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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 22 de junio de 2006 322157REPUBLICADELPERU Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 1108-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Gino Humberto Defilippi Brigneti, para realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Fairchild Metroliner III, en el Centro de Entrenamiento de Flight Safety, en la ciudad de San Antonio, Texas, Estados Unidos deAmérica, al personal aeronáutico propuesto por la empresa LC Busre S.A.C., durante los días 23 al 25 de junio de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1108-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gino Humberto Defilippi Brigneti, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de San Antonio, Texas,Estados Unidos de América, durante los días 23 al 25 de junio de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa LC Busre S.A.C. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 17329, 17624, 17625 y 17626, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10999 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73 /G61/G20 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G73/G20 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G6E/G63/G6F/G6E/G61/G64/G61/G20/G4C/G6C/G69/G63/G75/G61/G72/G20/G79 /G42/G65/G6C/G6C/G61/G76/G69/G73/G74/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G69/G73/G74/G61/G73/G4D/G61/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2006-VIVIENDA Lima, 16 de junio de 2006 Visto; El Oficio Nº 098-2005-MDRLL/A, de fecha 10 de junio de 2005, emitido por el Alcalde de la Municipalidad distrital de Rinconada Llicuar; el Informe Técnico Nº 023-2006/ VIVIENDA-VMCS/DNC-PREBAM-ARR, de fecha 17 de marzode 2006, emitido por el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM; y, el Memorándum Nº 047-2006- VIVIENDA/OGA-CGP , de fecha 4 de mayo de 2006, emitidopor el Comité de Gestión Patrimonial;CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 111-96, modificado por Decretos de Urgencias Nº 023-97 yNº 086-97, se dispone la adquisición de maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China, con la finalidad de transferirla apequeños y microempresarios, a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, el Decreto Supremo Nº 026-2005-VIVIENDA, establece que el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM, evalúe las solicitudes de donación deequipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la formación de maquicentros en las Municipalidades, Centros Educativosy demás Organizaciones Sociales, abarcando su función desde la supervisión hasta la instalación de dichos bienes en su destino; Que, a través del Oficio Nº 098-2005-MDRLL/A, el Alcalde de la Municipalidad distrital de Rinconada Llicuar, solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, la donación de maquinaria para la instalación de un maquicentro que permitirá el desarrollo del citado distrito; Que, mediante Informe Técnico Nº 023-2006/VIVIENDA- VMCS-DNC-PREBAM-ARR, adjunto al Memorándum Nº 059-2006/VIVIENDA-VMCS-DNC-PREBAM, de fecha17 de marzo de 2006, el Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM expresa su conformidad a la donación de la maquinaria detallada en dicho documento, en atencióna las consideraciones técnicas del expediente que contiene la solicitud de donación; Que, con Memorándum Nº 047-2006-VIVIENDA/OGA- CGP , el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y, actuando de conformidad con lodispuesto en la "Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 016- 2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donaciónde la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolución; Que, según se desprende del Informe Nº 335-2004/ VIVIENDA-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, los bienes comprendidos en los Decretos de Urgencias citados en el primer considerando, pueden sertransferidos a las Municipalidades, que ejecuten programas y proyectos de desarrollo, celebren convenios con Centros Educativos u Organizaciones Sociales, orientados a laimplementación de la tecnología en el sistema educativo, como es el caso del convenio de cooperación interinstitucional suscrito entre la Municipalidad distrital de Rinconada Llicuar,provincia de Sechura, departamento de Piura, con la Institución Educativa "Baltazar Ramos Juárez"; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la donación de la maquinaria detallada en el Anexo adjunto a la presente Resolución, a favor de la Municipalidad distrital de Rinconada Llicuar, provincia de Sechura, departamentode Piura, con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institución Educativa "Baltazar Ramos Juárez"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779; en la Ley Nº 27792; y, en el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 6,850.69(Seis Mil Ochocientos Cincuenta y 69/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad distrital de Rinconada Llicuar, provincia de Sechura, departamento de Piura,con la finalidad de implementar un maquicentro en la Institución Educativa "Baltazar Ramos Juárez". Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM, deberá constatar que la Municipalidad distrital de Rinconada Llicuar, provincia de Sechura, departamento de Piura, instale el maquicentroen la Institución Educativa "Baltazar Ramos Juárez". Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría