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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (22/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322154El Peruano jueves 22 de junio de 2006 JAVIER ATILIO RAMIREZ INFANTAS en el cargo de Gerente de la Gerencia Local del Callao de la Unidad Ejecutora005:PRONAA;". "Artículo 3º.- Designar a partir del 1 de julio de 2005 a los funcionarios que desempeñaran los siguientes cargospúblicos de confianza, en la Unidad Gerencial deArticulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricionaldel Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAAdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES: (...)- Economista JAVIER ATILIO RAMIREZ INFANTAS en el cargo de Jefe Zonal Callao. (...)".Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 10919 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65 /G49/G71/G75/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G64/G65/G62/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G75/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G6E/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 420-2006-MIMDES Lima, 19 de junio de 2006 Vistos, el Oficio Nº 484-2006/INABIF .DE del Director Ejecutivo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF , y el Informe Nº 192-2006-INABIF .DE-ALde la Jefa de Asesoría Legal del INABIF; CONSIDERANDO:Que, mediante el Informe Nº 022-2004/GG-SERFIN de fecha 30 de diciembre de 2004, la Coordinadora del ServicioFunerario Integral - SERVFIN, de la Sociedad deBeneficencia Pública de Iquitos, informó al Gerente Generalde dicha Institución, que la señora Sonia Trigoso Tuesta,representante de Cobranzas de SERFIN, no ha efectuadoel ingreso y depósito en caja de los pagos realizados por elseñor Alonso Torres Haya, y que ha dispuesto se practiqueun arqueo de caja y la retención de los documentos quetenía en su poder la citada cobradora; Que, con Carta s/n de fecha 11 de enero de 2005, dirigida al Gerente General de la Sociedad de BeneficenciaPública de Iquitos, la señora Sonia Trigoso Tuesta,reconoció haberse apropiado del dinero producto de lascobranzas realizadas a los afiliados del SERFIN,argumentado motivos de apremios económicos familiares,y se comprometió a devolver el dinero apropiado,suscribiendo un Acta de Compromiso de fecha 10 de enerode 2005, para realizar el pago a través del descuento desus comisiones pendientes al mes de diciembre de 2004;Asimismo, la mencionada servidora mediante Carta Nº 001-2005-STT de fecha 11 de marzo de 2005, autorizó seefectúe el descuento del pago de sus comisiones por elmonto de S/. 1,061.18 Nuevos Soles, como amortizaciónde su deuda a SERFIN; Que, mediante Informe Nº 025-2005/GG-SERFIN de fecha 23 de marzo de 2005, el Coordinador del SERFIN,informó al Gerente General de la Sociedad de BeneficenciaPública de Iquitos, que se ha verificado que la señoraSonia Trigoso Tuesta, se ha apropiado indebidamente delimporte de S/. 4,004.00 Nuevos Soles, producto de lascobranzas que realizó y no ingresó el dinero a la caja de laInstitución; asimismo, con los Informes Nºs. 036 y 042-2005/GG-SERFIN de fechas 12 y 22 de abril del 2005,también se informó al Gerente General de la citada entidadBenéfica, que la señora Sonia Trigoso Tuesta, también seha apropiado indebidamente de los importes de S/. 571.00Nuevos Soles y S/. 535.00 Nuevos Soles, respectivamente,producto de las cobranzas que realizó y no ingresado a lacaja de la Institución;Que, posteriormente el Coordinador del SERFIN mediante Oficio Nº 254-2005-GG-SERFIN de fecha 12 deagosto de 2005, informó al Gerente General de la Sociedadde Beneficencia Pública de Iquitos, que la señora SoniaTrigoso Tuesta, también se ha apropiado indebidamentedel importe de S/. 1,024.00 Nuevos Soles, producto de loscobros realizados a los afiliados del SERFIN, toda vez quedicho monto no fue ingresado a la caja de la Institución; Que, por lo expuesto precedentemente, se desprende que la señora Sonia Trigoso Tuesta, al desempeñarse comorepresentante de cobranzas del Servicio Funerario Integralde la Sociedad de Beneficencia Pública de Iquitos, realizócobros a los afiliados de la citada Institución, y no efectuóel ingreso y depósito del dinero a la caja de la Institución,lo cual evidencia que se ha apropiado indebidamente decaudales de la Beneficencia, del cual ha devuelto la sumade S/. 1,061.18 Nuevos Soles, en razón de lo cual sehabría apropiado del importe de S/. 5,072.82 Nuevos Soles,aproximadamente, por lo que se evidencia que la citadaservidora, ha incurrido en la presunta comisión del Delitode Peculado previsto en el artículo 387º del Código Penal; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, paraque inicie e impulse las acciones judiciales correspondancontra la señora Sonia Trigoso Tuesta y contra los queresulten responsables; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES, contenida en el InformeNº 800-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, el Reglamento de Organización yFunciones del MIMDES aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley deRepresentación y Defensa del Estado en asuntos judiciales,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, para que en representación y defensade los intereses del Estado inicie e impulse las accionesjudiciales que correspondan contra la señora Sonia TrigosoTuesta y contra aquellos que resulten responsables,conforme a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 10922 RELACIONES EXTERIORES /G41/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G6C/G65/G6E/G6F/G73/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G65/G73/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79 /G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G20/G63/G75/G79/G61 /G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G20/G65/G73/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 210-2006-RE Lima, 21 de junio de 2006 Visto la Hoja de Trámite (GAB) Nº 1385 de 21 de junio de 2006, del Gabinete del Ministro de Relaciones Exteriores; Que, habiéndose expedido la Resolución Suprema Nº 116-2006-RE de 4 de abril de 2006, mediante la cual seextendió los Plenos Poderes para el doctor Alfredo FerreroDiez Canseco, Ministro de Estado en el Despacho deComercio Exterior y Turismo, delegando las facultades