Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2006 (27/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano martes 27 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

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Suplementario autorizado por la Ley Nº 28750. Dicha exoneracion se sujetara a lo previsto en el articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 142º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Dado en MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los 25 dias del mes de junio del ano dos mil seis. Registrese, comuniquese y publiquese. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior MORDAZA I. TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 11299

JUSTICIA
Autorizan al Ministerio de Justicia adoptar acciones para la transferencia de terreno ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia de MORDAZA, a favor de beneficiarios a los que se refiere el D.S. Nº 002-2002-JUS
DECRETO SUPREMO Nº 014-2006-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS se creo la Comision Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes (CEAII) encargada de disenar y poner en practica un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de los indultados por la Comision creada por la Ley Nº 27234, asi como a los familiares de estos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS se confor mo la Comision Especial de Trabajo Interinstitucional para el seguimiento de las recomendaciones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), indicadas en el comunicado conjunto suscrito con el Estado Peruano, el 22 de febrero de 2001, relacionado a los casos comprendidos en los literales c) y d) de dicho comunicado, referidos a desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y torturas, cuya funcion es realizar el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por la CIDH y disenar un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de las victimas y/o familiares a las que se hace referencia en los informes de la CIDH; Que, el Informe Final emitido por la Comision conformada por el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS, relativo al Plan Integral de Reparaciones No Dinerarias, propone efectuar reparaciones a los indultados beneficiarios, en lo referido a programas de vivienda, mediante la adjudicacion de un terreno para cumplir dichos fines; Que, mediante Resolucion Nº 003-2003/SBN-GOJAD, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales aprobo la transferencia patrimonial predial interestatal a titulo gratuito a favor del Ministerio de Justicia del terreno eriazo de 80 575.78 m2, constituido

por el Sublote Nº 01 de la avenida Central, localidad de Huachipa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito a nombre del Estado en la Partida Nº 42960292, del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, destinado para la construccion de viviendas a favor de los beneficiarios a lo que aluden los Decretos Supremos Nº 002-2002-JUS y Nº 005-2002JUS; Que, asimismo, el Informe Final de la Comision Especial conformada por Decreto Supremo Nº 005-2002JUS, propuso la entrega de 200 lotes a los beneficiarios que residan en MORDAZA, en un area correspondiente al 50% del terreno de 80,576 m2 MORDAZA indicado y respecto de los demas beneficiarios, propuso que esta experiencia se repita en las provincias de origen de los demas beneficiarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 031-2005-PCM, se conformo la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional, entre cuyas funciones se le asigno la de coordinar, efectuar el seguimiento y monitorear la implementacion de las recomendaciones contenidas en los Informes Finales de las Comisiones conformadas por los Decretos Supremos Nº 002-2002JUS y Nº 005-2002-JUS; Que, los beneficiarios a los que se refiere el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS, que han conformado la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lansiers, por cuyo merito cursaron el Oficio Nº 012-2006-AVHL, de fecha 20 de febrero de 2006, han manifestado su disposicion para recibir en propiedad el 50% del area del terreno matriz de propiedad del Ministerio de Justicia MORDAZA referido, remitiendo la correspondiente lista de beneficiarios conformantes de dicha Asociacion; Que, asimismo, mediante comunicacion de fecha 23 de febrero de 2006, la representante de los beneficiarios del Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS, manifiesta estar de acuerdo con la transferencia del 50% remanente del terreno ubicado en el Sublote Nº 01 de la avenida Central, localidad de Huachipa, senalando, sin embargo, que entre dichos beneficiarios no existe consenso para constituir una Asociacion a cuyo favor se haga la transferencia del terreno en mencion; Que, es necesario decidir respecto a la implementacion de las recomendaciones formuladas por las comisiones constituidas por los precitados Decretos Supremos, en los extremos referidos a la adjudicacion de terrenos para fines de vivienda, pues resulta de los antecedentes correspondientes que el Ministerio de Justicia es titular de un terreno para dichos fines, en cuya aprobacion de disposicion patrimonial se debera tener en cuenta las dimensiones del predio y su capacidad para satisfacer razonablemente las necesidades de los beneficiarios, considerando el lugar de residencia de los mismos; Que, la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional, ha determinado la condicion efectiva de los integrantes de la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lansiers, como beneficiarios a que se refiere el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS; Que, mediante los Decretos Supremos Nº 014-2004JUS y Nº 018-2004-JUS se autorizo a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, a realizar el saneamiento fisico legal del terreno indicado en los considerandos anteriores del presente Decreto Supremo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 25993; DECRETA: Articulo 1º.- Autoricese al Ministerio de Justicia, en representacion del Estado Peruano, a adoptar las acciones necesarias para efectuar la transferencia a titulo gratuito del 50% del terreno denominado Sublote Nº 01 ubicado en la avenida Central, localidad de Huachipa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, cuya area, linderos y medidas perimetricas, corren inscritas en la Partida Nº 42960292 del Registro de Predios, a favor de los beneficiarios a los

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