Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de diciembre de 2006 335611 CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de octubre de 2006, el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA suscribió un Acuerdo Marco de Cooperación Técnica con el Ministerio de Agricultura - MINAG, fi jando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA brindará cooperación técnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las áreas estratégicas de política comercial e integración, promoción de la competitividad de los agronegocios, promoción de la sanidad agropecuaria y la inocuidad de alimentos, desarrollo rural sostenible y el uso racional de recursos naturales y modernización institucional; Que, los objetivos del MINAG y el IICA son coincidentes y complementarios en las actividades vinculadas a las áreas estratégicas de política y negaciones comerciales, promoción de la competitividad de los agronegocios, promoción de la sanidad agropecuaria y la inocuidad de alimentos y que por lo tanto, puede traducirse en la implementación de programas conjuntos; Que, es necesario aprobar la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura - Minag y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA para viabilizar la implementación de sistema de secado y almacenamiento de arroz en la región San Martín; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Final de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA referido a “Implementación de sistema de secado y almacenamiento de arroz en la región San Martín”. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 10672-8 Aprueban Sexta Adenda que amplía vigencia de Carta de Entendimiento suscrita con el IICA para promover uso racional del agua y fortalecer negociaciones con EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2006-AG Lima, 27 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 006-2005-AG, de fecha 26 de enero de 2005, se aprobó la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, para promover el uso racional del agua y fortalecer las negociaciones del Perú con Estados Unidos de Norteamérica dentro del TLC; Que, en ese contexto mediante Resolución Suprema Nº 025-2006-AG, de fecha 26 de julio de 2006, se aprobó la Quinta Adenda a la Carta de Entendimiento, señalada en el párrafo precedente; Que, se ha visto por conveniente ampliar la vigencia de la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica suscrita entre el Ministerio de Agricultura-MINAG del Perú y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en la sétima disposición fi nal de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Sexta Addenda a la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura-MINAG del Perú y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, aprobado por Resolución Suprema Nº 006-2005-AG de fecha 26 de enero de 2005, destinada ampliar la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 10672-9 Aprueban Tercera Adenda que amplía vigencia al Acuerdo General de Cooperación Técnica suscrita entre el Ministerio y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2006-AG Lima, 27 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, con fecha 22 de abril de 2002, el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA suscribió un Acuerdo General de Cooperación Técnica con el Ministerio de Agricultura - MINAG, fi jando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA brindará cooperación técnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las áreas estratégicas de política comercial e integración, promoción de la competitividad de los agronegocios, promoción de la sanidad agropecuaria y la inocuidad de alimentos, desarrollo rural sostenible y el uso racional de recursos naturales y modernización institucional; Que, en ese contexto mediante Resolución Suprema Nº 011-2006-AG, de fecha 12 de abril de 2006, se aprobó la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura del Perú y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA , para viabilizar la implementación de la Formación de Capacidades de los Productores Rurales, la elaboración de los Estudios de Preinversión y la realización de la “21º Reunión de la Comisión Internacional del Arroz”; Que, por Resolución Suprema Nº 017-2006-AG, de fecha 17 de mayo de 2006-AG, se aprobó la Adenda a la Carta de Entendimiento, señalada en el párrafo precedente; Que, por Resolución Suprema Nº 020-2006-AG, de fecha 9 de junio de 2006-AG, se aprobó la Segunda Adenda a la Carta de Entendimiento, señalada en el primer párrafo; Que, se ha visto por conveniente ampliar la vigencia del Acuerdo General de Cooperación Técnica suscrito entre el Ministerio de Agricultura - MINAG del Perú y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA ; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Final de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Tercera Adenda al Acuerdo General de Cooperación Técnica suscrita entre el Ministerio de Agricultura - MINAG del Perú y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA,