Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2006 (09/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 9 de marzo de 2006 VISTO:

NORMAS LEGALES

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El expediente sobre adjudicacion de tierras con aptitud agropecuaria ubicadas en el distrito de Huimbayoc, provincia y region San MORDAZA, organizado por la empresa LEBUAF E.I.R.Ltda. para fines de desarrollo de un Proyecto de Plantacion Agroforestal Cacao Ecologico, CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 2 de setiembre de 2004, cuyo original obra a fojas 02 del tomo I, presentado en la misma fecha ante la Direccion Regional Agraria San MORDAZA, el representante de la empresa LEBUAF E.I.R.Ltda., expreso interes en adquirir tierras aptas para el desarrollo de una plantacion agro-forestal para el cultivo de cacao en grano ecologico, senalando que ha identificado terrenos aptos y libres de cualquier gravamen, acompanando al efecto, de fojas 3 a 7, la memoria descriptiva y a fojas 8 el plano del predio elegido, al que denomina "Maria Dolores", de 1,893.90 ha. de extension, ubicado en el distrito de Huimbayoc, provincia y region San MORDAZA, reajustado a 1,554.93 ha. conforme a la memoria descriptiva de fojas 97 a 101, y plano de fojas 102, presentados con la carta de fojas 96; obra de fojas 46 a 94, el Estudio de Factibilidad del Proyecto de Plantacion Agroforestal Cacao Ecologico; Que, la Direccion General de Promocion Agraria, mediante Oficio Nº 036-2005-AG-DGPADG, de 10 de enero de 2005, encontro viable el Proyecto presentado por LEBUAF E.I.R.Ltda., adjuntando el Informe Nº 012005-AG-DGPA/DCR-CH, en el que al referirse al objetivo del proyecto senala que este "se plantea como finalidad convertir al Peru en un MORDAZA especializado en la produccion y exportacion de cacao en grano organico de calidad, posicionandolo en el MORDAZA europeo de manera sostenible ... etc." infiriendose por tanto que el proyecto es de interes nacional; Que, solicitada la opinion del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE sobre el Estudio de Factibilidad con el que LEBUAF E.I.R.Ltda. sustento su solicitud de adjudicacion, dicho instituto, con Oficio Nº 1067-2005INADE-1201-GPSS, de 6 de junio de 2005, dirigido al Director Regional de la Direccion Regional Agraria San MORDAZA, expreso opinion favorable a la ejecucion del Proyecto, considerandolo de interes de ese instituto; Que con el Oficio Nº 2267-2005-AG-PETT-OPERSM/SF, de 8 de noviembre de 2005, el Jefe de la Oficina PETT de Ejecucion Regional San MORDAZA alcanzo al Director Regional de la Direccion Regional Agraria San MORDAZA, visados por el Responsable de Saneamiento Fisico de dicha Oficina PETT, la memoria descriptiva y plano del predio materia de adjudicacion, precisandose en la memoria descriptiva que de las 1,465.33923815 ha, que es el total del area del predio, se ha aprobado, en virtud del estudio de suelos realizados por el INRENA, como aptas para el proyecto y para su adjudicacion solo 1,428.37696923 ha. quedando en el centro del area adjudicable, 36.96226892 ha. de proteccion forestal; Que, en relacion al valor del predio, mediante Oficio Nº 2417-2005-VIVIENDA-9321, el Gerente General del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA ha alcanzado el Informe Tecnico que contiene la valuacion comercial del predio MORDAZA, del que aparece que el valor total del terreno adjudicable asciende a US$ 13,104.38 (trece mil ciento cuatro y 38/100 Dolares Americanos); Que, por su parte con el Oficio Nº 858-2005-AGPROAMAZONIA/CN, el Coordinador Nacional del Programa para el Desarrollo de la AmazoniaPROAMAZONIA ha dado su aprobacion al Proyecto propuesto por LEBUAF E.I.R.Ltda, senalando que se enmarca en el Plan Estrategico Nacional de Promocion del Cultivo del Cacao, con impacto positivo en la generacion de empleo directo e indirecto en la MORDAZA, ademas de contribuir a reforestar y recuperar areas de la MORDAZA deforestada por el cultivo de coca ilicita, precisando que de la coordinacion efectuada con la empresa se ha establecido que el valor de adjudicacion se pagara al contado y que el Proyecto de Plantacion Agroforestal Cacao Ecologico se ejecutara en un plazo MORDAZA de ocho anos; Que, el articulo 48º de la Ley de Promocion de las Inversiones en el Sector Agrario, dada por Decreto Legislativo Nº 653, establece que excepcionalmente, cuando se trate de proyectos de interes nacional o

regional, previa calificacion como tal por el Ministerio de Agricultura, el respectivo Gobierno Regional y el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, podra adjudicarse tierras con aptitud para el cultivo y/o para la ganaderia, en superficies que no excedan, tratandose de proyectos de MORDAZA MORDAZA, hasta tres mil hectareas (3,000 ha.); Que, el articulo 49º de esa Ley senala que con la Resolucion del Ministerio de Agricultura que aprueba los estudios de factibilidad, el adjudicatario adquiere la propiedad de las tierras materia de adjudicacion, previo pago del valor de adjudicacion, debiendose otorgar el contrato correspondiente; agrega que el contrato contemplara el plazo para la ejecucion del proyecto y que ninguna concesion (adjudicacion) podra ser transferida MORDAZA de haberse avanzado por lo menos el 50% de las obras consideradas en el proyecto; prescribe igualmente que el derecho de propiedad sobre las tierras caduca automaticamente si el adjudicatario no ejecuta el proyecto dentro del plazo establecido en el contrato o lo ejecuta sin observar los estudios aprobados; Que, con arreglo a las normas glosadas, estando a la aprobacion del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE y al dictamen favorable de la Direccion General de Promocion Agraria en su precitado Oficio Nº 036-2005AG-DGPADG, corresponde calificarse el Proyecto presentado por la empresa LEBUAF E.I.R.Ltda., como uno de interes nacional, procediendose a la adjudicacion del predio donde se ejecutara el Proyecto, previa incorporacion al dominio del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica, y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al dominio del EstadoMinisterio de Agricultura, la extension total del predio MORDAZA denominado "Proyecto Plantacion Agroforestal Cacao en Grano Ecologico MORDAZA Dolores", de una extension total de 1,465.33923815 ha., ubicado en el distrito de Huimbayoc, provincia y region de San MORDAZA, conforme al plano y memoria descriptiva visados por la Oficina PETT de Ejecucion Regional San MORDAZA, que forman parte de la presente resolucion; disponiendose su inmatriculacion en el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdiccion. Articulo 2º.- Aprobar el Estudio de Factibilidad del Proyecto de Plantacion Agroforestal Cacao Ecologico, presentado por la empresa LEBUAF E.I.R.Ltda., cuya ejecucion se califica de interes nacional. Articulo 3º.- Adjudicar a la empresa LEBUAF E.I.R.Ltda., mediante compraventa, por el precio de US$ 13,104.38 (trece mil ciento cuatro y 38/100 Dolares Americanos), la extension de 1,428.37696923 ha. de tierras con aptitud para el cultivo correspondiente al area adjudicable del predio incorporado al dominio del Estado en virtud del articulo 1º para la ejecucion del proyecto a que se refiere el Estudio de Factibilidad del Proyecto de Plantacion Agroforestal Cacao Ecologico. Articulo 4º.- Autorizar al Director Regional de la Direccion Regional Agraria San MORDAZA, para que en representacion del Ministerio de Agricultura, suscriba con el representante legal de la empresa LEBUAF E.I.R.Ltda., que disponga de poder vigente inscrito en el Registro, el contrato de compraventa respectivo, por el terreno materia de adjudicacion, considerandose en el contrato las estipulaciones minimas siguientes: a) El precio de compraventa se pagara al contado a la firma del contrato. b) Plazo de ocho anos para la ejecucion del proyecto de inversion contenido en el Estudio de Factibilidad. c) Causal de caducidad del derecho de propiedad del adjudicatario, si no ejecuta el proyecto dentro del plazo establecido en el contrato o lo ejecuta sin observar los estudios aprobados. d) La prohibicion de transferir a tercero el predio adjudicado, si no se hubiese ejecutado por lo menos el 50% de las obras consideradas en el proyecto. e) El area de 36.9626892 ha. que no es materia de adjudicacion pero que se situa al interior de la superficie objeto de adjudicacion, por ser area de proteccion forestal, se encuentra sujeto al regimen de la legislacion sobre la materia.

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