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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336277 Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, cargo considerado de con fi anza; Que, por Resolución Jefatural Nº 330-2006-AG- SENASA de 30 de noviembre de 2006 se designó al Lic. en Adm. Luis Humberto Villa en el cargo de con fi anza de Asesor de la Alta Dirección del SENASA a partir del 1º de diciembre de 2006; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de SENASA, estableciéndose como una de las funciones del Consejo Directivo aprobar la propuesta del Jefe Nacional para la designación de los Directores Generales, conforme al literal i) del Artículo 8º del citado Reglamento; Que, mediante Acuerdo Nº 046-2006 del Consejo Directivo de SENASA, adoptado en la Sesión Ordinaria del 12 de diciembre de 2006, se aprobó la designación del Lic. en Adm. Luis Humberto Villa como Director General de la Ofi cina de Administración; De conformidad con la Ley Nº 27594 - Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos con cargo de confianza, el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28927 y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a partir del 1º de enero de 2007 al Lic. en Adm. Luis Humberto Villa en el cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto del pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Artículo 3º.- Dar por concluidas las acciones administrativas efectuadas mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 325-2006-AG-SENASA y 330-2006-AG-SENASA, con efectividad al 31 de diciembre de 2006, dándoseles las gracias por los servicios prestados al CPC Jaime Samuel Suasnabar Mayandia y Lic. Luis Humberto Villa, como encargado de la Dirección General de la O fi cina de Administración y como Asesor de la Alta Dirección, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ R. ESPINOZA BABILON JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 11583-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 DECRETO SUPREMO Nº 219-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se aprueba el presupuesto, entre otros, de los Pliegos Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, la Universidad Nacional de Cajamarca y los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ayacucho, Huánuco, Ica, Junín, Loreto, Tumbes y Ucayali; Que, las entidades públicas mencionadas en el considerando anterior, han solicitado o fi cialmente mayores recursos fi scales por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a fi n de atender compromisos de carácter ineludible y al mismo tiempo les permita concluir adecuadamente el ejercicio presupuestario del año fi scal 2006; Que, la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga requiere recursos adicionales para cumplir con el pago de la primera cuota de la transferencia de bienes inmuebles dispuesta por el Decreto Supremo Nº 038- 2003-EF y modi fi catoria; Que, la Universidad Nacional de Cajamarca, a la fecha mantiene obligaciones en gastos de capital, por lo que requiere de recursos adicionales para honrar dichas obligaciones; Que, los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ayacucho, Huánuco, Ica, Junín, Loreto, Tumbes y Ucayali, requieren de recursos adicionales, para atender diversos compromisos de gastos, principalmente en los sectores de Educación y Salud; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos disponibles que podrían orientarse al fi nanciamiento de las necesidades señaladas por la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, la Universidad Nacional de Cajamarca y los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ayacucho, Huánuco, Ica, Junín, Loreto, Tumbes y Ucayali; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar una Transferencia de Partidas por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 460 259,00), en favor de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, la Universidad Nacional de Cajamarca y los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ayacucho, Huánuco, Ica, Junín, Loreto, Tumbes y Ucayali; De conformidad con lo establecido por el Artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, hasta por la suma de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 460 259,00), de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 11 460 259,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 11 460 259,00 =========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 516 : Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 599 881,00 ---------------- TOTAL PLIEGO 599 881,00 ========= PLIEGO 522 : Universidad Nacional de Cajamarca FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL