Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2006 (08/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano martes 8 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325971

EF estableciendo un MORDAZA MORDAZA de referencia para el azucar MORDAZA refinada, y se sustituyo la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2006-EF, estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio del 2007; Que, la Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 121-2006-EF, establecio que los derechos variables y rebajas arancelarias del azucar para el periodo comprendido entre el 16 y el 20 de MORDAZA del 2006, se determinarian con base a la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2006-EF y el Precio CIF de referencia del azucar aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 013-2006-EF/15; Que, corresponde publicar el precio CIF de referencia del azucar correspondiente al periodo comprendido entre el 1 y el 15 de MORDAZA de 2006, para determinar los derechos variables y las rebajas arancelarias para el periodo comprendido entre el 21 y el 31 de MORDAZA del 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF;

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese el precio CIF de referencia del azucar para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Del 1/7/2006 al 15/7/2006 Azucar 509

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Economia 00807-1

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