Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2006 (30/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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establecido en el articulo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; Que, asimismo, es necesario encargar las funciones de Ministro de Justicia, en tanto dure la ausencia de su titular; Estando a lo informado por la Oficina General de Economia y Desarrollo mediante el Oficio Nº 346-2006JUS/OGED, y contando con las visaciones de las Oficinas Generales de Administracion y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, Decreto de Urgencia Nº 002-2006, y la Resolucion Ministerial Nº 060-2006-JUS, que aprueba el Plan Anual de Viajes del Sector Justicia par el ano fiscal 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase el viaje del senor abogado MORDAZA Tudela Chopitea, Ministro de Justicia, del 30 de MORDAZA al 5 de MORDAZA de 2006, a la MORDAZA de MORDAZA Suiza, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1864.57 Viaticos US$ 1040.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 30.25 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA, ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 4º.- Encargase las funciones de Ministro de Justicia al senor Rudecindo MORDAZA Carreazo, Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a partir del 30 de MORDAZA al 5 de MORDAZA de 2006, en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 07767

por la Comision Ad Hoc del Cultivo del algodonero de los valles de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 251-94AG y modificado por la Resolucion Ministerial Nº 443-97AG, asimismo siendo el Articulo 3º del citado Reglamento el que fija las fechas limites para la siembra, matada y quema del mencionado cultivo en cada valle; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 1118-2001AG del 15 de octubre de 2001, se modifico lo establecido en el Articulo 3º del mencionado Reglamento, a efectos de adecuar las fechas limites de siembra del cultivo del algodonero, incluyendo las siembras de algodon hibrido; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2006-AGSENASA-DSV-SMFPF/RSM, de fecha 4 de MORDAZA del 2006, la Direccion de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de modificacion esta referida solo a la MORDAZA MORDAZA 2005-2006, cuyo sustento tecnico es la ocurrencia de factores hidrologicos adversos en el desarrollo de la MORDAZA que han determinado adelantar los trabajos de matada, quema y MORDAZA limpio; De conformidad con la Resolucion Ministerial Nº 251-94AG, Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, Resolucion Ministerial Nº 1118-2001-AG; y con las visaciones de la Direccion de Sanidad Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, solo para la MORDAZA 2005­ 2006 las fechas de inicio de matada, quema y MORDAZA limpio de algodon en los valles Motupe y Zana, del departamento de MORDAZA, tal como se detalla a continuacion:
Departamento MORDAZA MORDAZA Motupe Zana Matada y quema 1 ago. al 15 set. 1 jul. al 15 ago. MORDAZA limpio 16 set. al 30 nov. 16 ago. al 31 oct.

Articulo 2°.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Resolucion, seran sancionados conforme a lo establecido en el Articulo 31º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

AGRICULTURA
Modifican fechas de inicio de matada, quema y MORDAZA limpio de algodon en los valles Motupe y Zana del departamento de MORDAZA para la MORDAZA 2005-2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 103-2006-AG-SENASA La MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 270-2006-AG-SENASA-LAMB, de fecha 27 de febrero de 2006, mediante el cual la Direccion Ejecutiva del SENASA MORDAZA, remite la propuesta de fechas limite para la matada y quema del cultivo del algodonero en los valles Chancay, Motupe y Zana, en el departamento de Lambayeque; El Informe Tecnico Nº 010-2006-AG-SENASA-LAMB­ CSV, en el que el Coordinador de Sanidad Vegetal de la Direccion Ejecutiva del SENASA MORDAZA informa que la propuesta de fechas ha sido evaluada en las reuniones efectuadas el 2, 28 y 29 de noviembre 2005,

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MINCETUR
Autorizan viaje de representantes de PromPeru a Espana para participar en la Feria Internacional de Turismo Salon Internacional de Turismo de Cataluna SITC 2006
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2006-MINCETUR/DM MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 Vista la Carta Nº C.238.2006/PP.GG de la Gerente General de la Comision de Promocion del Peru PromPeru; CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru ­ PromPeru es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar

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