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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2006 (19/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

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PÆg. 315046 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de marzo de 2006 - Resolución Ministerial Nº 0699-2005-ED que aprueba el Instructivo Orientaciones para la Formulación de losPlanes Operativos 2006 de las Direcciones de Educacióny Unidades de Gestión Educativa Local, Dependientesde los Gobiernos Regionales. - Resolución Ministerial Nº 0710-2005-ED que aprueba la Directiva para el inicio del Año 2006: Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión enlas Instituciones Educativas de Educación Básica yTécnico Productiva. - Resolución Jefatural Nº 1791-2005-ED que aprueba la Directiva Nº 209-2005-ME/SG-OA-UPER “Proceso de Contratación de Personal Docente y Administrativo en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades deGestión Educativa Local e Instituciones Educativas parael año 2006”. CAPÍTULO II: FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ GESTIÓN PRESUPUESTARIA Se establece precisiones de carácter técnico y operativo de las Funciones del Comité necesarias paraasegurar la consistencia y fluidez de la aplicación del Reglamento de los Comités de Gestión Presupuestaria, como una instancia de Apoyo durante las fases de gestiónpresupuestaria. Artículo 4º Funciones específicas del Comité Las funciones específicas del Comité de Gestión Presupuestaria (COGESPRE) son las siguientes: a) Acordar al interior de la Unidad Ejecutora la Programación Trimestral de gastos a nivel de metapresupuestaria teniendo en cuenta la escala deprioridades y crédito presupuestario, establecido por el Pliego en concordancia con el Plan Operativo Institucional. (Anexo 1 Modelo de Programacióntrimestral). b) Acordar al interior de la Unidad Ejecutora, la distribución de la asignación trimestral del gasto a nivelde meta presupuestaria en concordancia con el Plan Operativo Institucional (Anexo 2 Modelo de distribución de calendario trimestral). c) Acordar al interior de la Unidad Ejecutora, la reprogramación trimestral de gastos de acuerdo al montoasignado, en concordancia con los criterios depriorización establecidos por Pliego, Unidad Ejecutora y las reales necesidades de las Unidades de Costeo o metas presupuestarias. d) Los responsables de las metas presupuestarias de las Unidades Ejecutoras de Educación deberándesagregar la distribución de los recursos financierosaprobados a nivel de específica de gasto, el registro se realizará en el Anexo Nº 3; para los casos de las Unidades Ejecutoras de la Sede Central del Ministeriode Educación, el responsable de Presupuesto o elque haga sus veces en la Unidad Ejecutora deberegistrar en el Sistema BAAN los CalendariosTrimestrales acordados en el Comité de Gestión Presupuestario para cada una de las metas presupuestarias; a partir de este registro, losresponsables de las metas presupuestarias tienen lafunción de desagregar el monto de Calendario Trimestralacordado por el Comité, a nivel de Tarea por Genéricay específica de gasto, en el Formato 5-A, que en línea será puesto de conocimiento a la Unidad de Programación de PLANMED para su verificación entérminos de su concordancia con el Plan Operativo, ala Unidad de Abastecimiento de la Oficina deAdministración para su verificación en términos deviabilidad de los procesos de abastecimiento y a la Unidad de Presupuesto para la aprobación de la afectación presupuestal programada por losresponsables de las metas presupuestarias. e) Para el caso de las Unidades Ejecutoras de la Sede Central, el Formato 5-A constituye certificaciónpresupuestal para el gasto en el período correspondiente guardando relación con los calendarios de compromisos trimestrales aprobados a la UnidadEjecutora. La Unidad de Presupuesto del MED solo emitirá certificaciones presupuestales para procesosde selección o adquisiciones que por sus propiascaracterísticas técnicas tengan una duración mayor a(3) tres meses. Artículo 5º Designación de los Responsables de las Metas Presupuestarias. La designación de los responsables de las metas presupuestarias en las Unidades Ejecutoras de laSede Central del Pliego 010 Ministerio de Educaciónse formaliza mediante Resolución del Titular del Pliego (Anexo 4 Modelo de Resolución de Titular del Pliego). Para el caso de los responsables de las metas presupuestarias relacionados a Unidades de Costeo(Director del Centro de Base) se formaliza medianteResolución del Titular de la Unidad Ejecutora (Anexo 4-A Modelo de Resolución Directoral). Los modelos de las Resoluciones forman parte de la presente Directiva y pueden ser adecuados por lasUnidades Ejecutoras de acuerdo a su realidad, en elmarco de las normas legales en materia presupuestal. Artículo 6º Funciones del Responsable de las Metas Presupuestarias relacionados a Unidades deCosteo (Director del Centro de Base de EducaciónBásica o de Centro Base de Educación Técnicoproductiva y Superior No Universitaria). Las funciones del Responsable de las metas presupuestarias relacionadas a Unidad de Costeo (Director del Centro Base): a) Actualizar y consolidar la información respecto al número de personal (docente, administrativo yprofesional de la salud) por niveles, modalidades y costo de remuneraciones, de cada institución educativa que conforman la Unidad de Costeo a su cargo. b) Consolidar Información de las necesidades de cada institución educativa, (bienes, servicios y bienes decapital) en función al marco presupuestal aprobado a laUnidad de Costeo. c) Consolidar los ingresos de Recursos Directamente Recaudados de las instituciones educativas de sujurisdicción, y proponer su incorporación en elPresupuesto Institucional de la Unidad de Costeo, deacuerdo a la normatividad vigente. d) Participar en las reuniones del Comité de Gestión Presupuestaria para asegurar que la distribución de los calendarios de compromisos sean concordados con susmetas de atención, establecidas en el Plan OperativoInstitucional. e) Si el caso amerita, elaborar solicitud de calendarios mensuales y proponerlos al Comité para su evaluación y trámite correspondiente (Modelo Anexo Nº 5). f) Proponer al Comité la programación de gastos en función a requerimientos emergentes de la Unidad deCosteo. g) Los responsables de las Unidades de Costeo, desagregarán hasta el nivel de Específica de Gasto el monto distribuido por el Comité de Gestión Presupuestaria, priorizando el pago de servicios deagua, luz y pago de arbitrios municipales (AnexoNº 6) para remitirlo a la Oficina de administración o laque haga sus veces para su ejecución. Así mismohará llegar una copia de este desagregado al órgano de presupuesto de la Unidad Ejecutora correspon- diente. h) Comunicar los acuerdos del Comité a los Directores de las Instituciones Educativas querepresenta, informando de los montos distribuidos enel Comité por cada Institución Educativa que conforma la Unidad de Costeo, hasta el nivel de Específica de Gasto, a fin que dichos directores controlen el pagode remuneraciones y la recepción de bienes yservicios. i) Realizar el seguimiento y control de la ejecución del gasto, conforme a los acuerdos del Comité de Gestión Presupuestaria, que debe estar plasmada en Actas del Comité.