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PÆg. 313407 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de febrero de 2006 Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto SupremoNº 002-2002-PRODUCE y su modificatoria; Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender la extracción, procesamiento, transporte, comercialización y utilización del pejerrey argentino Odontesthes bonariensis en los cuerpos de agua públicos del departamento de Apurímac, a partirdel día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial, hasta el 31 de marzo de 2006. Artículo 2º.- Las personas naturales y jurídicas que extraigan, desembarquen, transporten, retengan, transformen, comercialicen o utilicen el recurso pejerreyargentino en cualquiera de sus estados de conservación durante el período de veda, serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977, LeyGeneral de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de lasInfracciones en las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 3º.- El Ministerio de la Producción, la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional Apurímac y la Dirección Subregional de laProducción de Andahuaylas, quedan exceptuados de la prohibición de extracción establecida por el artículo 2º de la presente Resolución Ministerial, cuando susacciones sean realizadas con fines de evaluación, investigación o de actividades acuícolas a fin de preservar el stock poblacional en los cuerpos de aguade la región Apurímac. Artículo 4º.- Las personas naturales y jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presenteResolución, cuenten con un stock de pejerrey argentino Odontesthes bonariensis , podrán comercializarlo en un plazo de cinco (5) días, contados a partir de dicha fecha,previa presentación de una declaración jurada sobre el volumen de tal stock, a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero o DirecciónRegional de la Producción del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo 5º.- Vencido el plazo de la veda establecida por la presente Resolución Ministerial en el artículo 1º, se mantendrán en vigencia las disposiciones contenidas en las Resoluciones Ministeriales Nº 217-2001-PE yNº 108-2002-PE. Artículo 6º.- Las Direcciones Nacionales de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Extracción yProcesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional Apurímac, la DirecciónSubregional de la Producción Andahuaylas, el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán porel estricto cumplimiento de lo establecido en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 03622 SALUD Aprueban Plan de Transferencia Sectorial 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2006/MINSA Lima, 24 de febrero del 2006Visto el Expediente Nº 06-013736-001, remitido por el Despacho Viceministerial de Salud; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 83º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Sétima DisposiciónComplementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales,las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar al Consejo Nacional de Descentralización sus planes anuales detransferencia, hasta el último día útil de febrero de cada año; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 081-CND- P-2005 se aprueba la Directiva Nº 005-CND-P-2005, la cual establece el procedimiento para la formulación de los planes de transferencia sectoriales, y en cuyonumeral 11.3b. dispone que el Plan de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Estando a las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina de Descentralización; Con la visación del Viceministro de Salud;De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Transferencia Sectorial 2006 del Ministerio de Salud, presentado por la Comisión Sectorial de Transferencia, que forma parteintegrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir al Consejo Nacional de Descentralización dentro del plazo legalmenteestablecido, el Plan de Transferencia Sectorial 2006 del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Disponer que las actividades de capacitación consideradas en el mencionado Plan, deberán ser ejecutadas al amparo de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 452-2005/MINSA. Artículo 4º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan o interfieran con la aplicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 03616 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan iniciar acciones judiciales contra ex Auxiliar Judicial III del 45”Juzgado Especializado en lo Penal dela Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 127-2006-P-PJ Lima, 24 de febrero de 2006 VISTOS: El Memorándum Nº 1333-2005-OAL-GG/PJ, suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal del PoderJudicial, el Memorándum Nº 1620-2005-GPEJ-GG/PJ