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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (28/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

PÆg. 313392 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de febrero de 2006 DEBE DECIR: CONSIDERANDO: Que, ... Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar ... Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, dándosele las gracias por los valiosos servicios prestados al Estado. 03623 ECONOMÍA Y FINANZAS Derogan la R.M. N” 595-2005-EF/75 y aprueban condiciones financieras delicitación pœblica para ejecutarproyecto de rehabilitación del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2006-EF/75 Lima, 27 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 595-2005- EF/75, se aprobó las condiciones financieras a considerar en la Licitación Pública Internacional para la ejecución del proyecto “Rehabilitación Integral del Ferrocarril Huancayo-Huancavelica”; Que, la Institución Pública Descentralizada del Sector Transportes y Comunicaciones “Ferrocarril Huancayo - Huancavelica” mediante Carta Nº 020- PCD/FHH/06, que cuenta con la conformidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Oficio Nº 157-2006-MTC/01, ha solicitado al Ministerio de Economía y Finanzas la modificación de las condiciones financieras establecidas en la Resolución Ministerial Nº 595-2005-EF/75, dado que la Licitación Pública Internacional referida en esa norma únicamente se realizará para el proyecto “Rehabilitación Integral del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica - Componente 1: Rehabilitación de la Infraestructura Ferroviaria”; Que, sobre el particular la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas han opinado favorablemente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 595- 2005-EF/75. Artículo 2º.- Aprobar las condiciones financieras a considerar en la Licitación Pública Internacional para la ejecución del proyecto “Rehabilitación Integral del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica - Componente 1: Rehabilitación de la Infraestructura Ferroviaria”, que conllevará la concertación de una operación de endeudamiento público, según Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y FinanzasANEXO Nº 1 CONDICIONES FINANCIERAS REFERENCIALES A SER CONSIDERADAS EN EL PROCESO DE LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL PARA FINANCIAR EL PROYECTO “REHABILITACION INTEGRAL DEL FERROCARRIL HUANCAYO-HUANCAVELICA - COMPONENTE 1: REHABILITACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA” Principales características del Rangos referenciales a préstamo a ser contratado ser considerados Monto del crédito Hasta US$ 13 544 234,01, que podría ser de hasta un 10% adicional conforme a la normatividad para las contrataciones y adquisiciones del Estado. Plazo de pago total No menor de 12,5 años Plazo de gracia No menor de 2,5 años Plazo de amortización No menor de 10 años Tasa de interés No mayor a LIBOR a seis meses, en Dólares Americanos, más 1,95% anual o su tasa fija anual equivalente. 03639 ENERGÍA Y MINAS Reconocen servidumbres convencionales de ocupación de bien a favor deconcesiones definitivas de distribución de las que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2006-MEM/DM Lima, 13 de febrero de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31179405, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedadparticular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5527; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la ResoluciónSuprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedadparticular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5527,ubicada en la calle Los Gladiolos Nº 411-445, Urbanización Prolongación Aurora, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, segúnlas coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 11,60 metros cuadrados, de propiedadde Consorcio Edificador S.A.C, para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5527, conformeconsta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 3 de agosto de 2004, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los