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PÆg. 315061 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de marzo de 2006 natural, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 146. c) Promocionar la conservación de las especies naturales del país. d) Promover el cuidado y conservación del ecosistema de las regiones naturales del país. TÍTULO III FUNCIONES GENERALES Artículo 6º.- Funciones. Constituyen funciones generales del PATPAL Felipe Benavides Barreda, las siguientes: a) Administrar la sede del PATPAL Felipe Benavides Barreda, contribuyendo al bienestar, esparcimiento yrecreación cultural de la población. b) Brindar los servicios recreativos, culturales y de esparcimiento a su cargo con estándares de calidad y de competencia. c) Fomentar dentro del PATPAL Felipe Benavides Barreda la conservación de la biodiversidad nacional,tanto nativa como exótica, y especialmente aquéllas quese encuentran en vías de extinción. d) Fomentar la captación de visitantes al PATPAL Felipe Benavides Barreda a través de propuestasinformativas, contribuyendo de esta forma al conocimientode las riquezas nacionales. e) Desarrollar alianzas estratégicas a nivel nacional e internacional, con instituciones afines a los objetivos institucionales, a efectos de promover el intercambio de especies de la fauna y flora, con la finalidad deincrementar el patrimonio del PATPAL Felipe BenavidesBarreda. f) Desarrollar líneas de cooperación internacional destinadas a mejorar e incrementar el patrimonio de flora, fauna y cultura del PATPAL Felipe Benavides Barreda. g) Ofrecer ambientes eco - culturales confortables, que permitan a los visitantes nacionales y extranjeros,observar y admirar la biodiversidad representativa delPerú y del mundo, así como nuestras riquezasarqueológicas. h) Las demás funciones que se le asignen de acuerdo a ley. TÍTULO IV ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 7º.- Estructura orgánica. El PATPAL Felipe Benavides Barreda para el cumplimiento de sus objetivos y funciones cuenta con lasiguiente estructura orgánica: ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN - Consejo Directivo - Dirección Ejecutiva ÓRGANO DE CONTROL- Organo de Control Institucional ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asesoría Jurídica- Oficina de Planeamiento y Presupuesto ÓRGANOS DE APOYO - Oficina de Administración y Finanzas ÓRGANOS DE LÍNEA- Gerencia de Promoción y Desarrollo- Gerencia de Desarrollo Ambiental- Gerencia de Zoología TÍTULO V ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO I CONSEJO DIRECTIVO Artículo 8º.- Consejo Directivo. El Consejo Directivo es el máximo órgano de dirección del PATPAL Felipe Benavides Barreda, alque corresponde fijar la Política Institucional para elmejor cumplimiento de sus fines y objetivos que le señala la Ley, de acuerdo a los lineamientos de políticaque establezca el Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial. Artículo 9º.- Funciones. Son funciones del Consejo Directivo: a) Aprobar la política general del PATPAL Felipe Benavides Barreda en concordancia con la políticasectorial determinada por el Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES. b) Aprobar los Estados Financieros y la Memoria Anual del PATPAL Felipe Benavides Barreda. c) Aprobar el Reglamento de Sesiones del Consejo Directivo. d) Proponer la modificación de normas y/o la adopción de medidas para lograr de manera eficaz y eficiente los objetivos y metas institucionales. e) Aceptar las donaciones que se efectúen a favor del PATPAL Felipe Benavides Barreda, de acuerdo a lanormatividad vigente sobre la materia. f) Aprobar y autorizar las donaciones y transferencias que otorgue el PATPAL Felipe Benavides Barreda, de acuerdo a las disposiciones vigentes. g) Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) y el Plan Estratégico Institucional (PEI). h) Constituir comisiones a propuesta del Presidente o de la Dirección Ejecutiva. i) Disponer investigaciones y auditorías cuando lo considere pertinente. j) Aprobar la aplicación de los superávit económicos o saldos de Balance, así como de otros ingresosextraordinarios no previstos en el presupuesto. k) Otorgar y revocar poderes.l) Otorgar licencia a los miembros del Consejo Directivo. m) Las demás funciones que se le asigne o le corresponda de acuerdo a Ley. Artículo 10º.- Conformación. El Consejo Directivo está integrado por tres (3) miembros. El Presidente es designado por Resolución Suprema refrendada por la Ministra de la Mujer yDesarrollo Social y los demás miembros son designadospor Resolución Ministerial de la Ministra de la Mujer yDesarrollo Social. El ejercicio como miembro del ConsejoDirectivo es personal e indelegable. Artículo 11º.- Designación. La designación de los miembros del Consejo Directivo se hará por un período de dos (2) años, salvo lasdesignaciones que se realicen para completar períodos.Pueden ser ratificados en sus cargos por períodos similares en forma indeterminada y las vacancias que se produzcan serán cubiertas de la misma forma quecorrespondan a su designación. Artículo 12º.- Dietas. Los miembros del Consejo Directivo percibirán una (01) dieta por cada sesión a la que asistan efectivamente. La asistencia efectiva será determinada en el Reglamentode Sesiones del Consejo Directivo. Los miembros del Consejo Directivo percibirán hasta un máximo de dos (02) dietas al mes. Artículo 13º.- Impedimentos. No podrán ser designados miembros del Consejo Directivo: a) Los que tengan relación laboral con el PATPAL Felipe Benavides Barreda. b) Los quebrados e insolventes. c) Los parientes de quienes prestan servicios en el PATPAL Felipe Benavides Barreda hasta el cuarto gradode consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad,los cónyuges o quienes conviven en unión de hecho. d) Los que hayan sido inhabilitados para ejercer la función pública o que tengan sentencia condenatoria judicial firme y consentida. e) Los que tengan juicio pendiente contra el PATPAL Felipe Benavides Barreda.