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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (10/02/2006)

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PÆg. 312310 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de febrero de 2006 Normativas del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (C.I.R.A.), a través de la Propuesta de Iniciativa Legislativa correspondiente. Quinto.- CONFORMAR una Comisión Especial, encargada de gestionar ante el Instituto Nacional de Cultura de Lima, a fin de que se simplifiquen los trámites para la obtención del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), dicha Comisión estará integrada por: - La Consejera Regional Rosa Elena Capristán Carhuapoma. - El Consejero Regional Nicolás Rabanal Cacho. - El Consejero Regional Guillermo Risco Vásquez. Sexto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 02404 Solicitan la remisión de expediente tØcnico del proyecto de mantenimiento de tramo de carretera Huamachuco- Cajabamba-Chancay ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 006-2006-GR.CAJ-CR Cajamarca, 27 de enero de 2006 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 17 de enero del año 2006; VISTA y debatida la Moción de Orden del Día, presentada por el Vicepresidente Regional Dr. Alejandro Rebaza Martell, referente a solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a PROVÍAS Nacional, la remisión al más breve plazo del Expediente Técnico del Proyecto "Mantenimiento Extraordinario de la Carretera Longitudinal de la Sierra en el Tramo: Huamachuco - Cajabamba - Chancay"; con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, en la visita del Ministro de Transportes y Comunicaciones con su equipo y con los Directores de PROVÍAS Nacional, los días 28 y 29 de noviembre a la localidad de Cajabamba, en acto público se acordó Impulsar LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Asfaltado de la Carretera Longitudinal de la Sierra, en el Tramo HUAMACHUCO - CAJABAMBA - CHANCAY. Que, el Gobierno Regional, por un acuerdo tomado en Sesión del 19 de noviembre del año 2004, aprobó la conformación de un Fondo Fiduciario para dicha obra, comprometiendo el 50% de Canon y Sobre Canon anual del Gobierno Regional de Cajamarca. Que, en el tramo Huamachuco - Cajabamba - San Marcos, el monto requerido es menor por lo que en aras de efectivizar dicha obra, el Gobierno Regional a través de la Vicepresidencia ha comprometido el apoyo financiero, previa disponibilidad del expediente técnico y presupuesto hasta el 30% del costo de la Obra. Que, la Ley de Presupuesto del año 2006, establece la posibilidad de realizar modificaciones presupuestarias por parte del Consejo Regional. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC;ACORDÓ: Primero.- SOLICITAR al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a PROVÍAS Nacional la remisión, en el más breve plazo, del EXPEDIENTE TÉCNICO del Proyecto: MANTENIMIENTO EXTRAORDINARIO DE LA CARRETERA LONGITUDINAL DE LA SIERRA en el Tramo: HUAMACHUCO - CAJABAMBA - CHANCAY. Segundo.- COMPROMETER mediante Modificación del Programa de Inversiones 2006 y asignación de los montos no ejecutados el 2005, un presupuesto que tenga como límite máximo el 30% del Costo del Proyecto en referencia. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, ejecute las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 02405 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Autorizan subdivisión de lote sin cambio de uso y sin obras complemen- tarias para uso residencial RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 0163 Ate, 16 de diciembre de 2005 LA SUBGERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO:El Expediente Nº 37803-05 y acumulados, seguido por el Sr. PABLO RUBEN VILLANUEVA EGUILUZ y Sra. RICARDA BACA COSINGA, por el que solicitan la Subdivisión de Lote Sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias para Uso Residencial de Densidad Media “R- 4”, del terreno con un área de 367.31 m 2 constituido por el Lote Nº 1 de la Manzana "A", ubicado en la Calle Santa Teresa de la Asociación de Vivienda Santa Teresa; distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, el terreno materia de Subdivisión se encuentra ubicado dentro de una zona calificada como Zona Residencial de Densidad Media “R-4” y Área de Estructuración Urbana I, cumpliendo los Sublotes resultantes con las Normas Reglamentarias. Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 1062-2005, de fecha 14 de noviembre del 2005, emitidos por el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, se aprueba la valorización del área de 7.35 m2 , ascendente a la suma de S/. 163.32 (Ciento sesenta y tres y 32/100 nuevos soles), por concepto de aporte para Parques Zonales por el proceso de Subdivisión del terreno en cuestión y con el recibo Nº 0047492, de fecha 28 de noviembre del 2005, pagado en la tesorería de dicha entidad; se acredita la cancelación del mencionado aporte. Que, mediante el Informe Nº 853-2005-AHU-SGPUC- GDU/MDA, de fecha 9 de diciembre del 2005, se concluye que el presente trámite es procedente, indicándose asimismo que los recurrentes han cumplido con presentar todos los requisitos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente. De conformidad al numeral 2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente, de la