realizarse en dicha MORDAZA, del 17 al 24 de setiembre de 2005. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

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