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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 22 de junio de 2006 322143REPUBLICADELPERU Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso deTropas Extranjeras en el Territorio de la República, estableceque la autorización de ingreso al territorio peruano delpersonal militar extranjero sin armas de guerra por razonesprotocolares, de asistencia cívica, actividades académicas,de entrenamiento o similares debe ser otorgada medianteResolución Suprema, en la que se debe especificar losmotivos, la identificación del personal militar, la relación deequipos transeúntes y el tiempo de permanencia en elterritorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyonombre se indica en el anexo que forma parte de la presenteResolución, del 20 de julio al 15 de agosto de 2006, pararealizar una rotación e intercambio de experiencias en el Centrode Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina delos Estados Unidos de América-NMRCD. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que serefiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11061 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 263-2006-DE/SG Lima, 19 de junio de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 499, de fecha 16 de mayo de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad yDefensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita seexpida la autorización para el ingreso de personal militarde la República de los Estados Unidos de América, sinarmas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América,en el marco del Convenio firmado en 1984, entre el Ministeriode Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina deentonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dossedes en el Perú; en las cuales labora personal militaramericano que es rotado periódicamente; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de TropasExtranjeras en el Territorio de la República, establece que laautorización de ingreso al territorio peruano del personal militarextranjero sin armas de guerra por razones protocolares, deasistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento osimilares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema,en la que se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempode permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos deAmérica, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 de agosto al 30 deoctubre de 2006, para realizar una rotación en el Centro deInvestigación de Enfermedades Tropicales de la Marina delos Estados Unidos de América. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización ala que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de díasautorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 11062 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G36/G39/G2D/G32/G30/G30/G36 /G44/G45/G2F/G45/G50 /G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 /G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 483-2006/DP/SDAPE/INF-5 Lima, 9 de mayo de 2006 Visto el Oficio Nº 4095 SG-CGE/DDLL, del 3 de abril del 2006, donde el señor General de Brigada Secretario Generaldel CGE, comunica que el señor Ministro de Estado en elDespacho de Defensa, ha dispuesto dejar sin efecto, laautorización de viaje al exterior del Tte. Crl. EP RobertoAlan RAMOS OTINIANO. CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 169-2006 DE/EP , del 17 de febrero del 2006, se resolvió: en su Artículo 1º,Autorizar, el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Tte.Crl. EP Roberto Alan RAMOS OTINIANO, para participarcomo Instructor invitado en la Escuela Superior "LibertadorSimón Bolívar" del Ejército de la República de Venezuela,a partir del 20 febrero al 31 de diciembre del 2006; Que, en su Artículo 2º, dispone que el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectué el pago que correspondepor pasajes, gastos de traslado, compensaciónextraordinaria por servicio en el extranjero y tarifa única deuso de aeropuerto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la R.M. Nº 169-2006 DE/ EP , del 17 febrero del 2006. Artículo 2º.- El Tte. Crl. EP Roberto Alan RAMOS OTINIANO, deberá realizar la devolución al Ministerio deDefensa - Ejército del Perú, el íntegro de los conceptosrecibidos, por dicha Misión de Estudios. Artículo 3º.- El mencionado Oficial Superior por necesidad del servicio será cambiado de colocación delCA-CGE a la DISALE-HMC. Regístrese, comuníquese y archívese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 11008