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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2006 (09/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 314273 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de marzo de 2006 Iquitos para que se les realicen trabajo de mantenimiento; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para elingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en laque se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República deColombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, a bordo de las Patrulleras Costeras ARC "Juana Peña" y ARC "JaimeGomez Castro" de la Armada Nacional de Colombia, sin armas de guerra, para realizar operaciones mayores en los astilleros del SIMA en Iquitos del 9 de marzo al 20 deabril de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 04420 Actualizan y modifican relación de bienes o servicios que constituyen actividades comerciales realizadas por Dependencias y Unidades del EjØrcitodel Perœ RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2006-OGRE/19.00 Lima, 8 de febrero de 2006 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM de fecha 17 de julio del 2001, se establecen disposicionesaplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; Que, el Artículo 2º del referido Decreto Supremo señala que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o serviciosque son objeto de comercialización por parte de la entidad, en las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado por porcentajede UIT y su forma de pago;Que, el Ejército del Perú aprobó la relación de bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales que realizan sus Dependencias y/o Unidades con la Resolución Ministerial Nº 1141 de fecha 28 de setiembrede 2001, las cuales no afectan el cumplimiento de los objetivos y metas Institucionales aprobadas y no presentan riesgo de deterioro del equipamiento einfraestructura física en perjuicio del Patrimonio del Estado; Que, es necesario actualizar la relación de los bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales que realizan Dependencias y/o Unidades de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú del Pliego 026: Ministeriode Defensa, aprobada mediante el Artículo 1º de la precitada Resolución Ministerial Nº 1141, atendiendo que actualmente éstas han sido incrementadas en cincuentay nueve (59) a las cincuenta y tres (53) ya existentes, las cuales haciendo un total de ciento doce (112) actividades comerciales, que permitirá la captación deRecursos Directamente Recaudados a las Unidades Operativas de la Institución mediante sus entes generadores; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Actualizar y modificar la relación de bienes y/o servicios que constituyen actividades comerciales que realizan Dependencias y/o Unidades de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú del Pliego026: Ministerio de Defensa, aprobada mediante el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1141 de 28 de setiembre del 2001, conforme a las ciento doce (112) actividadesde comercialización que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Deróguese, modifíquese o sustitúyase toda norma administrativa que se oponga a lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 04363 Varían fechas de ingreso al territorio de la Repœblica de personal militar deEE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2006-DE/SG Lima, 15 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 057-2006- DE/SG de fecha 2 de febrero de 2006, se autorizó el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, del 11 al 25 de enero de2006, con el fin de realizar un seminario para Capellanes en el tema de Derechos Humanos; Que, con Facsímil (DGS) Nº F-140, de fecha 13 de febrero de 2006, la Dirección General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica que el referido personal militar de los Estados Unidos deAmérica, ingresará al país del 2 al 16 de marzo de 2006; Que, la Resolución Suprema antes mencionada, faculta al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio ytérmino de la autorización de ingreso, sin exceder el total de días autorizados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Variar la fecha de ingreso al territorio de la República del personal militar de los Estados Unidos de América, autorizado con Resolución Suprema Nº 057- 2006-DE/SG de fecha 2 de febrero de 2006, considerandoéste del 2 al 16 de marzo de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Ministerial a la