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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G37/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de abril de 2006 establecido en el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; Que, asimismo, es necesario encargar las funciones de Ministro de Justicia, en tanto dure la ausencia de su titular; Estando a lo informado por la Oficina General de Economía y Desarrollo mediante el Oficio Nº 346-2006- JUS/OGED, y contando con las visaciones de las OficinasGenerales de Administración y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 002-2006, y la Resolución Ministerial Nº 060-2006-JUS, que aprueba el Plan Anual de Viajes del Sector Justicia par el año fiscal 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase el viaje del señor abogado Alejandro Tudela Chopitea, Ministro de Justicia, del 30 de abril al 5 de mayo de 2006, a la ciudad de Ginebra -Suiza, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1864.57 Viáticos US$ 1040.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 30.25 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuesto o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación afavor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 4º.- Encárgase las funciones de Ministro de Justicia al señor Rudecindo Vega Carreazo, Ministro deVivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 30 de abril al 5 de mayo de 2006, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 07767 AGRICULTURA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G61/G64/G61/G2C /G71/G75/G65/G6D/G61/G20/G79/G20/G63/G61/G6D/G70/G6F/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G67/G6F/G64/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G6C/G6F/G73/G20 /G76/G61/G6C/G6C/G65/G73/G20 /G4D/G6F/G74/G75/G70/G65/G20 /G79/G20 /G5A/G61/GF1/G61/G20 /G64/G65/G6C/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G32/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 103-2006-AG-SENASA La Molina, 25 de abril de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 270-2006-AG-SENASA-LAMB, de fecha 27 de febrero de 2006, mediante el cual la Dirección Ejecutiva del SENASA Lambayeque, remite la propuesta de fechas límite para la matada y quema del cultivo delalgodonero en los valles Chancay, Motupe y Zaña, en el departamento de Lambayeque; El Informe Técnico Nº 010-2006-AG-SENASA-LAMB– CSV, en el que el Coordinador de Sanidad Vegetal de la Dirección Ejecutiva del SENASA Lambayeque informa que la propuesta de fechas ha sido evaluada en lasreuniones efectuadas el 2, 28 y 29 de noviembre 2005,por la Comisión Ad Hoc del Cultivo del algodonero de los valles de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana,aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 251-94- AG y modificado por la Resolución Ministerial Nº 443-97- AG, asimismo siendo el Artículo 3º del citado Reglamentoel que fija las fechas límites para la siembra, matada y quema del mencionado cultivo en cada valle; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1118-2001- AG del 15 de octubre de 2001, se modificó lo establecido en el Artículo 3º del mencionado Reglamento, a efectos de adecuar las fechas límites de siembra del cultivo delalgodonero, incluyendo las siembras de algodón híbrido; Que, mediante el Informe Técnico Nº 001-2006-AG- SENASA-DSV-SMFPF/RSM, de f echa 4 de abril del 2006, la Dirección de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de modificación está referida sólo a la campaña agrícola 2005-2006, cuyo sustento técnico es la ocurrencia defactores hidrológicos adversos en el desarrollo de la campaña que han determinado adelantar los trabajos de matada, quema y campo limpio; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 251-94- AG, Resolución Ministerial Nº 443-97-AG, Resolución Ministerial Nº 1118-2001-AG; y con las visaciones de laDirección de Sanidad Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, sólo para la campaña 2005– 2006 las fechas de inicio de matada, quema y campo limpio de algodón en los valles Motupe y Zaña, del departamento de Lambayeque, tal como se detalla acontinuación: Departamento Valle Matada y quema Campo limpio Lambayeque Motupe 1 ago. al 15 set. 16 set. al 30 nov. Zaña 1 jul. al 15 ago. 16 ago. al 31 oct. Artículo 2°.- Los infractores a lo dispuesto en la presente Resolución, serán sancionados conforme a loestablecido en el Artículo 31º del Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE R. ESPINOZA BABILON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 07692 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G6D/G50/G65/G72/GFA/G20/G61/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G93/G53/G61/G6C/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G64/G65/G43/G61/G74/G61/G6C/G75/GF1/G61/G20/G96/G20/G53/G49/G54/G43/G20/G32/G30/G30/G36/G94 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2006-MINCETUR/DM Lima, 28 de abril de 2006Vista la Carta Nº C.238.2006/PP.GG de la Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú -PromPerú; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú – PromPerú es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar