Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2006 (27/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano martes 27 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

322567

acerca de los resultados de su gestion, dentro de los treinta dias posteriores de culminado el evento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 11274

ENERGIA Y MINAS
Autorizan al Director General de Hidrocarburos a suscribir Contrato de Inversion a celebrarse entre el Estado a traves del Ministerio de Energia y Minas y PROINVERSION con diversas empresas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 305-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de junio de 2006 Visto el Oficio Nº 8/2006/DE-DPAIP/PROINVERSION de fecha 18 de MORDAZA de 2006, remitido por la Direccion de Promocion de Inversiones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2004-EM, de fecha 25 de agosto de 2004, se aprobo el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el lote 56, el cual fue suscrito entre PERUPETRO S.A. y Pluspetrol Peru Corporation S.A., Hunt Oil Company of

Peru L.L.C., Sucursal del Peru, SK Corporation, Sucursal Peruana, Tecpetrol del Peru S.A.C. y Sonatrach Peru Corporation S.A.C., posteriormente modificado por el Decreto Supremo Nº 060-2005-EM, de fecha 12 de diciembre de 2005; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, dispone que los Contratos de Licencia asi como los Contratos de Servicios se rigen por el derecho privado, siendoles de aplicacion los alcances del articulo 1357º del Codigo Civil; Que, en este sentido, el numeral 19.13 de la Clausula Decimo Novena del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 56, establece que el Estado garantiza que el Contratista segun lo previsto en el literal a del articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 818, gozara de dicho regimen conforme a la legislacion vigente; Que, el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 818, dispone que el regimen de beneficios contemplados en dicha MORDAZA sera aplicable a aquellas empresas que suscriban contratos con el Estado al MORDAZA de las leyes sectoriales, para la exploracion desarrollo y/o explotacion de recursos naturales; Que, el numeral 2 del articulo 10º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 818, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-98-EF, senala que con anterioridad a la suscripcion del Contrato de Inversion, la empresa solicitante recabara opinion favorable del Sector respecto al Cronograma de Ejecucion de Inversiones, confirmando si cuenta con Contrato de Licencia suscrito al MORDAZA del articulo 10º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 246-2005MEM/DM de fecha 15 de junio de 2005 el Ministerio de Energia y Minas emitio opinion favorable, respecto del Cronograma de Ejecucion de Inversiones presentado por Pluspetrol Peru Corporation S.A., a fin de acceder a los beneficios tributarios establecidos en el Decreto Legislativo Nº 818;

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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